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El Parlament recurre el 155 al Constitucional por haber suspendido “en toda regla” la autonomía de Catalunya

La presidenta del Parlament, Carme Forcadell

Oriol Solé Altimira

Inadecuada, innecesaria y desproporcionada. Así define el Parlament la aplicación del artículo 155 en el recurso que ha presentado este martes ante el Tribunal Constitucional (TC). A juicio de los letrados de la cámara catalana, el modo en que el Gobierno de Mariano Rajoy implantó el 155 es inconstitucional porque “culmina la suspensión en toda regla de la autonomía de Catalunya”.

Con el interpuesto este miércoles por el Parlament, el TC tiene un segundo recurso sobre su mesa para redactar un manual de instrucciones sobre el artículo 155. En diciembre fue Unidos Podemos quien acudió al Constitucional para recurrir el modo elegido por el Gobierno de Rajoy para aplicar el 155. “Como el artículo 155 no había sido nunca aplicado, no se dispone de jurisprudencia constitucional relevante para interpretar su alcance”, admite el recurso del Parlament.

La aplicación del artículo 155 de la Constitución el pasado 27 de octubre tras la DUI aprobada en el Parlament supuso el cese de todo el Govern, la disolución de la cámara y la convocatoria de elecciones para el 21 de diciembre. A criterio del Parlament, las tres medidas adoptadas por el Ejecutivo central al amparo del 155 son inconstitucionales.

“El Gobierno no sólo cesa al Govern, sino que sitúa a la administración de la Generalitat bajo su dependencia y, si bien se mantiene formalmente el Parlament, lo sitúa en una posición de subordinación jerárquica con relación al Gobierno del Estado”, expone el recurso presentado por el Parlament con el apoyo de JxSí y Catalunya Sí que es Pot.

Asimismo, el Parlament cree el Gobierno se atribuyó funciones que la Constitución reserva en exclusiva a los tribunales al haber cesado a todo el Govern, y que el Ejecutivo de Rajoy vulneró los derechos de participació política y de sufragio de los ciudadanos decretando la disolución del Parlament.

En suma, el Parlament cree que Rajoy no aplicó el 155 para restaurar el orden constitucional –tal y como prevé el artículo– sino para tratar de sustituir la mayoría independentista de la cámara “por otra alternativa”, algo que para los letrados de la cámara supone “una opción política que nada tiene que ver con el incumplimiento de obligaciones constitucionales”.

Considera el recurso del Parlament que el 155 autoriza al Gobierno a dar instrucciones a las autoridades autonómicas “sin referirse en ningún caso” a la posibilidad de suspender o disolver órganos autonómicos como el Parlament ni a la posibilidad de que la intervención del poder central se concrete en el cese de cargos de los órganos de la comunidad autónoma, como la destitución de Puigdemont y los consellers. Y recuerda la cámara que, paradójicamente, dichas medidas adoptadas por el Gobierno en 2017 fueron “desechadas” durante el debate constituyente de 1978.

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