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Hacienda va a dar seis meses de plazo a los trabajadores con ERTE para pagar el IRPF

El Defensor del Pueblo pide simplificar el programa para declarar el IRPF

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La Agencia Tributaria va a permitir dividir en seis plazos el pago de la liquidación del IPRF a aquellos contribuyentes que estuvieron en un Expediente Temporal de Regulación de Empleo (ERTE) durante el año pasado, y cuya declaración salga a pagar.  

Fuentes de Hacienda señalan que “en breve” se aprobará una orden ministerial para recoger esta modificación en las declaraciones a ingresar de los contribuyentes sujetos a ERTE, que podrán abonar en esos seis meses (entre julio y diciembre) la liquidación sin intereses.  

Para las declaraciones a ingresar, habitualmente el pago se podía fraccionar en dos veces (el 60 % al presentar la autoliquidación y el 40 % restante en noviembre), pero la orden ampliará esos plazos para los sometidos a ERTE. 

La Agencia Tributaria recomienda además a los trabajadores afectados por un ERTE que hayan recibido cobros indebidos del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), que esperen a su reclamación antes de presentar la declaración de la renta. 

La Agencia Tributaria publicó la semana pasada en su página web un documento con información específica para los 3,5 millones de trabajadores afectados por un ERTE ante la campaña de la renta 2020, que arranca el 7 de abril.  

Cobrar más de la cuenta

La Agencia señala que las dificultades que puede encontrar el colectivo perceptor de prestaciones del SEPE (que se consideran rendimientos de trabajo sujetos a IRPF) proceden o bien del hecho de tener dos pagadores (su empresa y el SEPE) o bien por haber recibido dinero que no les correspondía. 

En los casos de trabajadores que hayan recibido un abono del SEPE superior al que le correspondía, tendrán que tener en cuenta esta circunstancia a la hora de elaborar su declaración de la renta, aunque la actuación será diferente en función de si se les ha reclamado o no la devolución de estas cantidades. 

Así, si el SEPE reclamó la devolución en 2020 y esta se ha efectuado, la Agencia Tributaria contará con la información correcta y el contribuyente podrá presentar su declaración normalmente. 

Sin embargo, si el SEPE no reclamó en 2020, la información que aparece en los datos fiscales de la Agencia Tributaria podría no ser correcta -porque no recoge devoluciones efectuadas en 2021 o porque la reclamación ni siquiera se ha iniciado-, por lo que si es así recomienda esperar a que se actualice. 

El SEPE y la Agencia Tributaria mantienen contactos para actualizar periódicamente la información de reintegros a lo largo de la campaña de la renta, que se extiende hasta el 30 de junio, de manera que los contribuyentes puedan contar con los datos correctos en su borrador.

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