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El Superior vasco asegura que no puede prohibir el acto de Arrasate-Mondragón por los derechos del preso de ETA Parot

Luis Garrido, magistrado del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco

elDiario.es Euskadi

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El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha dictado un auto en el que aclara que manifestaciones como la convocada este sábado en Arrasate-Mondragón en favor del preso de ETA Henri Parot no están sujetas al régimen de autorización sino al de comunicación, por lo que no cabe recurso ni suspender “un acto inexistente”, tal y como habían solicitado la asociación Justicia Guardia Civil (Jucil) y el sindicato de la Policía Nacional Justicia Policial (Jupol).

Jucil y Jupol interpusieron, el pasado día 8, un recurso contencioso-administrativo contra “el acuerdo del Gobierno vasco por el que se procedía a la autorización” de la 'Marcha solidaria' por Henri Parot, convocada para este sábado en la localidad guipuzcoana, promovida por la plataforma Sare y el colectivo Elkartasun Eguna. Ambas organizaciones solicitaban la suspensión cautelar “de urgencia” de la autorización de la manifestación, informa Europa Press.

En un auto fechado el pasado 9 de septiembre, la sala de lo contencioso-administrativo, presidida por el conocido juez Luis Garrido, declara inadmisible la “suspensión cautelar de urgencia” presentadas por ambas asociaciones. El tribunal aclara que los recurrentes piden la suspensión cautelar de “urgencia” por un acto de autorización de la manifestación, y “no se acredita que el ejercicio de ese derecho fundamental no está sujeto a ese régimen (de autorización) sino al de comunicación previa, según recoge la Ley orgánica 9/1984 de 15 de julio”.

Por ello, la sala asegura que “no puede apreciarse la concurrencia de razones de especial urgencia o, adicionalmente, los requisitos del artículo 130 de la Ley Jurisdiccional, para la suspensión de un acto inexistente”. “O lo que es lo mismo, no concurre el presupuesto 'sine qua non' de tal medida”, incide. Por ello, la sala acuerda declarar la inadmisibilidad de la solicitud de suspensión cautelar de urgencia presentada por Jucil y Jupol. La resolución judicial podrá impugnarse mediante recurso de resposición en la misma sala en el plazo de cinco días desde el siguiente a su notificación.

Otras entidades han solicitado a la Delegación del Gobierno, liderada por Denis Itxaso, que actúe para impedir el acto por los derechos de Parot. Este organismo ha derivado a la Fiscalía las peticiones. Entretanto, la convocatoria ha suscitado actos de desagravio a las víctimas del terrorista, que acumula 39 asesinatos. La propia Delegación y el Memorial han convocado un acto en Vitoria y hay previstas también citas promovidas por PP, Vox o asociaciones de víctimas.

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