Junqueras critica a Llarena por “distorsionar” el Parlament al no dejarle asistir a los plenos
Oriol Junqueras quiere salir de la cárcel para asistir a los plenos del Parlament pese a que el magistrado Pablo Llarena ha decidido que la vía para que el exvicepresident participe en las sesiones de la Cámara sea la delegación del voto. La defensa de Junqueras ha presentado un escrito ante la sala de lo penal del Supremo contra la decisión por la que el pasado viernes Llarena denegó el permiso para que el exvicepresident participara en la sesión constitutiva del Parlament y en la de investidura, así como su acercamiento a una cárcel catalana.
En el escrito de alegaciones, el abogado de Junqueras, Andreu Van den Eynde, argumenta que el voto de Junqueras es “indelegable”, pese a que finalmente el exvicepresident delegó su voto en Marta Rovira este miércoles en la sesión de constitución del Parlament. “La persona del diputado es insustituible tanto formal y funcionalmente como por respeto al derecho fundamental de la representación popular”, sostiene el escrito.
Junqueras insiste en que debe ser trasladado a un cárcel próxima a su domicilio para poder asistir a la sesión de investidura que se celebrará dentro de dos semanas. Y critica la decisión de Llarena, que declaró la incapacidad de Junqueras y le instó a pedir la delegación del voto a la Mesa, porque, a su juicio, produce una “distorsión de la institución parlamentaria”.
Por contra, a criterio de la defensa del exvicpresident, el traslado de Junqueras a una cárcel catalana y los permisos para asistir a las sesiones de la cámara catalana serían la mejor herramienta para garantizar tanto sus derechos políticos como sus derechos procesales y personales “como son los inherentes a estar a menor distancia de su esposa y sobre todo de sus hijos”.
En situación de prisión provisional, argumenta Van den Eynde, un diputado electo debe poder ejercer “por más que su encarcelamiento haga incompatible la asistencia diaria a la Cámara”. De lo contrario, añade, se “alteraría la función misma del Parlamento, desnaturalizando el derecho de participación política del artículo 23.2 o el de representación política de los ciudadanos del artículo 23.1” de la Constitución.
Además, el letrado expone en su escrito que formula las alegaciones no sólo para que la sala de lo penal enmienda la decisión de Llarena, sino también para agotar la vía de recursos ante el Supremo y acudir después al Constitucional y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en busca de amparo.
Las alegaciones de Junqueras critican además uno de los argumentos de Llarena para impedir la asistencia del exvicepresident, el riesgo de movilizaciones durante su traslado al Parlament: “Si una movilización popular no permite cercenar los derechos de alguien en libertad provisional, a quien se puede apoyar públicamente de forma masiva, no tendría que hacerlo tampoco para alguien en prisión provisional”.
Asimismo, afean la incapacidad que declaró Llarena sobre Junqueras, Joaquim Forn y Jordi Sànchez por ser “inexistente en la legislación [el reglamento del Parlament asemeja la incapacidad a una enfermedad, no al encierro en prisión]”, así como “acordada sin procedimiento específico y por una jurisdicción inhabitual para limitar un derecho político fundamental” de Junqueras.
Finalmente, Van den Eynde cuestiona la decisión de Llarena porque, según el letrado, se tomó en base al artículo 384 bis de la ley de enjuiciamiento criminal, que sólo se puede aplicar cuando exista un auto de procesamiento (algo que no ocurre en el caso de Junqueras, que está imputado y en un estado inicial de la investigación).