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El mapa de los impuestos: los ricos pagan menos en Madrid y los pobres aportan más en Catalunya

Mapa de los impuestos autonómicos

David Noriega

La bajada de impuestos es una promesa electoral recurrente en los partidos, principalmente de derechas, campaña tras campaña. En esta, PP y Ciudadanos han prometido una rebaja fiscal en todas aquellas comunidades en las que consigan gobernar. Las autonomías tienen transferidos algunos tributos, total o parcialmente: el de patrimonio, el de sucesiones (herencias) y donaciones y sobre actos jurídicos documentados; sobre la electricidad; el 50% del de la renta; el 58% sobre el alcohol, los hidrocarburos o el tabaco; y algunos propios. En muchos casos tienen también la capacidad de alterar los tipos mínimos y máximos y los tramos de la parte que les corresponde, lo que hace que un ciudadano aporte más o menos en función del lugar en el que viva.

El IRPF es el impuesto que más suma a las arcas públicas. Una parte depende del Estado, con una tarifa que va del 9,5 al 22,5% con cuatro tramos. La otra depende de las comunidades autónomas. Por ejemplo, el tipo mínimo autonómico más bajo es el 9% de Madrid, que lo rebajó 0,5 puntos a finales de 2018, y Canarias. El tipo máximo más bajo vuelve a estar en Madrid, donde los que más ganan pagan el 21% autonómico. El agregado es el total que pagan los ciudadanos y se obtiene de la suma de la parte estatal y la parte autonómica. Euskadi y Navarra tienen un régimen fiscal diferente.

El Panorama de la Fiscalidad Autonómica y Foral de 2019, elaborado en febrero por el Consejo General de Economistas de España (de donde se han extraído los datos para este artículo), recoge varias tendencias. Todas las comunidades establecen diferentes deducciones por circunstancias personales y familiares, que van desde las que se aplican a contribuyentes con discapacidad, por nacimiento o adopción, por adquisición o alquiler de vivienda, hasta los beneficios por inversión o creaciones de empresas.

En los siguientes mapas se muestra qué IRPF agregado pagan los contribuyentes con menos y más renta, según la comunidad autónoma en la que tributen.





Hay que tener en cuenta que los tramos autonómicos son diferentes en cada comunidad y tampoco se ajustan a los estatales, por lo que es difícil establecer criterios uniformes.

Por ejemplo, en Catalunya la tarifa mínima autonómica (la estatal es igual en todo el Estado, salvo en las comunidades de régimen foral) es del 12%. En Aragón, Asturias y la Comunitat Valenciana, es del 10%. Pero los tramos son diferentes. Esto hace que los catalanes paguen más IRPF que aragoneses y valencianos cuando la base liquidable (la cantidad de dinero sobre la que se aplican las tarifas, y que resulta de sumar lo que se ha ganado, menos las deducciones) es menor de unos 60.000 euros, y que los catalanes paguen más que los asturianos cuando esa base no llega a unos 92.000. Es decir, los que menos ganan pagan más en Catalunya y los que más, aportan menos que en el resto de comunidades del ejemplo.

Los datos de Andalucía están actualizados a fecha de abril, cuando el gobierno autonómico, a través de un decreto ley, modificó varios tributos y redujo el tipo mínimo del 10 al 9,75% y el máximo del 25,5 al 24,9% para 2019. El objetivo es continuar bajando ambos tipos, hasta un máximo del 22,5% y un mínimo del 9,5% para 2023. Esta reforma beneficia, principalmente, a los que más ganan, ya que su tipo se reducirá en tres puntos, frente al medio punto que se reducirá el tipo mínimo, que pagan los que menos ganan.

No se paga por patrimonio en Madrid

El impuesto sobre el patrimonio es aquel que se aplica sobre los bienes totales de los contribuyentes. Según el último informe de The Household Finance and Consumption Survey, publicado en 2014, el patrimonio no financiero del hogar medio español asciende a 182.000 euros.

La exención más baja está en Aragón. Allí se empieza a pagar a partir de 400.000 euros aunque, como en la mayoría de comunidades, la vivienda habitual no entra en el cómputo. La norma nacional, que muchas autonomías toman como referencia, marca 700.000 euros. Los casos más llamativos están en La Rioja, con una bonificación del 75% y en la Comunidad de Madrid, con el 100%. Esto es, sobre la tarifa a pagar se descuenta el 75 y el 100% respectivamente. Es decir, en Madrid nadie paga este impuesto.

El impuesto sobre sucesiones, por heredar, es uno de los más nombrados en los últimos meses. PP y Ciudadanos lo bonificaron al 99,9% a partir de abril tras llegar al gobierno en Andalucía –la tabla está actualizada–, manteniendo la reducción de un millón de euros, que ya existía. Es decir, antes de la reforma solo se tributaba por la cantidad que sobrepasase el millón de euros. Ahora se paga el 1% de lo que corresponda por encima de esa cantidad. La eliminación a nivel estatal de lo que llaman 'impuesto a la muerte' fue una de sus banderas en la campaña para las generales. Con excepciones, la tarifa máxima ronda el 34%, que se aplica a partir de un rango que va de los 781.916,75 a los 797.555,08 euros por encima de las exenciones.

Pero lo cierto es que la mayoría de las comunidades aplican altísimas bonificaciones para hijos y cónyuges lo que, en la práctica, hace que no tengan que pagar este impuesto o que tengan que pagar una parte mínima.

Otro de los tributos sobre el que las comunidades autónomas tienen la competencia transferida es el de transmisiones patrimoniales onerosas (TPO) y actos jurídicos documentados (AJD). En el primer caso, grava la compra de una vivienda o un coche de segunda mano, por ejemplo, u operaciones societarias, donde se paga el 0,5%. En el segundo caso, se trata de la firma de escrituras públicas o actas notariales, por ejemplo, al firmar una hipoteca. Según el informe del Consejo General de Economistas, en muchas comunidades se establecen tipos reducidos para escrituras que documenten préstamos hipotecarios para la adquisición de vivienda o para determinados colectivos, como jóvenes, familias numerosas o personas con discapacidad.

Tres cuartas partes, al fondo de garantía

Los gobiernos autonómicos que se formen a partir del 26M podrán modificar estos impuestos en la medida que les permite la ley. “La única limitación es renta, que tienen que ser progresivos”, explica Luis del Almo, secretario del Consejo General de Economistas de España y uno de los autores del informe. Tampoco pueden ser confiscatorios. En el caso del IRPF y el impuesto sobre el patrimonio, el experto indica que “si se cambia la tarifa en diciembre, puede afectar a todo el ejercicio 2019”. En otros casos, como transmisiones, sucesiones o donaciones, “lo normal es que las modificaciones tengan efectos a partir de la entrada en vigor de la norma”.

Los impuestos son una de las formas de financiación de las comunidades autónomas, pero no la única. De hecho, existe un Fondo de Garantía de Servicios Públicos Fundamentales, “una especie de bote donde las comunidades traspasan tres cuartas partes de los ingresos tributarios propios y se reparte por población ponderada. Esto hace que se distribuya de las ricas a las pobres, teniendo en cuenta las necesidades de cada una”, explica el director de la Fundación de Estudios de Economía Aplicada (FEDEA), Ángel de la Fuente. Este fondo tiene en cuenta la población (30%), la superficie (1,8%), la dispersión (0,6%), la insularidad (0,6%), la población protegida (38%), los mayores de 65 (8,5%) y los que tienen 16 años o menos (20,5%).

Además, existen otros fondos –de Suficiencia Global, de Convergencia, de Competitividad–, “que son en buena parte transferencias del Estado a las comunidades autónomas o de unas comunidades a otras”, explica el experto. Para De la Fuente, en estos casos, la lógica es menos clara y se reparten “con unos criterios que muchas veces se contradicen entre sí: densidad de población, crecimiento, nivel de renta per capita, migración o statu quo, que es uno de los que más pesan en la práctica. Si estabas bien cuando se firmó el acuerdo, el sistema hace que sigas estando bien”.

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