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La fiscalía Superior de Andalucía alerta de una falta de medios para combatir los delitos de odio

EUROPA PRESS

GRANADA —

En la memoria anual de 2014 de la Fiscalía Superior, se expone que, para favorecer un correcto funcionamiento de estas secciones, es necesario delimitar el ámbito competencial, la dotación urgente de medios personales y materiales, la difusión del servicio, su coordinación y la formación continuada.

En el ámbito competencial, la Fiscalía de Málaga informa de que muchos fiscales todavía desconocen la especial naturaleza de los delitos de odio, por lo que no siempre las denuncias llegan al Servicio y en ocasiones se despachan como simples faltas asuntos de mayor gravedad que pudieran constituir un delito.

Entre los llamados delitos de odio o que atentan contra el principio de igualdad se encuentran las amenazas dirigidas a atemorizar a poblaciones o grupos étnicos; delitos de tortura por razones basadas en alguna forma de discriminación; delitos contra los sentimientos religiosos u otros que se lleven a cabo por motivos racistas, antisemitas o por otra clase de discriminación derivada de la ideología, la religión o creencias de la víctima.

Respecto a la dotación de medios, la Fiscalía Superior mantiene que la creación de esta Delegación especializada no ha venido acompañada de una dotación de los medios materiales y personales necesarios, “con lo que se ha tenido que aplicar la tan conocida política distributiva para hacer frente a las ya reconocidas deficiencias de medios que soportan por lo general estas fiscalías”.

De esta forma se pronuncian las Fiscalías de Córdoba y Sevilla, expresando esta última que el funcionamiento del Servicio requiere el apoyo de una secretaría administrativa que registre, controle y archive de forma adecuada y sistemática toda la información relativa a los asuntos relacionados con la especialidad.

La imposibilidad de detraer personal auxiliar para que desarrolle estas funciones, dada la carga de trabajo que soportan los funcionarios de la Fiscalía e incluso su dispersión en cinco sedes, ha limitado de forma considerable la capacidad de acción de los fiscales, que no cuentan, por tanto, cono los datos estadísticos específicos.

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