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La comisión de investigación del Congreso no podrá acusar al PP de financiación irregular

José María Aznar, durante su comparecencia en la comisión de investigación parlamentaria sobre la financiación del PP

Gonzalo Cortizo

La nueva doctrina del Tribunal Constitucional (TC) va a suponer un antes y un después en el funcionamiento de las comisiones de investigación en Congreso, Senado y cámaras autonómicas. Este tipo de indagaciones, impulsadas por los parlamentos, se han convertido en el último año en el escenario principal de la batalla política y sobre ellas se cierne ahora la primera advertencia sobre dónde se ubica el límite de sus funciones. 

El Constitucional acaba de dictar una sentencia para recordar que las declaraciones de responsabilidad sobre hechos ilícitos corresponden a los tribunales y no a los parlamentos. Es la primera vez que se pone coto de manera expresa al trabajo de las comisiones de investigación. La sentencia coincide con el debate abierto en el Congreso sobre la posibilidad de borrar en los diarios de sesiones acusaciones graves como “corrupto”, “golpista” o “fascista”.

La decisión del TC, adoptada en Pleno, responde al recurso presentado por el exdirector de recursos humanos de la empresa pública Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana (FGV). Este directivo fue señalado como “responsable” del accidente de metro que en julio de 2006 ocasionó la muerte de 43 personas. Así lo indicó en su dictamen de conclusiones la comisión que el parlamento valenciano celebró para esclarecer las causas de la tragedia y sus posibles “responsabilidades políticas”. El exdirectivo de FGV recurrió en amparo. Sus argumentos convencieron a los magistrados del TC y el dictamen parlamentario ha sido anulado.

El tribunal decidió adoptar su decisión en Pleno, otorgándole al contenido de la misma el máximo carácter para servir como base de jurisprudencia de cara al futuro. Tal y como reza la sentencia, “las conclusiones que las cámaras puedan alcanzar en el ejercicio de sus facultades investigadoras deben estar exentas de cualquier apreciación o imputación individualizada de conductas o acciones ilícitas a los sujetos investigados”. 

Atendiendo a este criterio, el Congreso no podrá concluir que el PP se financió irregularmente, ni el Senado podrá decir que Pedro Sánchez plagió su tesis doctoral, aunque se estén en marcha sendas comisiones que pretenden aclarar esos supuestos. Afirmar lo anterior por escrito en un dictamen supondría la imputación de delitos y podría vulnerar el derecho al honor de los sujetos investigados, tal y como se ha estimado que sucedía en el caso de las responsabilidades atribuidas por el accidente del metro de Valencia. 

Pedro Quevedo, presidente de la comisión de investigación sobre la presunta financiación irregular del PP, asegura que los trabajos que preside solo deben conducir a conclusiones “estrictamente políticas”. “Lo relevante del dictamen serán las medidas que se sugieran para combatir y prevenir la corrupción”, afirma en conversación con eldiario.es. 

El debate que el Constitucional introduce en el mundo parlamentario coincide con la petición que la presidenta del Congreso, Ana Pastor, se encontrará sobre su mesa a la vuelta de la vuelta de las vacaciones de navidad: retirar de las actas de sesiones las palabras “corrupto” o “corrupción”, atribuidas como definición del Partido Popular y sus cargos en numerosos debates parlamentarios. La petición del principal partido de la oposición se produce después de que la propia Pastor anunciase el pasado 21 de diciembre que retiraría los términos “golpista” y “fascista”, que se cruzan algunos diputados durante los debates parlamentarios.  

El uso de ese tipo de calificativos ha sido moneda de cambio habitual durante las tensas sesiones que han marcado, por ejemplo, el desarrollo de la comisión que investiga en el Congreso la supuesta financiación irregular del Partido Popular. El pasado 18 de septiembre el expresidente José María Aznar tuvo un particular enfrentamiento dialéctico con el diputado de ERC, Gabriel Rufián. Durante esa sesión, Aznar acusó a Rufián de ser “el representante de un partido golpista que quiere destruir el orden constitucional”. Rufián contestó responsabilizando al expresidente de haber estado al frente de una trama corrupta, en referencia al Partido Popular: “Usted es el padrino de ese cártel”, aseguró el diputado de ERC.

Ese día de septiembre no fue la primera vez que Aznar asistía como compareciente a una comisión de investigación en el Congreso. En noviembre de 2004, tras haber abandonado el Gobierno, el histórico dirigente del PP fue llamado a declarar en la comisión que intentaba aclarar las responsabilidades políticas de la gestión de los atentados del 11M. Fue una comparecencia tensa que se prolongó por espacio de más de 10 horas y que dejaría para las hemerotecas la frase con la que Aznar mostraba su resistencia a abandonar la teoría de que ETA estaba vinculada con el atentado: “Los que idearon el 11M no están ni en desiertos remotos ni en montañas lejanas”.

Al finalizar los trabajos de aquella comisión, el dictamen incluyó un voto particular del PNV en el que se pedía una regulación para que en el futuro ese tipo de comisiones no se convirtiese en una lucha ventajista entre las diferentes formaciones políticas. 

El texto incluido por los nacionalistas vascos en ese dictamen dice así: “En relación al funcionamiento de las comisiones de investigación deben pactarse normas de funcionamiento congruentes con los mandatos parlamentarios para que no se conviertan en instrumento de defensa de intereses partidarios: de estrategias ajenas al objeto de la investigación requerida”. Han pasado casi quince años desde aquella recomendación. 

Del Congreso a la Fiscalía

La Constitución asegura, en su artículo 76, que “el Congreso y el Senado podrán nombrar comisiones de investigación sobre cualquier asunto de interés público” pero aclara que “sus conclusiones no serán vinculantes para los tribunales ni afectarán a la resoluciones judiciales”. En otras palabras, si se sustancia información sobre la comisión de un hecho ilícito, el parlamento en cuestión  podrá “comunicarlo al ministerio fiscal para el ejercicio de las acciones oportunas”. 

El portavoz de Jueces para la Democracia, Ignacio González, se muestra crítico con el valor que han demostrado las comisiones de investigación de los parlamentos a la hora de impulsar acciones judiciales: “Las últimas comisiones han ido siempre a rebufo de los tribunales”. Según asegura González, este tipo de órganos parlamentarios “se han convertido en un instrumento político para desacreditar al contrario”.  

Son contados los casos en los que los hallazgos de una comisión de investigación acaba en manos de los tribunales. El escándalo en torno al proyecto de creación de una Ciudad de la Justicia para Madrid es uno de esos ejemplos. 

Las primeras investigaciones fueron impulsadas a título particular por la oposición, con la diputada socialista Mercedes Gallizo al frente. Ya en 2016, con los primeros datos recabados, Gallizo presentó una denuncia ante la Fiscalía, sin obtener respuesta al otro lado. La diputada autonómica tuvo que esperar otros dos años hasta que la Asamblea de Madrid encontró nueva documentación en la comisión que investigaba el excesivo endeudamiento de la administración de Esperanza Aguirre. Fue entonces cuando la justicia reaccionó y la Audiencia Nacional decidió abrir su propia investigación

Más allá de los escasos ejemplos en los que los parlamentos han empujado a la justicia, el carácter esclarecedor de las comisiones de investigación está lejos de responder al mandato constitucional que regula su existencia: la búsqueda de responsabilidades políticas ante asuntos de interés público. Ningún texto legal aclara qué es el “interés público” ni en qué consisten las “responsabilidades políticas”.

Casi quince años después de aquella petición del PNV para apartar la lucha partidista del trabajo investigador, el Constitucional ha dado el primer aviso: “Ningún ciudadano puede encontrarse ante una comisión de investigación, fruto de una decisión de oportunidad política, en peor condición que si estuviera ante un juez sometido al imperio de la ley”. 

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