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El TC inadmite cuestión contra decreto de plurilingüismo en escuelas valencianas

El TC inadmite cuestión contra decreto de plurilingüismo en escuelas valencianas

EFE

Madrid —

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El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha decidido por unanimidad inadmitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad presentada contra el decreto ley del Gobierno de la Comunidad Valenciana de plurilingüismo en las escuelas.

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) planteó esta cuestión contra el decreto ley de 1 de septiembre de 2017 por el que se adoptaban medidas urgentes para la aplicación durante el curso 2017-2018 de los proyectos lingüisticos educativos de centro y contra la resolución del 8 de septiembre siguiente que convalidaba dicha norma legal.

En un auto del que ha sido ponente el magistrado Juan Antonio Xiol Ríos el TC señala que la cuestión de inconstitucionalidad debe inadmitirse por varios defectos procesales como que estando pendiente su admisión a trámite el TSJCV dictó sentencia en el procedimiento principal.

Añade que esta actuación no se ajusta a lo establecido en la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional que impone desde el momento en el que se plantea dicha cuestión la suspensión provisional de las actuaciones hasta que este órgano se pronuncie sobre su admisión.

El auto recuerda que “la cuestión de inconstitucionalidad no es un medio del que puedan servirse los órganos judiciales para pretender del Tribunal Constitucional la depuración abstracta del ordenamiento jurídico”.

Es “un instrumento procesal puesto a disposición de aquellos para conciliar su obligación de sometimiento a la ley y a la Constitución en los casos en los que alberguen dudas fundadas sobre la constitucionalidad de la norma o normas con rango de ley que debieran aplicar en el asunto sometido a enjuiciamiento”, concluye.

El TSJCV estimó que el decreto ley 3/2017, que fue recurrido por la Diputación de Alicante, vulnera la Constitución porque se dictó para evitar cumplir las resoluciones judiciales previas que ordenaban suspender el modelo lingüístico en la enseñanza no universitaria.

Consideró que mantiene el modelo lingüístico sobre el uso del valenciano en las enseñanzas no universitaria recogido en otro decreto que había sido suspendido meses antes.

Para el TSJCV el decreto ley 3/2017 vulneraba preceptos de la Constitución y de la Ley Orgánica de reforma del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana por arbitrariedad al no existir extraordinaria y urgente necesidad para el dictado de tal norma.

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