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El juez archiva la causa contra 51 personas que cortaron carreteras el 8-N por la “vaga identificación” de los Mossos

Los cortes de carreteras fueron la imagen más repetida en las huelgas soberanistas

Oriol Solé Altimira

El juez ha archivado la investigación contra 51 activistas por los cortes en la A-2 en Igualada (Barcelona) en la huelga soberanista del pasado 8 de noviembre al no ver delito porque no hubo violencia y por la “vaga identificación” que realizaron los Mossos d'Esquadra de los investigados. En un auto, el titular del juzgado de instrucción número 1 de Igualada ha acordado, a instancias de la Fiscalía, el sobreseimiento provisional de la causa abierta por un delito de desórdenes públicos.

El juez señala que la identificación de los 51 imputados es “tan vaga que es prácticamente imposible atribuir ningún hecho (por delictivo que pudiese haber llegado a ser) a ninguno de ellos”, ya que en la mayoría de los casos se hizo a través de la matrícula de su coche. De hecho, remarca el auto, los Mossos solamente efectuaron tres identificaciones personales, que además eran los mediadores que pretendían disolver la concentración.

El corte de la A-2 en Igualada, impulsado por el Comité de Defensa de la República (CDR), fue uno de las decenas que se produjeron en la huelga soberanista del 8 de noviembre para protestar contra el 155 y el encarcelamiento de los líderes independentistas. El paro tuvo un escaso seguimiento en los centros de trabajo pero provocó problemas en la circulación de decenas de vías en toda Catalunya, así como cortes en las vías del AVE.

El juez de Igualada, no obstante, recrimina a los promotores de la protesta que se “aprovecharon” de que había una huelga convocada para “situarse bajo su paraguas”, sin que conste que reivindicaran en ningún momento derechos laborales, ya que únicamente “estaban descontentos con determinadas resoluciones judiciales que habían motivado el encarcelamiento de algunos miembros del anterior gobierno de Catalunya” y de líderes de entidades independentistas.

Pese a estas críticas, el juez considera que se debe archivar el procedimiento judicial, porque, tal y como sostenía la Fiscalía, no se ha podido acreditar que se produjeran actos de violencia sobre otras personas ni sobre otros elementos. El ministerio público sí apuntó a que los hechos investigados sí podían ser objeto de sanción en vía administrativa, por lo que pidió que el caso se remitiera a la Delegación del Gobierno para que abriera el procedimiento sancionador oportuno.

El de Igualada es el primer caso por desórdenes públicos en las huelgas soberanistas del 3 de octubre y el 8 de noviembre que se archiva, aunque permanecen abiertos procedimientos en Barcelona, Rubí o Santa Coloma de Farners.

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