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Menos impuestos desde Madrid. Una fiscalidad justa desde València

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Este pasado fin de semana he recibido la visita de un amigo residente en Madrid, aprovechando su asistencia a unas jornadas sobre fiscalidad que se han realizado en València. Llegó eufórico por la superioridad argumental que según él transmiten los responsables políticos de la comunidad de Madrid respecto de la fiscalidad.

La conversación amable y distendida resultó interesante y puedo afirmar en nombre de los dos que la amistad no quedó en nada afectada. Eso sí, nos servimos de un par de cafés para debatir largo y tendido sobre los aspectos más relevantes que definen la fiscalidad de ambas autonomías.

Al poco de llegar nuestras bebidas mi amigo ya había afirmado esa frase tan contundente a la vez que poco demostrada científicamente de que con menos impuestos se consigue un mayor crecimiento económico y una menor economía sumergida. Evidentemente le apunté que eso no es necesariamente así y que, por encima de todo, que la recaudación de impuestos es la base del Estado del Bienestar y de la igualdad de oportunidades.

  • ¿Estamos dispuestos a renunciar al Estado del Bienestar y optar por servicios privatizados de sanidad y educación sólo para quien se los pueda pagar? Le espeté.

Mi amigo mantuvo la calma. Pero insistía en la relación de la bajada de impuestos con el crecimiento económico, poniendo como ejemplo a la comunidad de Madrid. No me quedó más remedio que explicarle que el crecimiento de Madrid se debe, en gran parte, al efecto capitalidad que hace que se concentre allí la mayor parte del sector público estatal, con sus familias incluidas; todas las entidades dependientes de la administración general del Estado; o la mayoría de las empresas que optan a contratos públicos…por no hablar de su posición privilegiada desde el punto de vista de las infraestructuras de comunicación que facilitan la movilidad de sus habitantes y la concentración de rentas en un único punto.

Todas esas ventajas, dadas simplemente por su carácter de capital del Estado, convierten a Madrid en una aspiradora de recursos en detrimento de otros territorios, -continué-. Además, esta concentración de sector público y de grandes corporaciones justifican también el ligero menor peso de la economía sumergida en la comunidad de Madrid.

En definitiva, -le dije-, con el primer café aún por acabar-, que la ventaja competitiva de Madrid reside no tanto el hecho de que se hayan eliminado impuestos como el de Patrimonio y el de Sucesiones y Donaciones, que no hay que olvidar que solo pagan las rentas altas y cuya recaudación potencial es comparativamente muy reducida, sino en el hecho de ser la capital del Estado y los beneficios que de ello se derivan.

E insistí en una idea que no se le podía olvidar, porque es la base de nuestro modelo social: los beneficios fiscales derivados de los impuestos de Patrimonio y Sucesiones y Donaciones se concentran en los contribuyentes con mayor nivel de renta y su eliminación se traduce en menos ingresos y, por tanto, en un menor gasto público en sanidad, educación y protección social para las rentas medias y bajas.

Y ahí es cuando me preparé un segundo café solo bien cargado: Madrid, apunté, tiene un gasto sanitario por habitante un 10% inferior a la media, diferencia que es aún más acusada si hablamos de gasto educativo, que se sitúa un 20% por debajo de la media. Menos impuestos para las rentas altas a cambio de menos servicios públicos para las rentas medias y bajas.

Y claro, mi amigo no tuvo más remedio que contraargumentar que el Impuesto de Patrimonio no existe en ningún país de Europa y que el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones supone una doble imposición. Pero estuve hábil para volverle a recordar que eso tampoco era del todo cierto.

En Europa, el Impuesto sobre el Patrimonio con esa denominación únicamente existe en España, Noruega y Suiza. Pero en los Países Bajos se integra este gravamen en el impuesto sobre la renta personal; en Luxemburgo existe un impuesto sobre la riqueza neta de las personas jurídicas; y finalmente, Francia, Italia, Portugal y Bélgica gravan la titularidad de determinados activos. Por tanto, sea como tributo independiente o como hecho imponible de otros, el gravamen sobre el patrimonio existe en la mayor parte de países de nuestro entorno.

Además, recientemente tanto la OCDE como el FMI han concluido que estos impuestos son un buen instrumento para reducir la desigualdad y mejorar la equidad entre contribuyentes.

Respecto del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, cabe señalar que casi el 70% de la desigualdad de la riqueza en España viene asociada a las herencias, y este porcentaje sube hasta casi el 75% en el caso de la riqueza no financiera.

La competencia fiscal a la baja que efectúa la comunidad de Madrid en materia fiscal, - seguí con mi explicación mientras su café se enfriaba- supone una reducción de sus ingresos públicos, que son compensados en parte con la domiciliación en Madrid a efectos fiscales de contribuyentes de otras comunidades autónomas y, como le había recordado, por las ventajas de la capitalidad.

Entre café y café mi amigo aún tuvo interés por señalarme que la tarifa del IRPF de Madrid es la más baja de España y la recaudación no se resiente. Pero lo cierto es que el sistema fiscal de Madrid beneficia claramente a las rentas más altas, tal y como le expliqué. En Madrid, los contribuyentes con rentas superiores a los 60.000 euros se benefician del 41% de las deducciones a pesar de que representan el 8% del total de declarantes. En cambio, las rentas inferiores a los 21.000 euros, que representan el 51% del total de declarantes, solo se benefician del 13% de las rebajas fiscales de la comunidad.

Por el contrario, la Comunitat Valenciana reduce los tipos impositivos para los contribuyentes con bases inferiores a los 30.000 euros y los aumenta para las superiores a los 60.000 euros, creando nuevos tramos a partir de los 140.000 euros con tipos aún mayores.

Además, la Comunitat Valenciana ha desarrollado una política muy activa en deducciones sobre el IRPF, con lo que la cuota líquida se sitúa por debajo de la media para las personas contribuyentes con bases liquidables entre los 12.000 y los 30.000 euros, y entorno a la media para las bases liquidables hasta 60.000 euros.

Y, es más, le recordé que desde que gobierna el Botànic hemos bajado 8 puntos la contribución de las rentas medias y bajas a la recaudación por IRPF en comparación con la tributación que impuso el PP y, como buena política progresiva, hemos incrementado en 8 puntos la de las rentas altas.

Ya apurando el último café, mi amigo no tuvo más remedio que recurrir a los impuestos propios y recordar que en Madrid se han suprimido como atractivo adicional para los inversores. ¿Entonces no estás de acuerdo con que los inversores contribuyan a la protección del medio ambiente?, le insté porque parecía que no conocía el dato de que en todas las comunidades autónomas, la mayoría de los tributos propios son medioambientales.

Es cierto, que las Comunidades Autónomas tienen reconocida constitucionalmente su autonomía financiera, lo que supone la propia determinación y ordenación de los ingresos y gastos necesarios para el ejercicio de sus funciones y para establecer y exigir sus propios tributos.

Y, por ello, el derecho a gozar de una vida y un medio ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado, así como garantizar el derecho de acceso a una vivienda digna son una prioridad política y estatutaria de la Comunitat Valenciana, de forma que disponer de un espacio fiscal propio para el sistema tributario valenciano se erige para nosotros en una palanca fundamental.

Calló.

Y estábamos ya a punto de concluir el encuentro cuando mi amigo aún tuvo ganas de seguir insistiendo, porque aunque mi discurso tenía sentido “el objetivo de los impuestos es recaudar y no cambiar comportamientos, como pretende la fiscalidad medioambiental”, me dijo.

Pero no pude estar de acuerdo. Para fomentar el cambio de comportamiento en consumidores y empresas y asegurar que las inversiones que se lleven a cabo con una clara perspectiva climática, la fiscalidad tiene que estar totalmente alineada con los objetivos climáticos.

La fiscalidad debe contribuir a reorientar la inversión pública y el consumo hacia los compromisos asumidos en plena emergencia climática, que aseguren una transición justa. Es esencial enviar las señales de precios correctas y ofrecer los incentivos adecuados para promover la descarbonización de la economía y los comportamientos sostenibles de la sociedad.

Y con esto y un cordial abrazo nos despedimos mi amigo y yo hasta la siguiente ocasión en la que podamos saborear un café y comentar con calma y sosiego temas tributarios tan trascendentes para todos y que tanto inciden en la calidad de vida de las personas y en su oportunidad de gozar de unos servicios públicos fundamentales de calidad.

Porque esa y no otra es la verdadera razón de ser de nuestra política tributaria, garantizar a los ciudadanos una redistribución justa de las rentas y asegurarles la mejora sanidad, la mejor educación y los mejores servicios sociales.

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