Viento del Norte es el contenedor de opinión de elDiario.es/Euskadi. En este espacio caben las opiniones y noticias de todos los ángulos y prismas de una sociedad compleja e interesante. Opinión, bien diferenciada de la información, para conocer las claves de un presente que está en continuo cambio.
Escuela pública para aprender en libertad
El día 3 de febrero empezó el periodo de matriculación escolar en Euskadi. Ahora es la época en la que los padres y madres eligen dónde matricular a la criatura. En esta decisión suelen pesar varios aspectos, como la costumbre, la cercanía del centro, la pertenencia a determinada comunidad, el enfoque pedagógico, las recomendaciones de terceros, etc. En la posibilidad de tomar esa decisión radica, en parte, la libertad de enseñanza, derecho recogido en el artículo 27.1 de la Constitución española. Pero en realidad, la frontera entre esa supuesta libertad y el privilegio de cuna es muy difusa, especialmente en Euskadi, donde esa libertad no aplica para las familias con bajos recursos, ya que la mitad de los centros son privados y cobran cuotas ilegales.
La libertad de enseñanza es un principio recogido en la mayoría de los países del mundo, lo que no es habitual es que esa libertad de enseñanza la tenga que financiar la administración pública a través de conciertos educativos. Para que nos hagamos una idea: la media de educación pública en la OCDE es del 85%; en Euskadi, en cambio, apenas roza el 50%. ¿Esto implica que en los países del resto de la UE hay menos “libertad de enseñanza”? En absoluto. Esto ocurre porque en Euskadi tenemos un sistema de 'concertación universal'. Es decir, apenas existen requisitos ni límites para que un centro privado se acoja a un concierto y tenga financiación pública. El Gobierno Vasco no exige que la oferta de plazas en los centros privados se ajuste a las necesidades de escolarización (lo que provoca sobreoferta), ni que su composición sea reflejo de la realidad social del entorno (segregación), ni que dejen de cobrar cuotas de forma ilegal (exclusión de alumnado por razones económicas).
Dicho esto, más allá de que esa libertad de enseñanza esté absolutamente condicionada por factores socioeconómicos, y que el excesivo peso de la escuela privada-concertada funcione, efectivamente, como un elemento discriminador del alumnado vulnerable, esa libertad de enseñanza tiene otras implicaciones que merecen una reflexión.
En primer lugar, la libertad de enseñanza para elegir centro es una libertad que se ejerce con carácter previo. Me explico: la libertad de elección concluye en el momento en que los padres escogen un centro determinado porque quieren una formación religiosa o ideológica específica para sus hijos, porque se sobreentiende que los padres han escogido voluntariamente la adhesión a la doctrina de ese centro. Sin embargo, en el caso de la escuela pública, ese derecho también se ejerce de manera posterior a su matriculación, porque solo los centros públicos están obligados a asegurar el pluralismo en su seno, sin estar sujetos a religión o ideología alguna.
Dicho de otro modo, mientras la escuela privada-concertada debe ser garante de la extensión de los valores y creencias de la familia al centro escolar, educando según determinadas convicciones ideológicas; la escuela pública garantiza el acceso del alumnado a una enorme pluralidad que, en última instancia, proporciona una perspectiva más objetiva de la realidad fruto de esa misma pluralidad. Y es que es en el medio escolar público donde el alumnado se relaciona con personas de otras culturas, tradiciones, entornos sociales y, por otra parte, encuentra una mayor diversidad ideológica en el conjunto del profesorado.
La diversidad ideológica del profesorado es una consecuencia de la aplicación efectiva de la libertad de cátedra (estrechamente ligada a la libertad de enseñanza). Este es un derecho que tienen los docentes para expresar sus ideas sin injerencias externas, y a pesar de que ninguna centro privado-concertado puede obligar a un profesor a adherirse a su ideario, pecaríamos de ingenuidad si creyéramos que en dichos centros este no va a tener límites al abordar ciertos temas, como el aborto, el matrimonio homosexual o la cuestión nacional con total libertad. Y esta es una condición necesaria para generar pensamiento crítico y un debate libre en el medio escolar.
Al final, el proceso público de selección del profesorado, objetivo, neutral, transparente, en igualdad de condiciones, sin filtros ideológicos y atendiendo exclusivamente a sus capacidades, garantiza la pluralidad y diversidad del cuerpo docente y constituye un reflejo más fiel de la sociedad en la que se vive. En contraposición, una escuela privada-concertada no deja de ser una empresa y, en ese sentido, es el dueño de la empresa quien puede imponer una orientación ideológica y pedagógica al profesorado.
El sentido de la educación no es generar una burbuja para el alumnado tanto mejor cuanto más se parezca su casa, sino la formación de ciudadanas y ciudadanos libres, con una perspectiva amplia del mundo, con pensamiento crítico. Para garantizar la pluralidad, y por lo tanto, el derecho a acceder al conocimiento al margen de todos los condicionantes culturales, religiosos, familiares o de clase social, es decir, para aprender en libertad, está la escuela pública.
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