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Condenados el exalcalde y una exconcejala de Valdestillas (Valladolid) por malversación al urbanizar una calle en la que vivía la edil

El exalcalde de Valdestillas durante el juicio.

Alba Camazón

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Condenados el exalcalde de Valdestillas (Valladolid), Jesús Román, y la entonces concejala socialista Lidia Vaquero por malversación y prevaricación por tratar de costear el arreglo de una calle del pueblo con fondos públicos pese a ser consciente de que el coste habían de sufragarlo los vecinos. El exalcalde deberá indemnizar al Ayuntamiento con los 3.380,49 euros que costaron las obras. Una calle en la que, además, vivía esa concejala en 2016, cuando sucedieron los hechos.

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) estima el recurso de apelación de la Fiscalía y revoca la sentencia de la Audiencia Provincial de Valladolid que absolvía al anterior equipo de gobierno de los delitos de malversación y prevaricación de los Planes Bienales de Cooperación 2016/2017, convocados por la Diputación Provincial de Valladolid para arreglar una calle. Al recurso de apelación de la Fiscalía se adhiere el actual alcalde como acusación particular.

La Audiencia de Valladolid entendía que no había “base suficiente” para entender cometido el delito de prevaricación. Pero el Alto Tribunal autonómico asegura que la completa urbanización de la calle del Olmo es “claramente ilegal” porque se trata de una calle incluida en una unidad de ejecución urbanística -suelo urbano no consolidado-, “de modo que su urbanización debe ejecutarse a cargo de los propietarios afectados o por el Ayuntamiento mediante el sistema de actuación por cooperación, pero no con cargo a las subvenciones de dinero público incluidas en los planes provinciales de la Diputación de Valladolid”.

“Dicha ilegalidad resulta clara, patente y en momento alguna sujeta a discusión o discrepancia con base en criterios jurídicos que nunca han sido aportados”, sentencia el magistrado.

La arquitecta municipal informó al Ayuntamiento acerca de la imposibilidad de incluir la calle Olmo en los planes provinciales y niega “tajantemente” lo afirmado por el alcalde acusado, que aseguró que la arquitecta no había detectado “problema alguno” porque ya había sido urbanizada parte de la calle anteriormente. También fue advertido por el secretario y por la oposición, pero el equipo de gobierno la incluyó en el plan.

“Pese a tales advertencias, y sin encargar o disponer de informe alguno que contradijesen las mismas, el equipo de gobierno se empeñó en la inclusión de la calle del Olmo”, continúa el magistrado. En el pleno se aprobaron tres calles para el plan de la Diputación, pero el presupuesto solo daba para dos calles, por lo que se incluyó una de las aprobadas y la calle del Olmo, sobre la que hoy sale sentencia. “Se aprueba la propuesta ilegal sin que tal decisión se motive, fundamente o ampare en informes jurídicos o técnicos, de manera totalmente arbitraria”.

“Si ilegal era aprobar la inclusión de la obra de urbanización de la Calle Olmo en la propuesta de planes provinciales antes referida, y además arbitrario, sin duda lo fue el encargo del proyecto de ejecución de dicha obra, como lo es igualmente ordenar el pago de los honorarios de la Arquitecta Municipal a cargo de los fondos públicos”, señala la sala del TSJ.

La sala condena a los dos por un delito de prevaricación, sin responsabilidad criminal, a una inhabilitación de nueve años de empleo público y condena al exalcalde como autor responsable de malversación, sin responsabilidad criminal, a la pena de un año de prisión e inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo. Además, deberá indemnizar al Ayuntamiento de Valdestillas con 3.38,49 euros. Contra esta sentencia cabe recurso de casación.

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