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Análisis

Un “disparate” en el 'caso Begoña Gómez': “Es como imputar por el atraco a un banco al policía que detuvo a los atracadores”

Cristina Álvarez, asesora de Begoña Gómez, a su salida de los Juzgados de Plaza Castilla, en Madrid.
14 de marzo de 2026 22:36 h

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Begoña Gómez, mujer de Pedro Sánchez, cumple ya 23 meses imputada por cinco delitos en la causa penal que instruye Juan Carlos Peinado en el juzgado número 41 de Madrid. Su asistente, Cristina Álvarez, acumula 14 meses en parecida situación. El juez la investiga por tres delitos, entre ellos, el de apropiación indebida de un software que, según su abogado, intentó registrar la asistente a nombre de la Universidad Complutense. El mundo, al revés. “Un disparate”, según la defensa de la asistente.

La investigación del caso avanza entre sobresaltos. Al juez Peinado le han mostrado tarjeta roja por juego sucio más de diez veces en casi dos años de instrucción. El último rapapolvo anuló la decisión de seguir el procedimiento por el tribunal del jurado. Pero el juez sigue adelante con la causa, escarbando en todas las actividades de Begoña Gómez desde que su marido es presidente del Gobierno, según dejó escrito en un auto convertido en símbolo de las investigaciones prospectivas que suelen rechazar los tribunales. En el penúltimo rapapolvo al juez, la Audiencia Provincial anuló la decisión de tramitar el procedimiento judicial por la vía del jurado.

Muy pocas causas penales tienen un historial de anomalías durante la instrucción tan grosero: hubo imputaciones basadas en declaraciones que nunca se produjeron o motivadas por nombramientos que no hicieron los implicados. Tres altos cargos de Moncloa fueron imputados sin motivo, al igual que el rector de la Universidad Complutense o un directivo del IE.

A Peinado le quedan seis meses de trabajo antes de su jubilación forzosa porque cumple 72 años en septiembre. Pero antes concluirá la instrucción del caso para sentar en el banquillo a Begoña Gómez, según creen casi todas las partes involucradas en este proceso.

Los indicios de los cinco delitos atribuidos a la mujer del presidente y de los tres delitos que mantienen imputada a su asistente son vaporosos.

1 - Apropiación indebida

Una herramienta tecnológica de uso gratuito para pequeñas y medianas empresas fabricada durante las actividades de la cátedra –era uno de los objetivos para su creación– que nunca se inscribió a nombre de Begoña Gómez, como pudo comprobar la Universidad Complutense tras consultar al Registro de la Propiedad Intelectual. La esposa del presidente solo puso a su nombre, y por indicación de la propia universidad, el dominio web en el que se alojó la herramienta tecnológica.

Pese a que todos estos hechos han sido acreditados durante la investigación, el juez mantiene la imputación de Begoña Gómez y de su asistente por apropiación indebida. “Resulta sorprendente que se investigue como apropiación indebida el registro del software a nombre de Begoña Gómez, pero se atribuya una intervención en el hecho delictivo a mi patrocinada por intentar registrar el software a favor de la Universidad Complutense de Madrid”, se lamenta el abogado de Cristina Álvarez en el recurso. Y concluye: “Su participación va en la dirección contraria del delito. Es modélica, solo intervino en hechos tendentes a hacer lo correcto, es decir, registrar el software a favor de la Universidad Complutense de Madrid. Es como imputar por el atraco a un banco al policía que intervino deteniendo a los trabajadores. Es un disparate”.

El fiscal del caso también censuró al juez por esta imputación a la asistente de Begoña Gómez: “La supuesta participación de Cristina Álvarez por mandar un correo a los órganos de la Complutense para abordar el tema de la cesión de derechos en favor de la universidad, que precisamente estaban tratando de realizar. No es serio ni racional, sino todo lo contrario, y es un caso, afortunadamente aislado en nuestro sistema judicial, de atribución de responsabilidad a un ciudadano de esta forma”.

2 - Tráfico de influencias

El juez se basa para investigar este delito en una carta de apoyo a una empresa privada firmada por Begoña Gómez en calidad de directora de cátedra en la Universidad Complutense. El empresario Juan Carlos Barrabés, que dio varias clases en esa cátedra, incluyó dentro de su oferta a un concurso público la carta firmada por Gómez junto a otras 31 de idéntica redacción, una de ellas firmada por un alto cargo del Ayuntamiento de Madrid, gobernado por el PP.

Ninguno de los trabajadores y altos cargos de Red.es que intervinieron en la adjudicación del concurso ha sido imputado, ni siquiera llegaron a declarar ante el juez para explicar los hechos.

3 - Malversación de fondos públicos

La asistente de Gómez la ayudó en algunos de los trámites relacionados con su colaboración en la Universidad Complutense de Madrid, como ha quedado acreditado por varias decenas de correos electrónicos que envió Cristina Álvarez a las autoridades universitarias en nombre de la mujer del presidente del Gobierno. El juez Peinado, que negó hace meses imputar a ambas mujeres por malversación de fondos públicos, corrigió su decisión y mantiene a Begoña Gómez y Cristina Álvarez imputadas por malversación de fondos públicos. El abogado de Gómez explica que “es habitual que en el horario laboral, los trabajadores hagan gestiones como puede ser la remisión de un correo electrónico en su beneficio, en el de sus familiares o amigos”. “Difícilmente puede entenderse que, si esos trabajadores son funcionarios públicos, con ello se está cometiendo un delito de malversación de caudales públicos. Es una interpretación del Código Penal extraordinariamente extensiva y alejada de la realidad”.

Y añade: “Para que la posible dedicación de mi patrocinada a tareas privadas de doña Begoña Gómez fuese constitutiva de delito de malversación, sería necesario que doña Cristina 'cobrara un sueldo sin prestar ninguna de las funciones para las que estaba contratada'. No consta dato ni indicio de que mi patrocinada haya desatendido sus funciones por haberse dedicado a tareas privadas de doña Begoña Gómez. Al contrario, ha cumplido con sus obligaciones de manera exquisita, con una dedicación intensa, prácticamente sin horario, y muy por encima de lo que cabría esperar por su escueto salario. Y no consta desatención ninguna de sus obligaciones”.

4 - Intrusismo profesional

Begoña Gómez propuso a la Universidad Complutense crear una cátedra entre cuyos objetivos estaba la investigación de aplicaciones informáticas que ayudarán a pequeñas y medianas empresas para mejorar su competitividad. Para desarrollar la nueva tecnología, de uso gratuito, Gómez logró la colaboración a favor de la universidad de las compañías Google, Telefónica e Indra. La directora de la cátedra firmó los pliegos de condiciones para adjudicar un contrato de consultoría vinculado a la nueva herramienta tecnológica. El juez Peinado sostiene que Gómez carecía de cualificación profesional para firmar esos pliegos de condiciones y la imputa por intrusismo profesional. Durante la investigación, el instructor pudo escuchar como la interventora de la Universidad Complutense declaró que las normas obligaban a que la directora de la cátedra, Begoña Gómez, firmase los pliegos de condiciones. Además, la asociación de Abogados del Estado contestó al juez que no había intrusismo profesional en aquellos hechos. Gómez sigue imputada.

5 - Corrupción en los negocios

Begoña Gómez dirigió durante cuatro años una cátedra en la Universidad Complutense y logró más de medio millón de euros en subvenciones al proyecto educativo público. En todo ese tiempo no cobró por su trabajo -preguntó, pero le contestaron que al no ser trabajador de la Universidad no podía recibir salario alguno-. Está imputada por corrupción en los negocios. Su actividad privada desde que inició su colaboración con la Complutense en 2012, según la investigación del juez Peinado, nunca le reportó unos ingresos anuales superiores al Salario Mínimo Interprofesional. Su abogado recordó al juez que la Cátedra de Transformación Social Competitiva “no era remunerada” y que los fondos de empresas privadas se obtuvieron para la Universidad Complutense y no para Begoña Gómez.

La investigación no halló en todo este tiempo de instrucción ni una sola prueba de intervención de Begoña Gómez en el amaño de contratos, ni de enriquecimiento ilícito, ni de hacer negocio con su actividad, por la que ingresó solo en el mejor de los años, el salario mínimo interprofesional. La Guardia Civil investigó el supuesto tráfico de influencias y elaboró un informe al comienzo de la causa que descartaba el delito. Pero el juez no hizo ni caso. La Audiencia Provincial, que avaló entonces seguir con la investigación, tampoco.

“No es serio ni racional, sino todo lo contrario, y es un caso, afortunadamente aislado en nuestro sistema judicial, de atribución de responsabilidad a un ciudadano de esta forma”. Palabra de fiscal.

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