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La Justicia argentina anula todo el capítulo laboral del megadecreto de Milei

El presidente de Argentina, Javier Milei, en una fotografía de archivo.

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La Justicia argentina ha admitido este martes el amparo presentado por la central sindical CGT contra el megadecreto promulgado por el Gobierno del ultraderechista Javier Milei en diciembre para avanzar en una amplia desregulación de la economía. La Cámara Nacional del Trabajo anula así todo el capítulo laboral del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023, de acuerdo al fallo difundido por varios medios locales y agencias de noticias.

El tribunal de apelaciones ha resuelto “modificar la sentencia apelada, haciendo lugar a la acción de amparo iniciada por la Confederación General del Trabajo (CGT) contra el Estado Nacional” y “declarar la invalidez constitucional del Título IV” del DNU de Milei, informa la agencia estatal Télam.

El fallo lleva la firma de los jueces que integran la sala de feria de la Cámara del Trabajo: Manuel Diez Selva, Héctor Guisado y Mario Fera. Los magistrados reconocen a la CGT la “legitimación activa” para cuestionar todos los artículos de la reforma laboral incluida en el DNU y no sólo aquellos que hacían referencia a derechos colectivos, como había ocurrido en primera instancia. Los jueces sostienen que aquello que el Gobierno buscó hacer a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia, al menos en términos de reforma de las leyes laborales, debió haberse realizado por la vía legislativa.

“No se registraba impedimento para la reunión de las cámaras del Congreso, e incluso el 27 de diciembre de 2023, es decir, con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia del DNU 70/2023, el órgano legislativo se encontraba convocado, en funciones, y con facultades para examinar el contenido de las reformas propiciadas en dicho DNU”, afirman los jueces.

“El principio que organiza el funcionamiento del estatuto del Poder del Estado es, precisamente, la división de funciones y el control recíproco, esquema que no ha sido modificado por la reforma constitucional de 1994. Así, el Congreso Nacional tiene la función legislativa, el Poder Ejecutivo dispone del reglamento, y el Poder Judicial dicta sentencias, con la eminente atribución de ejercer el control de constitucionalidad de las normas jurídicas”, remarcan los magistrados.

Cuando el amparo de la CGT se trató en primera instancia, la jueza que intervino había declarado la nulidad de seis artículos del capítulo laboral pero había dejado vigentes los demás a la espera de que se algún trabajador eventualmente afectado por su aplicación pudiera presentarse ante la Justicia, explica Télam. La agencia adelantó hace unos días que el tema había pasado a estudio del tribunal de apelaciones del fuero del trabajo a raíz de las presentaciones de la CGT y el Gobierno: los representantes gremiales buscaban la nulidad del capítulo completo, pero el Ejecutivo pretendía revertir el fallo de primera instancia y que todo quedara vigente.

A principios de enero, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo de Argentina suspendió temporalmente la aplicación de la reforma laboral hasta que hubiera una sentencia definitiva sobre el Título IV del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), dejando así sin efecto los cambios en materia laboral que habían entrado en vigor pocos días antes

El presidente Milei anunció el 20 de diciembre, cuando firmó el DNU, un paquete de más de 300 medidas “para comenzar a destrabar este andamiaje jurídico institucional opresor que ha destruido nuestro país”, en sus propias palabras. “El DNU que estamos presentando hoy tiene por fin comenzar el proceso de desregulación económica que la Argentina tanto necesita para poder comenzar a crecer”, dijo Milei en un discurso a la nación. 

Ese megadecreto incluía la reforma laboral que establecía, entre otras medidas, cambios en los juicios laborales, la extensión de los periodos de prueba en las empresas y la reducción de las licencias por embarazo. También contemplaba una reducción de las aportaciones y contribuciones jubilatorias, de las indemnizaciones y de las multas por registro deficiente de los trabajadores.

La decisión judicial de este martes es un nuevo revés para el mandatario argentino en vísperas de que se debata en el Congreso la ley Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos, conocida como 'ley ómnibus', proyecto estrella de Milei, que ha quedado reducida a algo más de 300 artículos de los 664 iniciales tras las conversaciones con bloques políticos en búsqueda de apoyos.

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