Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.

La Audiencia Nacional condena a ocho años de cárcel al cabecilla de Arbistar por estafar 200 millones en criptomonedas

Las estafas con criptomonedas se multiplican y dejan atrapados a miles de inversores.

Elena Herrera

17 de septiembre de 2025 10:43 h

4

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado con penas de ocho y seis años de cárcel a dos de los fundadores de la web Arbistar que estafaron, entre 2019 y 2020, un total de 200 millones de euros a 32.000 personas que invirtieron en criptomonedas a través de dicha plataforma. También deberán devolver a los afectados las inversiones realizadas en bitcoins con el valor que ese dinero digital tiene en el día de la sentencia, fechada el 16 de septiembre.

Los magistrados de la Sección Tercera imponen una pena de ocho años de cárcel al cabecilla Santiago Fuentes Jover por delitos continuados de estafa y falsedad en documentos privados y de seis años a su socio Diego Felipe Fernández Nojarova por el primero de los delitos. En cambio, absuelven a los otros cuatro acusados de los delitos de estafa, organización criminal y falsedad documental que les atribuían la Fiscalía y las acusaciones. Absuelve también a Jover y a Fernández Nojarova de organización criminal y a, este último, además, de estafa. La Fiscalía pedía 29 años y 9 meses de prisión para el cabecilla, al igual que el despacho Aránguez Abogados, que representa a 3.822 afectados. 

El fallo acuerda que los dos condenados, en concepto de responsabilidad civil, indemnicen a las personas que se incluyen en el listado aportado por la Fiscalía y que suman un total de 9.494 perjudicados. Igualmente se acuerda la clausura permanente de la página web de Arbistar, que fue la utilizada para la comisión del fraude.

Las pesquisas se iniciaron en septiembre de 2020 en un juzgado de Arona (Tenerife), donde los acusados tenían abierta la oficina desde la que grabaron algunos de sus vídeos de captación. Cinco meses después, ese juzgado se inhibió en favor de la Audiencia Nacional, que había abierto unas diligencias por los mismos hechos. La investigación acabó derivando en una macroinvestigación de 7.800 folios distribuidos en 24 tomos y siete piezas separadas: el ‘caso Arbistar’. 

Arbistar es el nombre de la plataforma que ofrecía sistemas automatizados para invertir en criptomonedas. Lograron captar a miles de inversores bajo la promesa de que habían confeccionado un robot que sacaba beneficio de las diferencias de precios entre los diferentes exchanges o plataformas de compraventa de criptomonedas. Esto es, que permitía localizar los exchanges en los que los bitcoins (un tipo de criptomoneda) se ofrecían a un precio más bajo para su venta instantánea a un precio más elevado. Los exchanges funcionan de forma similar a una casa de cambio tradicional, pero en lugar de euros o dólares, se intercambian criptomonedas como bitcoin, ethereum o litecoin. 

Tras instalar ese supuesto programa automatizado en su ordenador personal y enviar las criptomonedas al monedero electrónico de Arbistar, el cliente perdía el control sobre su capital y no podía retirarlo en los siguientes dos meses. En ese tiempo, el inversor solo debía esperar a recibir las ganancias, que inicialmente se cifraban en torno a un 8% y un 15% mensual y que se abonaban los sábados, con la opción de sumar la cantidad a la inversión inicial u optar por el reembolso.

La sentencia concluye, sin embargo, que ese robot carecía de operatividad, era un “mecanismo inversor ficticio” y “no podía tener ganancias del arbitraje de criptodivisas”, salvo por “operaciones manuales de los propios investigados, que dudosamente hubieran obtenido suficiente rentabilidad para pagar los rendimientos prometidos a las decenas de miles de usuarios”. Los jueces afirman también que los condenados establecieron unas condiciones para la inversión en ese robot “totalmente carentes de realidad” y que simularon “una contratación ficticia para dar apariencia formal de realidad” al sistema.

La consecuencia de ello fue que “perdieron totalmente su control” del dinero que entregaron a Arbistar “a consecuencia del error al que fueron inducidos por esas falsas promesas de alta rentabilidad”.

La Sala detalla cómo Arbistar se promocionó y captó inversores, en su mayoría minoristas, en presentaciones y eventos públicos celebrados en diferentes hoteles o salas de congresos, dentro del territorio nacional, todos ellos difundidos a través de YouTube. A través de estas labores de promoción, señala la Audiencia, consiguieron que numerosas personas contrataran con Arbistar entre el 8 de mayo de 2019 y el 12 de septiembre de 2020.

La Sala detalla el funcionamiento del sistema de inversión y explica que el acceso a los productos debía hacerse previa invitación proporcionada por un cliente de Arbicorp o la propia página web de Arbistar. Una vez recibía la invitación, el cliente debía optar por el producto correspondiente, realizando la aportación en bitcoins, momento a partir del cual solo tenía constancia de la aportación a través de la plataforma correspondiente al producto contratado, donde podía verificar su saldo y, en su caso, las ganancias acumuladas mediante la introducción de su nombre de usuario y contraseña. Así, se podía comprobar las aportaciones a la plataforma, los retiros y los compoundings (reinversión automática de los rendimientos generados) realizados, las licencias de los bots que habían adquirido y sus datos personales. 

Etiquetas
stats