La Audiencia de Valencia absuelve a dos guardias civiles acusados de una detención ilegal en un control de alcoholemia
“La actuación del agente se mantuvo dentro de los márgenes de la profesionalidad exigible”. La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia ha absuelto a dos agentes de la Guardia Civil acusados por los presuntos delitos de detención ilegal y falsificación de documento oficial y que se enfrentaban a una petición de pena por parte de la Fiscalía de ocho años de prisión.
Los uniformados detuvieron a un joven en un control de alcoholemia instalado en la carretera CV-32 a la altura de Massalfassar (Valencia) la mañana del lunes 29 de abril del 2019 por desobediencia grave y atentado. La causa fue sobreseída por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Massamagrell aunque la Fiscalía acusó por los supuestos delitos de detención ilegal y falsificación de documento público a los dos agentes que firmaron el atestado.
La sentencia relata, en el apartado de hechos probados, que mientras que el conductor se sometía a una prueba de alcoholemia y drogas (dio positivo en ambos), los acompañantes “bajaron del coche y se dedicaron a deambular por las inmediaciones” a pesar de que los agentes les requirieron “en multitud de ocasiones” para que no ocuparan la carretera.
Una joven profirió “frases insultantes” al agente, “impidiéndole desarrollar su trabajo de control de vehículos”. El novio de la joven se encaró con el agente, al que “golpeó levemente en el pecho” y le espetó “ves a fer la ma” (vete a hacer puñetas). Acto seguido, “cogió del brazo a la novia y se la llevó consigo, alejándola y separándola del guardia”.
El uniformado detuvo al joven “por el doble motivo de continuar sin abandonar la carretera y haberse encarado con él con insultos y los movimientos violentos con los brazos que llegaron la contacto físico”. El joven “se apartó del agente levantando los brazos con gesto de oposición ala maniobra de esposado”. Durante el breve forcejeo, uno de los agentes sufrió una lesión en el brazo izquierdo y la rotura de su reloj mientras que su compañero aseguraba que se le rompió la pantalla de su teléfono móvil.
En el juicio oral, celebrado el pasado 14 de enero, se proyectó un video grabado por un joven que presenciaba la escena desde su vehículo. Tras el visionado del video y la declaración de los testigos, que admitieron haber recibido la orden “repetidas veces de abandonar la carretera”, la sección cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia concluye que no hubo detención ilegal. “Los objetivos eran garantizar la seguridad del propio grupo de amigos, evitar la ralentización de la circulación y poder retener a cuantos vehículos sospechosos de infracción viaria se iban aproximando”, reza la sentencia. De hecho, a consecuencia del incidente, los uniformados abandonaron el control de alcoholemia por el peligro que suponía la presencia de los jóvenes en la calzada.
El fallo recuerda que los ocupantes del vehículo, “desde el primer momento de la retención del coche, comenzaron a hostigar” al agente absuelto. Además, también señala que los guardias de Tráfico “no poseían la experiencia y destreza en la ejecución de detenciones complejas, más propias de los agentes de seguridad ciudadana”.
“Después de todo lo que venía ocurriendo sin solución de continuidad durante media hora, sin atisbar un final definitivo, encorsetado por los tres amigos y habiendo llegado uno de ellos al encaramiento personal violento, la única solución para poner coto a la interminable conducta era la detención del miembro del grupo que había llevado el hostigamiento verbal y personal al más alto nivel, ante el riesgo ya evidente de que el definitivo pisoteo del principio de autoridad le impidiera ejercer sus funciones de control viario y seguridad ciudadana”, concluye la sentencia.
Así, “la actuación del agente se mantuvo dentro de los márgenes de la profesionalidad exigibles, sin sobrepasar ningún límite más allá de la exteriorización de una irritación justificable por la localización a la que estaba siendo sometido”. Sobre el delito de falsificación en documento oficial, la Audiencia de Valencia expone que debería haber sido la acusación, ejercida en solitario por el Ministerio Fiscal, la que demostrara que el atestado redactado por los guardias civiles “era inveraz”.
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