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El Constitucional avala las devoluciones en caliente en Ceuta y Melilla

Devolución en caliente

Gabriela Sánchez / Elena Herrera

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El Constitucional ha avalado la disposición la Ley de Seguridad Ciudadana que regula las devoluciones en caliente en Ceuta y Melilla. El Alto Tribunal ha hecho suyos algunos de los argumentos con los que Estrasburgo amparó en febrero estas prácticas y ha respaldado la norma en la que se apoya el Gobierno para expulsar a migrantes sin seguir un procedimiento individualizado. “El régimen especial para Ceuta y Melilla de rechazo en frontera de los extranjeros que intenten entrar ilegalmente, es conforme a la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos”, sostiene el fallo, que matiza que podrá aplicarse siempre que se traten de “entradas individualizadas”, que exista “pleno control judicial” y en “cumplimiento de las obligaciones internacionales”, algo que no se cumple en la actualidad.

Para argumentar su respaldo a la normativa, el Constitucional se apoya en la sentencia del pasado febrero del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH). Según desarrolla el fallo, del que ha sido ponente el presidente del Tribunal, Juan José González Rivas, la doctrina europea consiste en que “el rechazo en frontera es una actuación material de carácter coactivo, que tiene por finalidad restablecer inmediatamente la legalidad transgredida por el intento por parte de las personas extranjeras de cruzar irregularmente esa concreta frontera terrestre”.

Sin embargo, el Tribunal recalca que estas devoluciones inmediatas serán constitucionales siempre que se realicen “sin perjuicio del control judicial que proceda realizarse en virtud de las acciones y recursos que interponga, en cada caso concreto, la persona extranjera”. Además, el Constitucional destaca que el rechazo en frontera debe hacerse “con las garantías que a las personas extranjeras reconocen las normas, acuerdos y tratados internacionales ratificados por España, debiendo ser reales y efectivos los procedimientos de entrada legal en territorio español”. Los magistrados también apuntan a que a la actuación policial debe desarrollarse con “especial atención” respecto a los migrantes con un perfil “vulnerable”, como menores de edad, las mujeres embarazadas o personas de edad avanzada.

No obstante, en la actualidad, las fuerzas de seguridad de las ciudades autónomas devuelven de manera inmediata a los migrantes, sin identificarlos ni estudiar sus casos particulares, lo que imposibilita la aplicación de cualquiera de las garantías planteadas por el Constitucional, como atender los casos de perfiles vulnerables, pues no pueden identificarlos.

La disposición de la Ley de Seguridad Ciudadana acerca de los rechazos en frontera en Ceuta y Melilla también incluía la salvaguarda de respetar los acuerdos en materia de derechos humanos, sin embargo, en la práctica, las devoluciones en caliente no cumplen los límites impuestos por la legislación internacional, según asegura el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR).

El Gobierno seguirá haciendo devoluciones “de acuerdo a la ley”

La ministra de Exteriores, Arancha González Laya, ha reaccionado este jueves a la sentencia del Constitucional. González Laya, en una rueda de prensa tras el Consejo de Exteriores de la UE, ha defendido la “legalidad de las devoluciones” que realiza el Gobierno. “El Gobierno de España seguirá haciendo las devoluciones de acuerdo a ley” ha contestado al ser preguntada sobre si el Ejecutivo, independientemente de la sentencia, proseguirá con las devoluciones en caliente o, por el contrario, dejará de hacerlas como reclaman los ministros de Unidas Podemos, informa Andrés Gil.

La sentencia conocida este jueves es consecuencia de un recurso sobre los artículos más restrictivos de la llamada ‘ley mordaza’ presentado por las formaciones que estaban en la oposición a principios de 2015: PSOE, PNV, CiU, UPyD e IU. Gracias a su mayoría absoluta, el PP aprobó en solitario esta norma como respuesta a las movilizaciones que discutían en la calle los recortes del Gobierno de Mariano Rajoy. 

Intenso debate en el tribunal

La decisión sobre este recurso ha generado un intenso debate en el Constitucional. El pasado junio el tribunal acordó aplazar la resolución ante la falta de consenso en torno a la ponencia que había elaborado el magistrado progresista Fernando Valdés, que preveía limitar el alcance del artículo que ampara las devoluciones en caliente y proponía que únicamente estuvieran autorizadas en caso de entradas masivas y violentas. 

Su ponencia no convenció al resto de progresistas, que la consideraron insuficiente; ni tampoco a los conservadores, que no eran partidarios de hacer grandes retoques al que fue proyecto estrella de Jorge Fernández Díaz en su paso por el Ministerio del Interior. Así que volvió a estudiarse en una comisión específica formada por los conservadores Ricardo Enríquez y Antonio Narváez y los progresistas Juan Antonio Xiol y Valdés. Este último renunció a su puesto el mes pasado tras ser procesado por un delito de malos tratos en el ámbito familiar. El asunto quedó entonces asignado al presidente, que como ponente ha asumido el criterio de la comisión.

De todos los preceptos impugnados, el único artículo que ha tumbado el tribunal de garantías es el que permitía a la Policía incautarse de imágenes “no autorizadas” que cualquier ciudadano hubiera tomado de actuaciones públicas de los agentes. A juicio de los magistrados, al señalar la falta de autorización, se produce una “censura previa” prohibida por la Constitución, pues supone un “previo examen” de las imágenes en cuestión.

La sentencia de Estrasburgo marca la posición del Constitucional

El dictamen del Constitucional se produce nueve meses después de la sentencia de la Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), cuyo aval a las devoluciones en calientes ha acabado influenciando la decisión del Alto Tribunal, a pesar de que centenares de juristas habían recordado a los magistrados que no tenían “obligación” de “hacer suyos” los argumentos de la Corte europea, pues este se limita a marcar las “garantías mínimas” en derechos humanos.

En febrero, la Gran Sala sorprendió con una resolución que daba un giro de 180º a la condena a España por devoluciones en caliente dictaminada de forma unánime por los magistrados del TEDH. Tras ser recurrida por el Gobierno español, Estrasburgo avaló finalmente las devoluciones en caliente en la frontera española. El Tribunal europeo concluyó que los migrantes denunciantes “se pusieron ellos mismos en una situación de ilegalidad al intentar entrar deliberadamente en España por la valla de Melilla” y “aprovecharon ser un grupo numeroso y el uso de la fuerza”.

El Convenio Europeo de Derechos Humanos obliga a un estudio individualizado de cada caso previo a la expulsión. Aunque el TEDH reconocía que en el caso analizado se incumplió ese análisis personal, “podía atribuirse al hecho de que los solicitantes no habían utilizado los procedimientos oficiales de entrada existentes para ese fin, y que, por lo tanto, [la devolución] había sido una consecuencia de su propia conducta”. Según el fallo europeo, en la legislación española existen “varios medios posibles” de entrada al país por la vía regular, algo negado por el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Regugiados (Acnur) y ONG especializadas, que denuncian los obstáculos a los que se enfrentan las personas subsaharianas para acceder a estas salas y la dificultad para llegar a España a través de vías legales y seguras.

Aunque estas prácticas comenzaron a realizarse de manera pública en el año 2014, gobiernos de distintos colores han ordenado la ejecución de devoluciones en caliente en las fronteras de las ciudades autónomas desde hace cerca de 20 años. En 2015, cuando el Gobierno de Mariano Rajoy regularizó la figura del “rechazo en frontera” en Ceuta y Melilla a través de una disposición adicional de la Ley de Seguridad Ciudadana, Pedro Sánchez se posicionó en la primera línea de batalla contra la norma. El PSOE, junto con otros grupos parlamentarios, presentó el recurso de inconstitucionalidad que hoy ha resuelto el Alto Tribunal. Sin embargo, a su llegada a La Moncloa, su gobierno ha defendido estas expulsiones, que nunca han dejado de llevarse a cabo.

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