Ceuta y Melilla niegan empadronar inmigrantes para evitar la inscripción de marroquíes
Las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla nunca han empadronado a inmigrantes irregulares para evitar la inscripción masiva de marroquíes, cuyo país reivindica ambas ciudades, dado que sendas localidades españolas lindan con Marruecos y sus fronteras son atravesadas a diario por miles de magrebíes para trabajar o hacer turismo, sin necesidad de contar con visado.
Aunque el Gobierno sostiene que dejar de empadronar a los residentes de un municipio en situación irregular es “ilegal”, conforme hizo saber al Ayuntamiento de Vic (Barcelona) cuando intentó restringir el censo municipal, Melilla sigue manteniendo que no puede empadronar a los irregulares porque su población pasaría en poco tiempo de 70.000 habitantes a más de un millón.
El vicepresidente primero de la Ciudad autónoma y consejero de Administraciones Públicas, Miguel Marín (PP), responde, siempre que se le pregunta por este asunto, que si tienen que aceptar la inscripción de inmigrantes ilegales en Melilla “tendría que empadronar al millón de personas que viven en la provincia marroquí de Nador”, la más cercana a la autonomía española. Similar argumento esgrime el Ejecutivo ceutí que preside Juan Vivas (PP) apelando a lo excepcional de la situación geopolítica de la ciudad.
El Gobierno de Melilla sostiene que los marroquíes que acceden tanto a su ciudad como a Ceuta, no necesitan de visado en el pasaporte concedido por un Consulado de España tras examinar su documentación, ya que con mostrar su pasaporte, pueden acceder a las dos localidades españolas del Norte de África cuantas veces deseen.
“Si hiciéramos lo mismo que se debe hacer a nivel nacional, tendríamos que empadronar al millón de personas que viven en Nador”, recalcó Marín. El vicepresidente primero de Melilla resaltó así que no se debe extrapolar lo que pueda ocurrir a nivel peninsular con lo que se da en las ciudades autónomas.
El Gobierno de Ceuta sigue aplicando una Resolución de su Consejería de Presidencia de 2005 que establece que “no proceder al empadronamiento por carecer de la preceptiva tarjeta de residencia”, por lo que el Registro municipal venía denegando sistemáticamente la admisión a trámite de cualquier solicitud de foráneos sin dicho documento. Decenas de afectados por este criterio han llevado el asunto ante la Justicia. En algunos casos se les ha dado la razón y se ha instado al Ejecutivo ceutí a tramitar hasta el final las solicitudes de alta en el padrón “partiendo de que no es necesario estar en posesión de tarjeta de residencia para la inscripción en el mismo”.
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que en ocasiones ha estimado los recursos de la Ciudad contra resoluciones de ese tenor considerando que “la exigencia del número de la tarjeta de residencia en vigor, expedida por las autoridades españolas, resulta insoslayable”, fijó su posición sobre esta cuestión en 2008.
Así, el tribunal decretó que “resulta incuestionable que la Ley 7/1985 es de una claridad meridiana: a los nacionales de Estados de la UE (y a otros cuyos ciudadanos con regímenes jurídicos tengan este mismo régimen jurídico) se les exigirá el número de la tarjeta de residencia en vigor o, en su defecto, número del documento acreditativo de la identidad o pasaporte en vigor expedido en su país de procedencia”, pero para los ciudadanos de un Estado no comprendido en la relación anterior [como Marruecos] no se dispone nada al respecto sobre tarjeta de residencia“.
Tras la polémica generada por el Ayuntamiento de Vic y el cambio de responsable político del Registro municipal ceutí, que ahora es el consejero de Hacienda, Francisco Márquez, los funcionarios han comenzado a admitir a trámite las solicitudes de extranjeros sin permiso de residencia sin que ello comprometa una resolución favorable a sus peticiones de empadronamiento.
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