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La macroplanta fotovoltaica proyectada en Chiva sobre 420 hectáreas se someterá a una declaración de impacto ambiental

Imagen de una protesta de vecinos realizada en la zona donde se proyecta la planta.

Toni Cuquerella

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La sensibilidad del paraje en el que se ha proyectado una macroplanta fotovoltaica en Chiva, y que ha supuesto la protesta de sectores conservacionistas de la zona, hará que esta infraestructura se someta a una declaración de impacto ambiental (DIA). Así consta en la respuesta del Gobierno a una pregunta del diputado Joan Baldoví en el Congreso, que señala que el proyecto actualmente se encuentra en información pública.

La instalación aolar fotovoltaica PSFV Campos de Levante, de 125 megavatios, ocupará una extensión de 420 hectáreas y está impulsada por la empresa Falck Renewables Power. Según los críticos, “amenaza con arrasar la última dehesa valenciana al arrancar miles de algarrobos centenarios”.

El proyecto, considerado de utilidad pública, se encuentra en este momento en estudio de autorización en la Delegación del Gobierno de la Comunitat Valenciana. En la misma respuesta se explica que “analizar el impacto ambiental de los proyectos a través de la evaluación ambiental es clave, de modo que no se dé el visto bueno a los que suponen afecciones severas y se exijan modificaciones o condiciones cuando sea necesario para corregir y compensar los impactos”.

En cuanto a la consulta pública, el Gobierno recuerda que así se pretende “recabar la opinión de todas las partes interesadas sobre el proyecto, permitiendo a los interesados y a cualquier persona examinar el expediente y formular las alegaciones que tenga por convenientes”. Por otro lado, señala también que “en todo caso, en los proyectos tramitados por la Administración General del Estado se consulta a las administraciones autonómicas y locales”.

El Gobierno destaca que la DIA “evalúa la integración de los aspectos ambientales en el proyecto y determina las condiciones que deben establecerse para la adecuada protección del medio ambiente y de los recursos naturales durante la ejecución y la explotación (y, en su caso, el cese, el desmantelamiento o demolición) de un proyecto”.

“La tramitación no supone la ejecución”

Finalmente se especifica que la declaración de impacto ambiental “puede ser desfavorable si el proyecto genera impactos significativos insalvables o, siendo favorable, puede introducir condiciones que obliguen a revisar los proyectos para minimizar sus impactos”. Además también advierte de que puede haber un plan de vigilancia “que supone un seguimiento continuo de los posibles impactos, obligando a introducir nuevas modificaciones en la instalación si se apreciara su necesidad”.

A pesar de todo ello, la contestación también resume que la situación actual no supone un punto de no retorno: “La tramitación que se está llevando a cabo en la actualidad no presupone que el proyecto vaya a ser autorizado, pero sí asegura que, en caso de serlo, se haya hecho con todas las garantías y de acuerdo a la normativa vigente”.

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