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Cómo la empresa Secuoya consiguió un canal TDT debiendo 2 millones a Hacienda

Raúl Berdonés (izda.), presidente del Grupo Secuoya

Raquel Ejerique

La Ley de Contratos del Sector Público lo dice claramente en su artículo 60 d. Una empresa no se puede aspirar a un contrato público de “no hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias”.

El Grupo Secuoya -productora del fracasado debate 'Así de claro' de Buruaga en TVE o los servicios informativos de la televisión autonómica de Murcia- se presentó a un concurso público de licencias TDT y además lo ganó pese a deber 2.295.238,46 euros a Hacienda.

Es una de las empresas que aparece en el listado hecho público por el Gobierno de grandes deudores al fisco. ¿Cómo pudo hacerlo? Según la documentación aportada por la empresa, el 20 de abril de este año pidió un aplazamiento de su deuda. Esta solicitud la hizo dos días después de que se publicara el concurso de la TDT en el BOE y fue lo que hizo posible que se presentara y ganara.

Hasta meses después, el 3 de agosto, Hacienda no le dio su visto bueno a la solicitud -lo que hace que la empresa salga de la lista de grandes deudores-. Según confirman expertos consultados y el propio Ministerio de Hacienda, es legal que se presentara si había hecho la petición de pagar más adelante, aunque no hubiera una respuesta positiva de la administración pública.

El concurso exige que no haya deudas

Durante la mayor parte del proceso, incluyendo la apertura de sobres en junio, concurrió a la licencia sin saber si Hacienda le aplazaba la deuda y debiendo los 2,2 millones. En las bases del concurso queda claramente especificado que no se pueden tener deudas tributarias, y a tal efecto se pide una “declaración responsable (...) en la que se declare que el licitador (...) está al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones normativas vigentes”.

“Nunca se ha estado en situación de incumplimiento”, apunta Secuoya a eldiario.es. “Cuando nos presentamos, la empresa no tenía ninguna deuda ejecutiva, estábamos al corriente de pago”. No había deuda ejecutiva, ya que el proceso estaba aún abierto, pero no estaban al corriente del pago, estaban en un procedimiento de resolverlo. Cuánto se ha pagado, si se ha pagado algo o cuándo se acabará de pagar a Hacienda no ha sido especificado.

Si la ley establece que no hay que deber dinero a Hacienda, ¿por qué se puede hacer esta excepción? Expertos consultados por eldiario.es señalan que la norma tiene su lógica: “Los aplazamientos y fraccionamientos son un derecho de todo obligado tributario” y protege al concursante que “está a la espera de la contestación por parte de la Administración Tributaria”, con la intención de no perjudicarle, ya que podría perder la oportunidad de concurrir a un concurso de contratación mientras Hacienda le responde.

La evaluación de ofertas se hizo a principio de octubre y el Consejo de Ministros aprobó la adjudicación definitiva el día 16 de ese mes, cuando Secuoya ya había llegado al pacto de pagar más tarde. Junto a ella, obtuvieron un canal la televisión de la Conferencia Episcopal 13 TV, Atresmedia, Mediaset, Real Madrid y Kiss FM.

La adjudicación de los canales ha sido muy polémica y criticada, especialmente después de publicar eldiario.es un documento interno de Industria en el que muestra cómo se manipula el sector audiovisual. Empresas como Prisa o Vocento, que no obtuvieron canal, criticaron también duramente el proceso y anunciaron que lo impugnarían, al considerar que tenían méritos suficientes para haber conseguido una licencia.

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