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El Supremo condena a un ayuntamiento por los abusos sexuales de un empleado a una compañera

Protesta contra el acoso sexual

Alberto Pozas

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Durante más de un año, una trabajadora del ayuntamiento del municipio sevillano de Albaida del Aljarafe, con 3.100 habitantes, fue víctima de abusos sexuales a manos de un compañero de trabajo. Tocamientos, acoso e intentos de violación que tenían lugar en todas las instalaciones municipales de la localidad en la que ambos trabajaban en el departamento de limpieza. El Tribunal Supremo acaba de confirmar la condena del abusador a más de cuatro años de prisión pero también ha condenado al Ayuntamiento a hacerse cargo como responsable civil subsidiario de una indemnización de 20.00`+0 euros para la mujer.

La sentencia describe que los abusos y el acoso se prolongaron entre 2014 y 2015 en instalaciones municipales como el polideportivo, el colegio o la casa de la cultura. El condenado conocía desde hace años a la mujer y a su familia y sabía, además, que padecía una discapacidad intelectual, lo que hace de ella una víctima especialmente vulnerable. La Audiencia Provincial de Sevilla le impuso más de cuatro años de cárcel por dos delitos de abusos sexuales y firmó una indemnización de 3.000 euros para la víctima.

El tribunal andaluz no entendió que el Ayuntamiento de Albaida del Aljarafe tuviera que ser al condenado porque su comportamiento fue “sumamente diligente” al hacer una “investigación interna exhaustiva” y denunciar los hechos, suspendiendo de empleo al abusador, poco después de tener noticia de los hechos. El Supremo eleva la indemnización hasta los 20.000 euro y sí declara responsable civil subsidiario al consistorio, que tendrá que pagar si el condenado no lo hace.

El Supremo aumenta en primer lugar una indemnización que considera “exigua” y declara la responsabilidad del Ayuntamiento. “Al empleador le compete establecer las condiciones de seguridad frente al acoso sexual en el trabajo”, recuerdan los jueces. La Audiencia de Sevilla había decidido no responsabilizar al consistorio al entender que no había relación entre el trabajo y los abusos sexuales.

Para el Supremo, los episodios de abusos y acoso sí estuvieron relacionados con el entorno laboral que ambos compartían y sus funciones en tareas de limpieza: “Es con ocasión directa de las mismas, en la actividad de reparto o indicación del trabajo y supervisión de estas tareas que abusa de su compañera, persona de especial vulnerabilidad”, recuerda la Sala de lo Penal.

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