Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
La UCO detecta contraprestaciones a Ábalos por parte del empresario
ANÁLISIS | Qué se juega España en el sur de Líbano, por Olga Rodríguez
OPINIÓN | ¿Dónde está el Sémper de 2020?, por Esther Palomera

La defensa de Torra confía en que el Supremo revoque la decisión de la JEC, pero se prepara para cualquier escenario

Torra ante la decisión de la JEC sobre Junqueras: "Vivimos en una democracia tan solo aparente"

Arturo Puente

13

La defensa del president de la Generalitat, Quim Torra, hacía días que esperaba la decisión que este viernes por la tarde ha tomado la Junta Electoral Central. Fue la propia JEC la que llevó a la Fiscalía la desobediencia de Torra a su orden y, una vez el tribunal le ha condenado, el equipo jurídico del president estaba convencido de que tratarían de cesarlo. Ahora tienen previsto presentar un recurso judicial y reclamar medidas cautelares, con la esperanza de que la sala tercera del Supremo revoque a la mayor brevedad la decisión del organismo electoral.

Según indican las fuentes jurídicas consultadas, Torra podría encontrar amparo en los tribunales teniendo en cuenta la colisión evidente entre dos leyes orgánicas, la que regula los procesos electorales y el Estatut catalán. Dos normas de igual rango y que pueden interpretarse de forma contraria, por lo que tanto la defensa de Torra como los servicios jurídicos del Parlament, pero también la propia Junta Electoral de Barcelona, considera que debe leerse de la forma menos lesiva con el ejercicio de los derechos políticos.

La controversia jurídica está servida ya que, por una parte, la ley electoral (LOREG) permite declarar inelegible a cualquiera contra quien pese una inhabilitación por delitos “de rebelión, de terrorismo, contra la Administración Pública o contra las Instituciones del Estado”, gracias a una reforma introducida para evitar que diputados independentistas vascos relacionados con ETA pudieran tener cargos. Pero, por otra parte, el Estatut determina que los tribunales solo pueden cesar al president mediante una condena penal firme de inhabilitación, un precepto que se reafirma en la ley de la presidencia.

“Elegido entre los diputados”

Hay un argumento más que esgrimen fuentes jurídicas del Govern respecto al procedimiento que ha realizado la Junta Electoral. Según indican, la decisión de la JEC no puede cesar al president aunque le descabalguen de la condición de diputado, ya que Torra ya fue elegido e investido por el pleno del Parlament. Según esta interpretación, aunque el Estatut indica que el president de la Generalitat debe ser elegido entre los diputados, ninguna ley dispone que deba cesar de la presidencia si pierde su escaño.

La primera revisión de la decisión de la Junta Electoral la deberá realizar el Supremo, donde el equipo jurídico de Torra enviará su primer recurso. Esta actuación por sí misma no deja sin efecto la resolución de la JEC, por lo que la destitución del president seguiría su curso. Ahora bien, la sala tercera del Tribunal sí podría entender que debe suspender la resolución si los efectos que esta provoca son irrevocables mientras el tribunal sentencia sobre el fondo de la cuestión. Es este el último argumento que los abogados del president esgrimen en favor de esperar a que la sentencia sea o no confirmada por el Supremo.

“Mientras el Parlament no diga lo contrario continuaré siendo diputado y president de Catalunya”, ha afirmado Torra en una comparecencia en el Palau de la Generalitat tras una reunión extraordinaria del Govern. El president, que ha calificado la decisión de la Junta Electoral Central de “golpe de Estado”, comparecerá este sábado ante el Parlament para volver a reclamar la confianza del pleno tras su destitución. En el ámbito político, los planes de Torra pasan por buscar que el Parlament le reafirme en el cargo y provocar el choque entre la institución catalana y los tribunales.

Etiquetas
stats