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La Junta flexibiliza con cuatro días ‘griposos’ la baja por enfermedad de profesores

Los profesores están sometidos a muchos momentos de estrés.

Alicia Avilés Pozo

Novedades significativas en una de las decisiones del Gobierno anterior de María Dolores de Cospedal que más inadvertida pasó dentro del sector educativo pero que produjo, según los sindicatos, un agravio comparativo con el resto de funcionarios. La Consejería de Educación ha dictado una instrucción mediante la que flexibiliza la orden de mayo de 2012 por la que los profesores de Castilla-La Mancha se les pagaba solo la mitad del sueldo diario durante los tres primeros días de incapacidad temporal por contingencias comunes.

Esta medida del Ejecutivo anterior permanece vigente pero ahora los docentes de la región contarán con los denominados ‘griposos’ (una alusión de los sindicatos a los ‘moscosos’ con los que cuentan el resto de funcionarios): cuatro días laborables de ausencia al año por enfermedad o accidente sin deducción de haberes y sin necesidad de cogerse la baja. De estos días, solo tres podrán ser consecutivos.

Según la instrucción, a la que ha tenido acceso eldiarioclm.es, de esta forma, las ausencias de un día se podrán justificar mediante declaración responsable, mientras que para las ausencias de dos o tres días será necesario justificante médico. En caso de indisposición durante la jornada laboral, si se ha producido estando en el centro de trabajo y se tiene que abandonar el puesto, no computaría dentro de esos cuatro días.

La medida, aprobada por la Dirección General de Recursos Humanos y Planificación Educativa, tiene efecto reatroactivo desde el 4 de marzo. Facilita a los docentes que puedan acogerse a estos días ‘griposos’ sin perder la mitad del sueldo de un día, pero no es del gusto de algunos representantes de la comunidad educativa.

Desde el STE consideran insuficiente la medida ya que se sigue penalizando el enfermar con una deducción de haberes al quedarse de baja: se cobra el 50% del primer día de baja al tercero, y el 75% del día 4 al 20. Solo a partir del día 21 de la baja se cobra la nómina íntegra. Por eso seguirán exigiendo el cobro del cien por cien del complemento por incapacidad temporal independientemente de la causa y el tiempo de la baja. También quieren que se devuelva de oficio el sueldo “ilegalmente sustraído” en años anteriores, un derecho reconocido en varias sentencias ganadas por este sindicato.

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