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Régimen de aislamiento: el punto más oscuro de las prisiones

Vista del exterior de la cárcel de Córdoba

Arturo Puente

Raquel E.F. se quitó la vida hace un año en la prisión catalana de Brians, después de pasar casi 9 meses en un régimen cerrado por el que permanecía 21 horas encerrada en su celda. El hecho de haber expresado ideas suicidas debido al régimen en el que estaba recluida no hizo que las autoridades de la prisión cambiaran su clasificación. Raquel E.F. dejó una carta póstuma en la que denunciaba haber sufrido malos tratos durante su estancia en los Departamentos Especiales de Régimen Cerrado (DERT).

La Coordinadora para la Prevención y Denuncia de la Tortura ha presentado este lunes un informe sobre el aislamiento penitenciario en Catalunya alertando sobre casos como el de Raquel E.F., en el que el aislamiento fue un factor determinante de su muerte. La Coordinadora pone el foco sobre estos regímenes en el sistema penitenciario catalán, cuestionando su funcionamiento, su utilidad e incluso su existencia, al considerar el daño que causa a los internos.

Según documenta la Coordinadora, las situaciones de aislamiento en prisión dañan psicológicamente a los internos a partir de los 10 días, cuando se documentan síntomas como angustia, depresión, sentimientos de impotencia, autolesiones, distorsiones de la percepción o tentativas de suicidio. Además señalan que el aislamiento prolongado es considerado un trato inhumano por diferentes normativas internacionales, como las Reglas Mandela de la ONU, que lo prohiben explícitamente más allá de los 15 días.

“Una de las principales conclusiones de este informe es el daño irreparable que puede generar estar 21 o 22 horas encerradas”, explica Andrés García Berrio, abogado del Centro Iridia para la defensa de los Derechos Humanos y que ha defendido a presos que han pasado por el internamiento. “Hemos visto casos paradigmáticos, como el de una persona que en solo 14 días aislado tuvo un episodio de desorientación y paranoia que acabó en autolesiones”, explica el abogado.

El departamento de Justicia de la Generalitat cifra en un 2% el peso de los regímenes cerrados en el total de la población presidiaria catalana. Según los datos recogidos por la Coordinadora, 173 personas se encontraban en los DERT catalanes en diciembre del año pasado, y durante 2015 hasta 642 presos pasaron por el régimen cerrado, aunque no tienen datos sobre la duración de los periodos de internamiento. Además, durante el último año, de las 866 sanciones puestas a personas en prisión, 226 de ellas fueron de aislamiento.

“Se plantea el aislamiento en términos de sanción y delimitado a 14 días, pero el problema es que en muchas ocasiones se encadenan estas sanciones, lo cual contraviene las Reglas Mandela”, asegura García Berrio, quien considera que hay que plantearse la existencia del aislamiento tanto en forma de sanción como en la aplicación del régimen de primer grado. “Desde una perspectiva psicológica y de DDHH, ¿que se busca teniendo a una persona 21 o 22 horas al día aislada? Si hay una persona a la que consideras especialmente conflictiva, tienes que poner funcionarios y vigilancia, no mantenerlo en soledad”, resume el abogado.

Jurisprudencia internacional contra el aislamiento

El marco general internacional sobre los sistemas penitenciarios son las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos, conocidas como “Reglas Mandela”. En ellas se trata el asunto del aislamiento, prohibiéndose en la regla 43 “el aislamiento indefinido o prolongado, el encierro en una celda oscura o permanentemente iluminada o la prohibición del contacto del interno con la familia”. La regla 44 especifica que entiende como aislamiento prolongado el encierro sin contacto humano durante más de 22 horas o más allá de los 15 días. Según estas mismas reglas, el aislamiento “solo puede ser establecido como sanción disciplinaria para casos excepcionales”, según recuerda el informe.

Más allá fue la asamblea general de la ONU el 14 de diciembre de 1990, cuando en la Resolución 45/111 consideran que el uso del aislamiento se tratará de abolir y restringir. El informe recuerda además la decisión del Comité de Ministros del Consejo de Europa el 11 de enero de 2006, cuando decidieron adoptar las Reglas Penitenciarias Europeas en la que relega el aislamiento a “casos excepcionales y por un período definido y tan corto como sea posible”.

Por último, el Protocolo de Estambul, el manual más avanzado contra la tortura y los tratos inhumanos, establece que el aislamiento penitenciario puede suponer un método de tortura.

Espacios de especial opacidad

Las situaciones de aislamiento preocupan a la Coordinadora en sí mismas, por los daños irreparables que pueden generar en la personas sometidas a ellas. Pero, además, alerta contra una segundo aspecto, como es que el aislamiento genera espacios de “especial opacidad” en los que las vulneraciones de derechos ocurren con más frecuencia y, sobre todo, con más impunidad.

La Coordinadora ha documentado 8 casos en los últimos 5 años en los que los internos denunciaron malos tratos, bien en los DERT o bien durante su traslado a los DERT. Según explica García Berrio, el hecho de que la mayoría de las denuncias se produzcan en el entorno del aislamiento ocurre porque “es una situación que desprotege a la persona presa mientras genera espacios sin testigos ni vigilancia externa”.

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