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El principal imputado de la Trama Eólica recurre el embargo de sus bienes y arremete contra Hacienda

Un parque eólico de Gamesa

Laura Cornejo

El principal imputado de la Trama Eólica, Alberto Esgueva, está, según su abogado “despojado de todos sus bienes” por parte de la Agencia Tributaria, que ya está ejecutando un embargo por más de 20 millones de euros por la venta de sus acciones eólicas a las eléctricas y que según Hacienda estaban sujetas a IVA. Esgueva se enfrenta a un nuevo embargo, esta vez por un presunto blanqueo de capitales en el marco de la trama. Según su letrado, la AEAT ya ha embargado “todo lo que ha podido, cuentas corrientes, participaciones sociales y acciones” y ha subastado “múltiples bienes inmuebles” y ha paralizado toda la actividad que Esgueva realizaba fundamentalmente en Polonia, causando “un daño incalculable”.

Así lo dice en el escrito de apelación al que ha tenido acceso eldiario.es y que se interpone después de que la Abogacía del Estado solicitase la apertura de una pieza separada para las responsabilidades pecuniarias del que se considera el ejecutor de la trama, el exviceconsejero de Economía, Rafael Delgado, un paso previo para proceder a los embargos cautelares. El fiscal Anticorrupción solicitó que se incluyese también a Esgueva y, según su letrado, sólo se le dio traslado de la providencia que admitía esa petición.

A lo largo de 24 páginas, el abogado intenta desmontar las razones por las que Esgueva debería sufrir un nuevo embargo. Para él, existe una falta de motivación, por considerar que se basa el presunto delito de blanqueo de capitales entre otros, en declaraciones judiciales de algunos de los investigados y en informes de la AEAT, pero sin que se expliciten estos. Pero además, el letrado otorga “nulo valor”  a la denuncia de la AEAT.

También considera que existe una falta de determinación de las responsabilidades pecuniarias, lo que, según su criterio infringe el artículo 589 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, “pues ni indica las responsabilidades pecuniarias a asegurar, ni los bienes a embargar”. “Parecería lo lógico no hacer nada porque el Juzgado no adopta medida alguna, pero mi mandante no puede, una vez más, quedar indefenso y estar a la espera de otra resolución posterior que lo establezca”, dice.

Recuerda que la AEAT, tras el informe denuncia en el que se basa la querella de la Trama Eólica de Anticorrupción, suspendió las inspecciones sobre los investigados por existir prejudicialidad penal, y recuerda que así se comunicó a los empresarios de Corporación Llorente, Inverduero, M&J Abogados CB, Tough Trade o el exalto cargo de la Junta Andrés Martín de Paz. En ese momento, la AEAT especificaba que al haberse dado traslado al Ministerio Fiscal –de la existencia de la trama- la determinación e imputación de las obligaciones tributarias, podrían depender directamente de los hechos y conductas que pudieran ser investigados en el marco de las actuaciones judiciales en el ámbito penal.

Prevaricación

Para el letrado de Esgueva, la Agencia Tributaria entra en contradicción e inspecciona sus sociedades. Esa inspección concluye con un embargo de más de 20 millones en concepto de liquidación de IVA, lo que para él supone “una doble vara de medir”. Es más, destaca que Esgueva quiere dejar manifestado que “la actuación de la AEAT podría suponer una supuesta actuación irregular y/o prevaricación que habrá de investigarse y que podría tener consecuencias respecto a la denuncia de la AEAT” que dio origen a la querella de la Trama Eólica. Expone que las inspecciones a las sociedades de Esgueva concluían con que las sociedades habían tenido una actividad económica en las actividades eólicas “totalmente lícita” y que la venta de las acciones eólicas estaba sujeta a IVA, por lo que se le sancionó con más de 20 millones de multa. Sin embargo, existe para él un cambio de criterio y “sobre las mismas obligaciones tributarias, los mismos ejercicios, los mismos hechos imponibles y negocios jurídicos, examinados, ahora se concluye que no hay actividad económica alguna y que todo obedece a una prevaricación, cohecho, tráfico de influencias y blanqueo de capitales”.

Esgueva, que recurrió esta sanción al Tribunal Económico Administrativo Central, pidió que la AEAT aportase el informe que motivó la querella, así como el cambio de criterio, y arremete contra el Inspector Regional C.P.M que “se niega a portar tal documentación”. Los argumentos del responsable de todos los inspectores de la Agencia Tributaria de Castilla y León son, entre otros, que se trata de un informe “confidencial” que se incorpora como anexo a un escrito de hechos remitido a Anticorrupción, y que considera que tienen carácter reservado por haber una investigación penal en curso.

El abogado critica que la Agencia Tributaria no colabore con otra administración pública. “Ha decidido qué documentos debe aportar para ‘salvar’ sus intereses y negando al TEAC aquellos otros que le pudieran ser perjudiciales, ocultando pruebas a un tribunal que, por otra parte, no sabemos quién o por qué, sí se entregaba a los medios de comunicación (diario El País) para su pública difusión”.

La delegada Especial de la Agencia Tributaria, Georgina de la Lastra, también aparece señalada en el recurso, por haberse negado a facilitar información a la Audiencia Nacional  sobre el embargo de cuatro inmuebles de Esgueva, y sobre el que este interpuso un recurso contencioso administrativo. En su respuesta a la Audiencia Nacional De la Lastra también aludía al carácter reservado de la investigación. El recurso de Esgueva fue desestimado, pero su abogado concluye que la AEAT considera lícita la actividad de las sociedades de Esgueva, que posteriormente cambió de criterio y que se pudo utilizar la documentación obrante en el expediente para redactar el informe y la denuncia en Fiscalía. Si no se cumplieron los requisitos, cree, podría haber una nulidad de actuaciones.

Además, desglosa las transacciones económicas de las sociedades de Esgueva con la opaca mercantil suiza Nehmo Holding, de la que recibió un préstamo de 1.100.000 euros para desarrollar un proyecto en Montealegre de Campos, después de que consiguiese captar a unos socios de Qatar y necesitase liquidez para desarrollar el proyecto. Para entonces, Esgueva había perdido por incumplimiento dos subvenciones de la Junta de 2,9 y 1,6 millones. Una ejecución hipotecaria sobre los inmuebles de Montealegre hizo que los socios qataríes se retirasen y que se resolviese el préstamo de la sociedad helvética devolviendo 1,1 millones y e indemnizando con 1,2, aunque finalmente se quedaron en 100.000 euros que nunca se pagaron.

Nehmo también prestó a una de las sociedades polacas de Esgueva, cuando la hacienda de ese país le reclamó un pago de 420.000 euros. La situación financiera hizo que Esgueva perdiese un importante proyecto de construcción. El abogado también hace algunas precisiones sobre la venta de sendos chalés de Esgueva y su exmujer en Comillas y Valladolid a Rafael Delgado.

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