Sanidad prohíbe temporalmente la actividad presencial de voluntarios en los hospitales valencianos
La Conselleria de Sanidad ha aprobado un nuevo protocolo para actividades de voluntariado en centros sanitarios por el cual quedan prohibidas de forma presencial como norma general y mientras la situación de la pandemia así lo aconseje.
Según el documento al que ha tenido acceso elDiario.es, “los datos de la evolución de la pandemia por COVID-19 en la Comunitat Valenciana, sugieren incrementar las medidas de control de la afluencia de visitas y de los aforos en los centros asistenciales para poder garantizar el mantenimiento de una distancia de seguridad y la adecuada protección de aquellas personas que requieran el debido aislamiento tanto por su situación de infecciosidad como por su especial vulnerabilidad”.
Del mismo modo, “continúa siendo necesario diferenciar las medidas a tomar cuando el o la paciente presente infección por SARS-CoV-2 de cuando el motivo de ingreso sea por otra causa”.
El protocolo reconoce que “la labor de soporte y acompañamiento realizada por las Asociaciones de Voluntariado y otras entidades de carácter similar, supone un significativo apoyo para pacientes y familiares que ha demostrado importantes beneficios para la salud y calidad de vida de las personas” y añade que “su presencia en los hospitales ayuda a sobrellevar la rutina hospitalaria y mejorar el apoyo para luchar contra la enfermedad en pacientes y familias”.
No obstante, “ante el rápido aumento del número de casos que se han producido en la Comunitat Valenciana, y dado que la actividad de voluntariado no siempre requiere de presencia física, se tratará de potenciar todas aquellas acciones que puedan llevarse a cabo sin necesidad de acceder al hospital (llamadas de teléfono, video llamadas, asesoría y gestiones administrativas, etc.).
Así pues, hasta nuevo aviso y como norma general “queda suspendida temporalmente la actividad presencial del voluntariado en los centros sanitarios dependientes de la Conselleria de Sanitat”.
Sin embargo, “en aquellos casos que, por las especiales características de pacientes y sus familiares (menores, situaciones sociales complejas o final de la vida...), desde las gerencias de los centros sanitarios se considere que la presencia física del voluntariado puede contribuir de manera decisoria en la evolución del proceso, se podría valorar la excepción a la norma teniendo siempre en cuenta las instrucciones generales de acompañamiento a pacientes menores y dependientes, y reduciendo dicha actividad presencial a todo aquello que no pueda realizarse por medios telemáticos o no pueda demorarse hasta que la situación epidemiológica mejore”.
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