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El largo camino de contradicciones en el Constitucional: así se fraguó la censura a Pedro Sánchez que pedía Vox

Reunión del Tribunal Constitucional. En primer plano, Juan José González Rivas y Encarnación Roca.

Gonzalo Cortizo

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Las elecciones de noviembre de 2019 marcaron el inicio de una deriva que ahora acaba de explotar en el Tribunal Constitucional. Aquel día Vox obtuvo 52 diputados. Los primeros teletipos destacaron durante las últimas horas de aquel recuento el espectacular ascenso que la formación de extrema derecha había conseguido en las urnas, doblando su resultado anterior y situándose como tercera fuerza en el Parlamento. Pero Vox aquel día logró algo más: su botín electoral otorgaba a Abascal un pasaporte directo para acudir al Constitucional siempre y cuando considerase y sin necesidad de tener que convencer a otras formaciones para presentar recursos contra la acción del Gobierno. La Constitución (artículo 162.1) fija en un mínimo de 50 los diputados que deben firmar un recurso de inconstitucionalidad que obligue a un debate en el principal órgano de garantías. A Vox le sobraban dos. Desde entonces, en el buzón del Constitucional han llegado un total de nueve recursos de inconstitucionalidad presentados por la formación de extrema derecha.

La primera vez que Vox decidió ejercer su nuevo derecho fue el 26 de marzo de 2020. Ese día lo hizo para discutir la constitucionalidad de la incorporación de Pablo Iglesias a la comisión que en Moncloa toma conocimiento de las investigaciones que emprende el Centro Nacional de Inteligencia (CNI). Su propuesta fue estimada pero el caso no pasó a mayores porque Iglesias salió del Gobierno y la batalla quedó diluida. Un mes más tarde llegaría otro recurso: el que acaban de ganar contra el confinamiento. A partir de ahí la cantidad de veces que Vox pulsó el botón rojo del Constitucional se acerca a la decena. Sus tesis cada vez tienen más adeptos entre los magistrados que le han dado a Abascal una nueva cámara en donde conseguir los éxitos que el Parlamento les niega. Su evidente peso electoral no es suficiente.

La decisión comunicada este miércoles supone la primera gran victoria de la extrema derecha en el Constitucional. Pero es solo un primer éxito sobre materias que Vox ha puesto en la mesa de un órgano en el que el magistrado Pedro González Trevijano ha conseguido establecer una mayoría pírrica para tumbar todo lo que llegue de los parlamentos. En el cajón de los asuntos llevados por Vox al Constitucional queda por debatir el recurso contra el segundo estado de alarma, el recurso contra la ley de Murcia sobre el Mar Menor, el recurso contra la ley Celaá, el recurso contra la Ley Garzón que regula los derechos de los consumidores en materia de vivienda, el recurso contra la Ley de Eutanasia, el que discute la paralización de los nombramientos acometidos por el Consejo General del Poder Judicial en funciones y el que discute la aprobación de una Ley Galega de Saúde que plantea, entre otras cosas, la posibilidad de obligar a la población a vacunarse. La única derrota cosechada por Vox hasta la fecha la del recurso contra el uso del bable en Asturias; la mayoría del tribunal la desestimó con la excepción de Pedro González Trevijano y Encarnación Roca.

Abascal y los suyos han reaccionado a su primera gran victoria con estruendo. Nada dicen del camino de contradicciones que les han facilitado esa censura al Gobierno. Lo que sigue es una reconstrucción de ese periplo en donde política y jurisprudencia se han cruzado hasta el límite de lo indistinguible.

Parte de contradicciones

La primera gran contradicción tiene a Vox como protagonista. El partido de Abascal votó a favor de la primera prórroga del estado de alarma. Aquel debate parlamentario se celebró el 25 de marzo de 2020 con un apoyo de 321 votos a favor de la medida y ninguno en contra. Durante las intervenciones, Abascal llegó a decirle a Pedro Sánchez lo siguiente: “Fui yo el que le exigió el 10 de marzo el estado de alarma. Es usted el que debe tener todo el mando. Aproveche sus poderes para minimizar la amenaza a la salud”. Apenas un mes después de realizar esas afirmaciones, Vox presentaba su recurso de inconstitucionalidad contra el estado de alarma.

La doctrina del Constitucional también es contradictoria en torno a la utilidad del estado de alarma y los límites que se pueden establecer bajo su amparo. El 30 de abril de 2020 el pleno del organismo dictó una sentencia que congelaba el derecho a la manifestación, uno de los derechos considerados como fundamentales. La resolución respondía a una reclamación sindical que pretendía convocar una protesta en Vigo, coincidiendo con la celebración del 1 de mayo. Pero el Constitucional decidió que “el derecho a la vida” estaba por encima de cualquier otra consideración. En aquel texto, los magistrados no tuvieron reparo en apoyar sus argumentos sobre un estado de alarma que ya estaba vigente y lo argumentaron del siguiente modo: “No se dan las circunstancias que permitan el ejercicio del derecho de reunión por la situación de pandemia”.

La guerra política del TC

Desde la aparición de Vox como actor con influencia en el Constitucional, el tradicional reparto de pesos entre progresistas y conservadores ha saltado por los aires. “Vox tiene cada vez más peso en las decisiones”, aseguran fuentes del Tribunal. Tanto es así que la decisión de declarar que el confinamiento se ordenó sin arreglo a la ley fue adoptada por un solo voto de diferencia en torno a un grupo de magistrados alineados con la estrategia de la formación de extrema derecha. Sin embargo, Andrés Ollero y Juan José González Rivas, miembros de lo que fuera el bloque conservador, han decidido no apoyar la medida y sumarse a los progresistas en su rechazo a una sentencia contra la que ya han anunciado votos particulares.

Al frente del ala más radical del TC se sitúa el magistrado Pedro González Trevijano, en su día propuesto por el PP y que aspira a presidir el organismo, si algún día se produce la renovación pendiente y de la que hablaremos más adelante. Durante el debate de este miércoles, Trevijano se negó a la propuesta de aplazar la decisión y seguir reflexionando que puso sobre la mesa el presidente del Constitucional, González Rivas.

Tribunal caducado

El Tribunal Constitucional que ha decidido situar al Gobierno de Pedro Sánchez fuera de la ley está formado por un grupo de 11 magistrados, de los que cuatro deberían haber sido renovados en noviembre del pasado año. El bloqueo impuesto por el PP para acometer esa renovación ha permitido una decisión en la que ha sido clave el voto de Encarnación Roca, en su día propuesta por el PSOE tras un acuerdo con CiU, y que decantó la balanza. Roca, al igual que los conservadores Andrés Ollero y Juan José González Rivas y el progresista Fernando Valdés (recientemente dimitido por un caso de violencia de género) se encuentran en su puesto por encima del tiempo que la Constitución estipula para sus cargos.

Además de los anteriores, en julio de 2022 está prevista otra renovación que cambiará el peso de poder en el organismo. Se trata del turno en el que el Gobierno pone dos nombres y el Consejo General del Poder Judicial otros dos. Para entonces se espera que la mayoría del Constitucional sea progresista. Por el momento, quien manda es la extrema derecha.

El asesor que estuvo con Aznar

La sentencia que tumba el confinamiento tuvo como redactor a un viejo conocido del aznarismo. Se trata del letrado y catedrático de constitucional Ángel Sánchez Navarro, recién llegado al Constitucional con el amparo de Pedro González Trevijano. A él le encomendó Trevijano la vuelta de 180 grados que se le dio a la ponencia preexistente que defendía Fernando Valdés, antes de su dimisión tras ser procesado por un caso de malos tratos.

Este nuevo letrado, con amplia experiencia en la materia, tiene en su currículum haber formado parte de la corte de asesores de la que José María Aznar se rodeó en la presidencia del Gobierno en el año 2000. A resultas del trabajo de Sánchez Navarro lo que era una sentencia que aceptaba la legalidad del confinamiento acabó por convertirse en lo contrario.

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