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El fiscal del 'caso Azud' denuncia la “trasnochada” ley de enjuiciamiento criminal: “Se diseñó para el siglo XIX”

El fiscal anticorrupción Pablo Ponce durante un registro del 'caso Taula'.

Lucas Marco

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La Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim) está “trasnochada”, según el fiscal anticorrupción Pablo Ponce. El representante del Ministerio Fiscal, que ejerce la acusación pública en causas de corrupción como Taula o Erial, recuerda en un escrito en respuesta a un recurso en el marco del 'caso Azud' que la Lecrim “no está preparada” para las complejas investigaciones por corrupción: “Se diseñó muy bien para una sociedad del siglo XIX y albores del siglo XX”. “Basta recordar que en dicha fecha ni siquiera existían delitos como el de Hacienda Pública, medioambientales [o] urbanismo y que la estructura administrativa no es la que existe actualmente”, agrega el fiscal anticorrupción.

La investigación del 'caso Azud' es una “instrucción extensa y compleja” con una “voluminosa documentación”. “Sólo la profesionalidad de jueces y tribunales, junto con la especialización policial, permite sortear los problemas procesales que plantean este tipo de investigaciones”, apostilla el fiscal Pablo Ponce.

Las defensas de los investigados han presentado la primera tanda de recursos tras el levantamiento parcial del secreto de sumario. El 'caso Azud' llevaba bajo secreto desde noviembre del 2017 y los letrados han tenido acceso recientemente a los primeros 55 tomos del sumario aunque cinco piezas aún permanecen secretas (por problemas técnicos en el volcado de los ocho terabytes de documentación). 

En un escrito en respuesta al recurso de la defensa del socialista Rafael Rubio, exsubdelegado del Gobierno en Valencia investigado en el 'caso Azud', el Ministerio Público avala el trabajo de la jueza instructora: “El levantamiento del secreto y el acceso a las actuaciones en su inmensa mayoría permite comprender la complejidad de la investigación y los graves delitos investigados, junto al interés público en esclarecerlos”.

Así, el fiscal considera que la titular del Juzgado de Instrucción número 13 de Valencia, la magistrada Pepa Tarodo, ha justificado plenamente la continuación del secreto de las actuaciones para proteger las diligencias que se están practicando, “puesto que ello compromete la investigación”. El fiscal anticorrupción reprocha a Rafael Rubio su escaso argumentario: “Como otros investigados se lanza a exponer argumentos y consideraciones generales sobre las investigaciones generales o prospectivas, pero sin indicar en la concreta actuación procesal ninguna que permita dichas aseveraciones, puesto que son inexistentes”.

“Otra cosa”, agrega a modo de recado dirigido al exsubdelegado del Gobierno en Valencia, “es que le hubiese gustado no contar con unidades policiales tan especializadas en delitos económicos y contra la Administración, de las cuales desgraciadamente se cuenta en España por motivos y razones obvias y sobradamente conocidas por el recurrente”.

Tribunales sin medios personales ni materiales

La magistrada ha dictado un auto en el que señala que “si realmente se dotara a juzgados y tribunales de medios personales y materiales eficaces [y] se remodelar la oficina judicial (...) posiblemente causas de una gran complejidad no durarían en el tiempo como la presente”.

El secreto de sumario, prolongado durante casi cinco años, “no es deseado ni deseable para ningún operador jurídico”, señala la instructora, que también recuerda que la “madeja de la trama creada” por el abogado José María Corbín, cuñado de la alcaldesa Rita Barberá, “hubiera quedado totalmente perjudicada de no haberse mantenido el secreto sumarial puesto que no se hubiese podido desentrañar”.

Las defensas, agrega el auto, “ya harán valer sus derechos en el juicio oral, en caso de una hipotética condena, y las rebajas de pena que se pudieran obtener”. La magistrada recuerda que la investigación arrancó con un auto dictado el 24 de noviembre del 2017, tras un informe de la Agencia Tributaria que cuestionaba los ingresos del despacho de Corbín. “Tirar del ovillo”, señala la instructora, “resultó ser algo complejo y arduo” pero “en ningún caso”, agrega, “se puede afirmar que se llevase a cabo prospección alguna en la búsqueda de investigados sin indicios de su participación”, como sostienen las defensas.

Vulneración de las “medidas de seguridad”

La magistrada incluye en la prórroga del secreto de parte del sumario el material informático intervenido en los registros de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil y desvela que uno de los investigados en el 'caso Azud' llevó a cabo “accesos interesados”. El imputado, detalla el auto, “procedió a vulnerar las medidas de seguridad y accedió al contenido de los elementos informáticos que habían sido recogidos en el registro”. “En su caso, dicha conducta ya se valorará a los efectos que proceda”, apostilla la instructora.

La jueza también desestima el recurso de Josep Maria Cataluña, extesorero del PSPV-PSOE investigado en el 'caso Azud'. El auto sostiene que Cataluña, tras abandonar el puesto en el partido y ser nombrado vicepresidente de Bancaja, colaboraba en el “peaje que debía desembolsarse” para obtener adjudicaciones de ayuntamientos gobernados por los socialistas valencianos. “Precisamente porque no ostentaba cargo orgánico en el partido pero tenía un gran peso y mando en el mismo podía actuar con total libertad”, indica la resolución.

La instructora alude al abono de los fondos para gastos de publicidad de la campaña del PSPV-PSOE en las elecciones del 2007 mediante una sociedad interpuesta a nombre de unos empresarios con antecedentes penales por estafa, falso testimonio y lesiones. El auto también señala que las reuniones del exsecretario de finanzas de los socialistas valencianos con el presunto corruptor de la trama, el empresario Jaime Febrer, eran “constantes”. 

La titular del Juzgado de Instrucción número 13 de Valencia también señala, en respuesta al recurso del abogado de Febrer, el penalista Manolo Mata, que los cinco meses de prisión provisional no se acordaron “porque se estaba llevando a cabo una instrucción prospectiva” sino por la “fundada probabilidad de destrucción de fuentes de prueba”, en referencia a la comisión rogatoria a Luxemburgo por los “indicios existentes” sobre una supuesta mercantil en el Gran Ducado.

El abogado de Febrer lamentaba en su recurso que el empresario pasó ese periodo entre rejas en el centro penitenciario Antonio Asunción de Picassent (Valencia) a consecuencia de “un PDF publicitario sobre Luxemburgo” hallado por la UCO. El letrado insiste en que el supuesto dinero en el extranjero de Jaime Febrer “no existe”.

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