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El Govern publica las restricciones en el área de Lleida, aplicables a las 16.00

El Govern publica las restricciones en el área de Lleida, aplicables a las 16.00
Barcelona —

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Barcelona, 15 jul (EFE).- Las medidas especiales de restricción de movimientos adoptadas para contener el brote de COVID-19 en Lleida ciudad y seis municipios más de la comarca del Segrià se han publicado finalmente hoy en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC) y entran en vigor a las 16.00 horas.

La Resolución SLT/1698/2020, de 15 de julio, afecta a Lleida ciudad y también a los municipios de Alcarràs, Aitona, la Granja d'Escarp, Seròs, Soses y Torres de Segre, y establece que el plazo de su duración será de quince días.

Según esta resolución, se mantienen las actividades de centros infantiles y colonias de verano para niños y adolescentes, que han de tener la residencia en la comarca del Segrià.

En cambio, se suspenden las actividades de hostelería y restauración, que se podrán prestar exclusivamente mediante servicios de entrega a domicilio o recogida en el mismo establecimiento con cita previa.

La actividad comercial, según la resolución, se llevará a cabo sin contacto físico con los clientes mediante demanda telefónica o en línea, y la entrega se hará en la puerta o en el coche, incluida la comida preparada.

Se prohíben los encuentros y reuniones de más de diez personas en el ámbito privado y público, lo que incluye bodas, misas, celebraciones y ceremonias fúnebres.

No obstante, en esta prohibición de más de diez personas no están incluidas las actividades laborales ni los medios de transporte público.

Por lo que se refiere al movimiento de las personas, a partir de las 16:00 horas de hoy queda restringida la entrada y salida de los municipios citados, excepto por motivos laborales y de servicios considerados esenciales.

La resolución establece un anexo al decreto ley 27/2020 del Govern en el que se especifican los servicios esenciales, como seguridad y emergencias, salud, farmacias, servicios de óptica, ortopedia y fisioterapia, penitenciarios, sociales y residenciales; de representación de los trabajadores y empresarios y depuración de aguas.

También se cita como esenciales, producción y distribución agroalimentaria humana y para granjas y centros de animales, mataderos, transporte público, abogados, procuradores, graduados sociales, traductores, intérpretes y psicólogos que asistan a actuaciones procesales, servicios de educación especial, obra pública y privada inaplazables, reparaciones de urgencia y comercio por internet, entre otros.

Además, se podrá salir de casa para visitas o pruebas médicas, exámenes oficiales, renovaciones de permisos o documentos, para atender a personas mayores, dependientes, menores de edad, con discapacidad o especialmente vulnerables.

Atender los huertos familiares de autoconsumo, las mudanzas domésticas o profesionales y encuentro y actividades de ocio y deportivas con personas del grupo de convivencia habitual también se consideran permitidos.

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