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La Xunta anula el canon por proyectar películas en los colegios

Alumnado de un centro educativo, en una proyección de cine / Aula sur

En el pasado curso académico, los centros de enseñanza comenzaron a recibir una carta del director general en España de Motion Picture Licensing Company, en la que la empresa gestora de derechos de filmes y otros materiales audiovisuales les ofrecía “una licencia anual para poder utilizar los contenidos”, con un coste de 1.25 euros por estudiante, IVA no incluido. Era el precio que la empresa decía haber acordado con la Consejería de Educación, que previamente había enviado una circular (14/2014) en la que se les recordaba a los docentes la prohibición de proyectar filmes completos o cualquier otro material audiovisual en su totalidad, según lo previsto en la Ley de Propiedad Intelectual.

Educación advertía de que, en caso de que no se respetasen estos límites, las gestoras de derechos podrían exigirles a los centros autorización previa e incluso podrían demandar compensaciones económicas. Si todos los centros hubieran pagado la cantidad acordada entre la Consejería y la Motion Picture Licensing Company, esta empresa privada hubiese recibido 325.000 euros anuales más IVA.

En el inicio de este nuevo curso, los centros de enseñanza comenzaron a recibir de nuevo estas cartas por parte de la empresa, en las que una vez más les ofrecía una licencia educativa para el uso en las aulas de materiales audiovisuales, recordando la obligatoriedad de cumplir con lo dispuesto en la Ley de Propiedad Intelectual. Esta vez, las licencias no tenían un precio fijo por alumno y alumna, sino que se cobraban por centro, en función de su tamaño.

El sindicato CIG reaccionó, le exigió a la Xunta que “prohibiera con carácter de urgencia el cobro y el negocio de empresas privadas en los centros educativos”, así como “el control que estas empresas pretenden realizar sobre la utilización de materiales audiovisuales” y que garantizara “la total gratuidad de la utilización de estos recursos”. Además, llevó el tema a la Mesa Sectorial y al Parlamento, recogió cerca de 4.000 firmas de los centros y se movilizó. Ante la falta de respuesta, el sindicato presentó una queja ante la Valedora do Pobo, que fue admitida. Ahora, la alta comisionada responde incorporando también las respuestas que la Consejería de Educación le dio ante sus requerimientos y de las que se deduce que la polémica circular queda sin efecto.

Así, la Consejería aclara que con la circular “no se impone ningún deber más allá de las establecidas por rango de ley” y que la empresa MPLC “no ha firmado ningún tipo de contrato ni pactó su contenido con Educación en este aspecto”. Así, aclara que la Xunta no tiene habilitación legal para impedirle a una empresa privada que se comunique con los centros, pero transmite también “su total desacuerdo” con la petición en la que indica que se debe comunicar también si se emplean materiales audiovisuales o no.

La Consejería, según le aclara a la Valedora, deja “constancia” de que “el profesorado continúa pudiendo hacer un uso gratuito de los medios audiovisuales” exactamente en iguales condiciones que antes de que Educación emitiera dicha circular, es decir, “dentro del respeto al marco legal vigente, que a juicio de la Consejería es perfectamente compatible con una enseñanza pública de calidad en todos los centros”.

La Valedora entiende que “no hubo por parte de la administración ninguna actuación irregular o lesiva de los derechos de los miembros de la comunidad educativa a utilizar los medios audiovisuales dentro del marco normativo vigente, con las mismas condiciones que hasta la fecha”. Al mismo tiempo, CIG entiende que de esta resolución se desprende que la circular 14/2014 “está sin efecto y que no hay más limitaciones del uso de los audiovisuales que lo establecido en el Real Decreto legislativo 1/996 del 12 de abril”.

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