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La Justicia condena al Ayuntamiento de Almería por vulnerar los derechos de los vecinos al no controlar el ruido

Archivo - Fachada del Ayuntamiento de Almería.

Álvaro López

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El Ayuntamiento de Almería no vela por la tranquilidad y el descanso de un grupo de vecinos del casco histórico de la capital. Así lo asegura el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que ha condenado al consistorio almeriense, gobernado por el Partido Popular, por vulnerar los derechos fundamentales de varias familias al verse afectadas por los ruidos que provocan los bares de la zona. El Ayuntamiento está obligado, según la resolución, a restablecer la situación para velar por la tranquilidad de los afectados.

En concreto, según la sentencia a la que ha tenido acceso este medio, se han vulnerado los artículos 15, 18.1 y 18.2 de la Constitución Española que hacen referencia a que “todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes”, que “el domicilio es inviolable” y que “se garantiza el derecho al honor y la intimidad personal y familiar”. Derechos fundamentales que el Ayuntamiento de Almería, que ha recurrido la sentencia, tendrá que restituir.

Este es el resultado de años de reclamaciones por parte de unos vecinos que viven en la céntrica calle Gabriel Callejón y que, desde hace años, están denunciando su situación ante el Consistorio. En diciembre de 2022, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 2 de Almería falló en contra de los intereses de estos vecinos, que apelaron y ahora han ganado.

Según se recoge en el fallo del TSJA, “venían presentando escritos en el Ayuntamiento de Almería y realizando llamadas telefónicas a la Policía Local denunciando las molestias que vienen sufriendo por causa de inmisiones acústicas no tolerables procedentes de los establecimientos dedicados a actividades hosteleras existentes en la zona”.

Algo especialmente relevante, puesto que el entorno en el que viven estos vecinos, que han preferido mantenerse en el anonimato pese a que este medio ha intentado hablar con ellos, es una ubicación señalada como Zona Acústicamente Saturada (ZAS), precisamente por parte del Ayuntamiento.

“Tratos vejatorios”

“Las denuncias se formulan por causa del ruido generado por los usuarios de las actividades de hostelería y sus terrazas; bullicio constante; molestias asociadas a las actividades; ruido por recogida de basuras”, apuntan los jueces del TSJA en su sentencia. Pero no solo eso; según el escrito del tribunal, los establecimientos hosteleros no solo provocan ruidos, sino olores propios del funcionamiento de los bares e incluso “tratos vejatorios” por parte de los responsables de los establecimientos hacia los vecinos.

Como se apunta por parte del TSJA, las viviendas afectadas “se encuentran una zona acústicamente saturada, en concreto la zona ZAS 1, existiendo un plan de acción municipal que no se está cumpliendo, al existir más actividades que las que contempla el mismo”. Y ante la pasividad del Ayuntamiento de Almería para resolver el problema, decidieron elevar una denuncia que ahora les ha dado la razón.

Con todo ello, los magistrados son tajantes: “Declaramos que el referido Ayuntamiento ha vulnerado los derechos fundamentales de las recurrentes recogidos en los artículos 15, 18.1 y 18.2 de la Constitución Española, condenando al mismo a adoptar todas las medidas legales necesarias para garantizar la imposibilidad de la superación de los valores límites establecidos y de la transmisión de los ruidos de las actividades sitas en tales vías públicas y el cese definitivo de las inmisiones ruidosas en la vivienda afectada a fin de preservar los derechos fundamentales de las recurrentes”.

Según la sentencia, el Consistorio no ha llevado a cabo medidas correctoras amparándose en informes municipales y mediciones de ruido por parte de la Policía Local de Almería. De hecho, esta sentencia también es fruto de que el recurso de casación presentado avala que se ha producido silencio administrativo por parte del Ayuntamiento de Almería al no responder adecuadamente a los escritos presentados en 2015, 2016, 2019 y 2021.

Recursos

Desde el equipo de Gobierno afirman a este medio que la sentencia se ha recurrido y que los establecimientos hosteleros de la zona también están preparando su propio recurso. “El Ayuntamiento ha adoptado las medidas correctoras”, señalan, aunque también recuerdan que los afectados pedían el cierre de los bares que provocan las molestias, algo que no se va a producir, según las fuentes consistoriales consultadas.

El PSOE, principal partido de la oposición municipal, señala que el equipo de Gobierno ya aprobó un plan de acción sobre esta zona que apostaba por disponer de una “distancia mínima” entre los establecimientos, el cumplimiento de la normativa de ruido por parte de la maquinaria de limpieza o que se permitiese como máximo cuatro actividades hosteleras, habiendo seis en la actualidad. “Ha quedado probada la ineficacia del Ayuntamiento para impedir la producción de tales inmisiones de ruido”, apunta Raúl Enríquez, concejal socialista.

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