Las imágenes de la toma de posesión del Presidente Trump rodeado de un significativo número de líderes empresariales de las tecnologías de la información plantea interrogantes significativos desde el punto de vista de la economía, el derecho y la democracia. De hecho, las declaraciones del Presidente del Gobierno de España en el Foro de Davos parecen apuntar a una preocupación que trasciende a la geopolítica y las relaciones internacionales.
Este estado de cosas no sitúa en una posición de muy difícil equilibrio desde el punto de vista de la apuesta europea por la soberanía digital y la regulación como como palanca para nuestra transformación digital. Expuesta de modo sucinto, la política normativa de la UE busca generar un contexto de compartición de datos que alimenten el desarrollo de productos y sistemas basados en inteligencia artificial responsable. Existen poderosas razones para tomar esta decisión. Las lecciones aprendidas con el referéndum del Brexit, los problemas asociados a la desinformación y el discurso del odio y las injerencias de potencias extranjeras en nuestros procesos democráticos mediante la manipulación electoral del electorado necesitaban de una respuesta adecuada.
En su primer acto de gobierno el nuevo presidente de los Estados Unidos ha revocado la orden ejecutiva de Biden en la que establecía ciertos principios mínimos para un desarrollo seguro de la inteligencia artificial en su país. Por otra parte, el último proceso electoral y el posicionamiento del CEO de la red social X en relación con las elecciones en Alemania, apuntan a una intervención directa en los procesos electorales que ya no se plantea como un accidente o un ataque por parte de terceros si no como una decisión empresarial intencional.
Este escenario ha situado a los reguladores en un contexto en el que la toma de decisiones va a ser particularmente difícil. No sería la primera ocasión. Durante el mandato de Artemi Rallo el equipo de la Agencia Española de Protección de Datos tuvo que tomar políticas de cumplimiento normativo respecto de tecnologías emergentes como la videovigilancia, el cloud computing o en el asunto del derecho al olvido. El liderazgo de nuestro director y la significativa precisión técnica de las decisiones adoptadas definieron un camino que proporcionó seguridad al mercado garantizando al mismo tiempo los derechos fundamentales. Y esta sin duda es una posición de equilibrio muy difícil.
Porque no hay duda de que en el escenario que se avecina la aplicación del marco regulador europeo va a exigir templanza y rigor a partes iguales. Por una parte, a nadie se le escapa que con todas sus imperfecciones las redes sociales se han convertido en un vehículo natural para la socialización y la expresión de opinión. Se trata de un servicio altamente demandado por la población cuyo funcionamiento preocupa en la medida en que puede repercutir significativamente en todas las esferas de nuestra vida.
En el plano individual las altas capacidades de redes y buscadores a la hora de procesar información personal, y de atribuirle un significado contextual preciso, deja en manos de los operadores un conocimiento profundo sobre nuestras ideas, creencias e incluso sobre nuestras opciones sexuales. Las decisiones empresariales relativas a la retirada de los procesos de revisión dirigidos a preservar los derechos de las minorías podrían incrementar los conflictos y plantear riesgos significativos. La consecuencia lógica sería un crecimiento relevante de los casos que podrían invocar la tutela administrativa de las autoridades independientes o la acción de la justicia.
Por idéntica razón el funcionamiento de los procedimientos de verificación de los bulos y noticias falsas, así como las medidas de prevención del riesgo sistémico en los grandes operadores puede implicar la necesaria acción de la Comisión Europea en el contexto del Reglamento de servicios digitales. De alguna manera al mensaje que se lanza plantea la posibilidad teórica de que se hayan producido cambios en la programación algorítmica que añadan al riesgo de sesgo y burbuja de contenidos decisiones editoriales que promuevan determinadas formas de expresión. En un contexto electoral, ello podría implicar una alteración significativa de las reglas democráticas que exigen el libre contraste de opiniones. Este es indispensable para que la opinión pública pueda adoptar decisiones de voto libres y responsables. De materializarse este riesgo la posición del proveedor del servicio dejaría de ser neutral y debería estar sujeta a responsabilidad.
Asegurar la garantía de nuestros derechos y los principios democráticos en nuestras sociedades implica en el contexto de la transformación digital y la inteligencia artificial un enfoque regulador que al mismo tiempo produce profundos efectos en nuestra economía. Andrés Pedreño y Luis Moreno avanzaron con su trabajo un análisis geopolítico y económico que sitúa la UE por detrás de Estados Unidos y China en la carrera de la IA. Con posterioridad el Informe Draghi ha subrayado como la presión regulatoria afecta significativamente a nuestras capacidades de innovación, investigación y emprendimiento. Si además, lo que se anuncia para el futuro es la desregulación en EE. UU. y un reforzamiento del empuje chino ante el regreso de las políticas arancelarias, el enfoque de la UE se enfrenta a grandes retos.
Por una parte, los reguladores europeos no pueden bajo ningún concepto renunciar a un modelo constitucional y a una concepción del estado social y democrático de derecho que ha proporcionado a nuestro continente el mayor período de paz y prosperidad que se recuerda. De otra, el modo en el que se despliegue y aplique el Código de Derecho Digital europeo no sólo va a influir respecto de nuestra protección frente a las amenazas, sino que además podría repercutir significativamente sobre nuestra economía. Si desde la templanza y el rigor las autoridades independientes no son capaces de encontrar un adecuado equilibrio es probable que nuestro tejido productivo no pueda asumir el coste regulador. Esto podría tener una consecuencia a largo plazo. En buena medida nuestra aproximación a la innovación tecnológica es la propia de un “early adopter”. Somos capaces de incorporar muy rápido la innovación, aunque no la hayamos producido. Sin embargo, en el futuro podríamos acabar siendo un cliente absolutamente dependiente de lo que produzcan terceros.
En cualquier caso, desde el mundo jurídico nos enfrentamos a una cuestión prácticamente insoluble por cuanto es de naturaleza geopolítica. Y desde este punto de vista, el reto es extraordinario ya que sitúa a las condiciones de aplicación de la regulación en el centro de la estrategia de la UE y define un nuevo papel para la primacía del estado de derecho y la garantía de los derechos de las personas. De una parte, el nuevo enfoque estadounidense y las decisiones empresariales auguran amenazas que difícilmente se van a poder combatir si la UE no manifiesta una unidad sin fisuras, desde la fortaleza de un enfoque basado en un desarrollo sostenible centrado en el ser humano y con una fuerte resolución jurídica.
De otra, este marco de acción no puede perjudicar nuestros propios intereses. De cara a los tiempos que se avecinan el marco jurídico es claro: la aplicación de los Reglamentos de protección de datos, servicios digitales e inteligencia artificial hará mutar profundamente el rol de los reguladores independientes. Estos, si así lo deciden, podrían experimentar un cambio trascendental y pasar a ser algo más que meros defensores especializados de derechos específicos en el ámbito de la competencia, la libertad de información o la privacidad, para convertirse en un pilar en el sistema de defensa de nuestras democracias. Además, les guste o no, se erigen en un agente económico de primer nivel en la medida en que sus decisiones sancionadoras, y el soft-law van a modular sectores cruciales para nuestra economía. Esta, por sorprendente que resulte, es una de sus principales armas en la medida en la que la disciplina de mercado sea capaz de limitar el riesgo y promover la innovación responsable.
Y ello, aboca a estas autoridades a un cambio sustancial que podría suponer abandonar posiciones meramente reactivas o preventivas para definir políticas públicas funcionales a los valores constitucionales de la UE que, simultáneamente, proporcionen una gobernanza de la innovación que promueva el desarrollo. Su ejercicio debe ser impecable en su independencia y a la vez balancear derechos y economía de un modo equilibrado y al servicio del bien común en un escenario global de desregulación que apunta a una competencia descarnada.