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El presidente de Melilla pide “subir la valla” si no se puede devolver ilegalmente a quienes la saltan

Imagen de archivo: Varios agentes de la Guardia Civil en el momento de la ejecución de una devolución en caliente el 15 de octubre de 2014 en la valla de Melilla / Foto: Robert Bonet

Desalambre

El presidente de Melilla, Juan José Imbroda (PP), ha afirmado este miércoles que, si la sentencia del Tribunal de Estrasburgo se convierte en “dogma” y no se pueden realizar “rechazos en frontera” -como el Gobierno denomina a las devoluciones en caliente- de las personas que saltan la alambrada de Melilla, será necerario “subir la valla” más metros, según ha recogido el periódico local El Faro de Melilla. La Corte concluyó que estas prácticas, realizadas de forma sistemática en las ciudades autónomas, son ilegales.

Tras la condena a España del Tribunal Europeo de Derechos Humanos por ejecutar devoluciones inmediatas en su frontera de Melilla, Imbroda ha afirmado que la sentencia puede crear un posible “efecto llamada” que, dice, podría “animar” a saltar la alambrada a quienes se encuentran al otro lado de la alambrada.

Asimismo, Imbroda ha especulado acerca de los “posibles efectos” de aplicar la legalidad. Según ha insistido, la actividad de “las mafias” en la zona norte de Marruecos puede aumentar tras conocerse el fallo de Estrasburgo, informa el medio local. En contraposición, las ONG especializadas en migración aseguran que la falta de vías legales y seguras para acceder a Europa provoca que quienes intentan llegar a suelo europeo acaben en manos de traficantes de personas.

El presidente de la ciudad autónoma siempre ha defendido la ejecución de las expulsiones ilegales en la frontera de Melilla, por lo que ha expresado su deseo al Gobierno de recurrir el fallo del Tribunal Europeo.

Desde hace cerca de 15 años, los diferentes gobiernos han efectuado expulsiones inmediatas de migrantes sin las garantías establecidas por los acuerdos internacionales en materia de derechos humanos, pero esta es la primera sentencia del TEDH que condena a España por practicarlas.

En 2015, a través de una disposición adicional de la Ley de Seguridad Ciudadana incluyó una reforma de la Ley de Extranjería que incluía en la normativa española el “rechazo en frontera”. En la práctica, la aplicación de esa nueva figura jurídica, suponía la ejecución de las mismas devoluciones inmediatas y sin garantías que se venían practicando.

El fallo ha aumentado la presión sobre el Gobierno para suprimir la disposición incluida en la Ley de Seguridad Ciudadana, creada por el Ejecutivo para amparar las expulsiones inmediatas en Ceuta y Melilla.

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