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La Comunidad retrasa el Impuesto de Sucesiones y suspende el alquiler de las viviendas sociales a 15.000 familias

El presidente de la Junta de Extremadura, Guillermo Fernández Vara, en la reunión telemática del Consejo de Gobierno

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El Consejo de Gobierno ha aprobado este miércoles dos Decretos Ley con medidas urgentes y extraordinarias en el ámbito administrativo para responder al impacto de la crisis ocasionada por el Covid-19.

Entre las medidas se incluye el retraso del impuesto de sucesiones en tres meses y la suspensión del alquiler de las viviendas sociales para 15.000 familias durante el estado de alarma.

Aplazamiento de las deudas

El Ejecutivo extremeño, en su reunión telemática, ha aprobado un Decreto-ley en materia tributaria para favorecer la liquidez de familias, pymes y autónomos.

Se prorrogan plazos de pago y se eleva la cuantía mínima para la exención de garantía en aplazamientos y fraccionamientos de deudas, al mismo tiempo que se evitan los desplazamientos de los contribuyentes a las dependencias públicas de la Administración Tributaria extremeña.

Entre otras medidas contempla ampliar tres meses el plazo de presentación y pago de los Impuestos sobre Sucesiones y Donaciones y sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos, siempre que el plazo de presentación y pago se produzca entre la declaración del estado de alarma y el 30 de mayo.

Además se prorrogan los plazos de presentación de autoliquidaciones, declaraciones e ingresos de deudas de derecho público, y se bonifica, entre el 1 de abril y el 30 de junio, la tasa fiscal sobre los juegos de suerte relativa a máquinas recreativas y de azar, dado que los establecimientos de juego deben permanecer cerrados durante la vigencia del estado de alarma.

También se establece la exención de garantías, desde la entrada en vigor del decreto-ley hasta el 30 de junio, en aplazamientos y fraccionamientos de pago por deudas por tributos propios y deudas de derecho público siempre que éstas deriven de tributos y derecho público de titularidad de la comunidad autónoma y cuando su importe en conjunto no exceda de 50.000 euros.

Más medidas

El segundo Decreto-Ley, de medidas urgentes y extraordinarias en el ámbito administrativo, avanza en decisiones ya adoptadas en ámbitos de Sanidad, Educación o Comercio y producirá, de manera automática, efectos sobre la actuación administrativa. Uno de los objetivos es lograr una actuación “mucho más rápida y ágil que permita dar una respuesta más eficiente a las necesidades actuales de los ciudadanos”.

En materia económica y presupuestaria se agiliza la disponibilidad de los créditos al eliminar la necesidad de autorización por el Consejo de Gobierno para atender cualquier gasto derivado de la situación de emergencia sanitaria.

En materia de subvenciones, se habilita a los departamentos para efectuar las modificaciones precisas en el cumplimiento y acreditación de los requisitos, incluida la posibilidad de suspender o prorrogar los plazos, cuya ejecución, a consecuencia de la emergencia sanitaria y el estado de alarma, resulte imposible o no pueda llevarse a cabo en sus propios términos.

Y se podrán efectuar, mediante concesión directa sin convocatoria pública, aquellas subvenciones dirigidas a actuaciones relacionadas con la lucha y prevención frente al Covid-19, cuando las beneficiarias sean entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro.

En el ámbito del transporte escolar, se ponen a disposición de las autoridades sanitaria y de movilidad los recursos ya contratados para el servicio de transporte a centros docentes de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

A tal fin se amplían las prestaciones de tales contratos administrativos en cuanto al traslado de personal integrante de colectivos laborales en aquellos supuestos que sean estrictamente necesarios para garantizar la prestación laboral en las condiciones sanitarias dispuestas.

Viviendas sociales

Además se exime temporalmente del pago de la renta a los adjudicatarios de viviendas protegidas de promoción pública en régimen de arrendamiento o arrendamiento con opción de compra, en el periodo comprendido entre el 1 de marzo y la fecha de finalización del estado de alarma, con el objetivo de proteger a los sectores más desfavorecidos de la sociedad extremeña.

Por otro lado se establece que los contratos públicos que atiendan las necesidades derivadas de la protección de los derechos básicos de las personas se podrán realizar a través de la tramitación de emergencia, informa la Agencia Efe.

Asimismo el Consejo de Gobierno ha adoptado un acuerdo por el que se establecen las pautas de actuación de los órganos de contratación sobre la suspensión de términos e interrupción de plazos en la tramitación de la contratación pública de la Junta.

Como regla general se establece la suspensión automática de todos los contratos en trámite desde la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020. Ello implica, han explicado fuentes del Gobierno regional, que todos contratos en tramitación quedan en suspenso, cualquiera que sea la fase en la que estuvieran en el momento de entrada en vigor de esta norma, de forma automática y desde la entrada en vigor de la misma.

Los procedimientos suspendidos y el cómputo de los plazos se reanudarán en el momento en que pierda vigencia el Real Decreto. En otro orden de iniciativas, el Consejo de Gobierno ha tenido conocimiento de la resolución de la Consejería de Hacienda por la que se adoptan medidas complementarias para garantizar la prestación de los servicios públicos esenciales.

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