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Castilla-La Mancha solo permitirá nuevos ingresos y salidas definitivas en los centros socio-sanitarios libres de COVID

La comisión de residencias de la Asamblea se constituirá el lunes 6 de julio

Carmen Bachiller

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La Consejería de Sanidad ha dictaminado que solo se permitirán nuevos ingresos y salidas definitivas en los centros sociales y socio-sanitarios con carácter residencial de Castilla-La Mancha en el caso de que se encuentres libres de COVID-19.

Así lo indica una resolución que este martes se publica en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y que considera como libres del SARS-CoV-2 a aquellos centros en los que, durante los últimos 14 días o periodo que determine la autoridad sanitaria, no no haya habido casos confirmados, con infección activa, casos probables o casos sospechosos pendientes de confirmación.

Sanidad considera que los nuevos ingresos, al suponer cambios en la ocupación real de las residencias, deberán ser registrados en el sistema de información destinado a centros de Servicios Sociales especializados de carácter residencial (SUSTENTA), en los dos primeros días de producirse el ingreso.

Además, y mientras el Gobierno de España no declare la finalización de la crisis sanitaria del SARS-CoV-2, o en tanto la autoridad sanitaria determine que las condiciones de la evolución de esta crisis en el ámbito de Castilla-La Mancha permiten flexibilizar con seguridad estas limitaciones deben cumplirse algunos requisitos complementarios. 

El primero es que quien solicita el ingreso debe presentar una declaración responsable firmada por la persona que va ingresar o su representante. En ella se identificará a las personas con las que ha convivido la persona residente o mantenido contacto estrecho durante su permanencia en domicilio familiar, al menos durante los 15 días anteriores a su ingreso.

También se debe aportar resultados negativos del test PCR realizado como máximo tres días antes del ingreso y asumir que permanecerá en aislamiento preventivo tras la entrada en el centro durante los 14 días naturales siguientes a su ingreso (o el periodo establecido en cada momento).

El test PCR deberá realizarse por los servicios de Atención Primaria o, en su defecto, se admitirá el resultado obtenido en un test PCR llevado a cabo en un laboratorio privado que cuente con la acreditación oficial correspondiente. No será necesario en los casos en los que se acredite la positividad serológica para IgG y la negatividad para IgM SARS Cov2.

También se debe aportar informe favorable de la Coordinación Sociosanitaria de la Gerencia Integrada de la que depende el centro a efectos de asistencia teniendo en cuenta la situación del centro a nivel sanitario y epidemiológico y el resultado negativo tras la realización de prueba diagnóstica de coronavirus (Test PCR), con tres días de antelación como máximo, si el ingreso se produce desde el domicilio. 

El mismo día del ingreso la persona residente no debe presentar cuadro clínico compatible con la infección por coronavirus. Algo que debe comprobar el personal sanitario de cada centro y que se debe reflejar por escrito. 

Por otro lado, el centro socio-sanitario debe disponer de un plan de contingencia y un protocolo de prevención de riesgos, dirigidos a la prevención y a la respuesta inmediata ante la eventual aparición de casos y brotes de infección por coronavirus.

Las salidas de los centros

La resolución también aborda los requisitos para las salidas definitivas de los residentes. En este caso, deberán comunicarlo al centro y éste a la Delegación Provincial del ramo. 

 El centro residencial deberá conservar el registro del lugar al que se traslada el residente y los datos para su localización, si fuese necesario por motivos epidemiológicos, ya sean causados por la crisis sanitaria en general o por las condiciones particulares de los centros en los que se producen la salida e ingreso.

También deberá registrarse en el sistema de información destinado a centros de servicios sociales especializados de carácter residencial (SUSTENTA), en los dos primeros días de producirse la salida.

En cuanto a los traslados, deben comunicarse a la Coordinación Sociosanitaria de la Gerencia de origen que, además, debe autorizarlos. 

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