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Sobre este blog

Consumo Responde es un espacio respaldado por la Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía pensado para el consumidor, para divulgar y dar a conocer herramientas y derechos que los consumidores y consumidoras ante la realidad. Una realidad que nos hace vulnerables como consumidores y poderosos al mismo tiempo, porque hoy, más que nunca, las decisiones del consumidor pueden marcar diferencias en los mercados, en las empresas y en la sociedad. Más información en www.consumoresponde.es y consumoresponde@juntadeandalucia.es  (900 21 50 80)

¿Sabes interpretar tu factura de la luz?

Tomaremos como referencia la factura de un contrato acogido al Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC), que es la tarifa de electricidad más extendida en nuestro país. En este caso, la Resolución de 23 de mayo de 2014, de la Dirección General de Política Energética y Minas, establece el contenido y el formato de la factura de la electricidad, que deberá recoger, como mínimo, los siguientes conceptos:

  • Número de contrato de suministro.
  • Fecha de finalización del contrato.
  • Identificación del punto de suministro mediante el código CUPS, único e invariable para cada punto de suministro.
  • Periodo de facturación referido al periodo de prestación del servicio.
  • Potencia contratada en kW.
  • Tarifa de acceso, en función de la potencia contratada y la discriminación horaria.
  • Energía consumida en kWh durante el periodo de facturación.
  • Potencia facturada, resultado de multiplicar el consumo durante el periodo de facturación por el precio de la energía.Impuesto sobre la electricidad, aplicable al consumo y la potencia.
  • Coste de alquiler de los equipos de medida o contadores (si la persona consumidora no fuera propietaria de los mismos).
  • IVA aplicable sobre la electricidad (21%).

 

¿Cómo se realiza la facturación?

En el caso de mercado regulado, la empresa comercializadora realizará la facturación con base a lecturas reales y considerando los perfiles de consumo. En el caso de suministros que cuenten con equipos de medida o contadores con capacidad de telemedida y telegestión y que estén efectivamente integrados en el sistema (los llamados contadores inteligentes),  se facturará considerando sus propios valores horarios de consumo.

Las lecturas serán realizadas por la empresa distribuidora con periodicidad bimestral. Para el caso de suministros con contadores con capacidad para telemedida y telegestión, la lectura se hará con periodicidad mensual.

Si en un cierto suministro no se ha podido obtener la lectura, la distribuidora podrá estimar el consumo de dicho suministro, realizándose con posterioridad una regularización anual.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ofrece en su página web un comparador de ofertas, una herramienta que permite a las personas consumidoras realizar comparativas entre diferentes ofertas de tarifa eléctrica para que conozca su coste de suministro, precios y condiciones generales del acceso y uso de los servicios de electricidad.

Entendiendo la factura de la electricidad

Tomando como referencia el modelo de factura de electricidad del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital, vemos que la factura la componen una serie de áreas distribuidas en varias páginas.

1. En la primera página de la factura aparecerán las siguientes áreas:

a) Datos de la empresa comercializadora

La persona usuaria podrá identificar claramente a la empresa, ya que la factura deberá incluir el logotipo, la razón social, el domicilio social y el Código de Identificación Fiscal (CIF)

b) Datos de la factura de la electricidad

Contiene la información necesaria para identificar la factura: importe total, número de factura, periodo de consumo y fecha del cargo.

c) Resumen de la factura

Incluye los datos de los conceptos facturados e impuestos aplicados (IVA o impuesto que corresponda) así como el importe total de la factura, que luego se presentarán con un mayor nivel de detalle.

d) Datos de la persona titular del contrato

Nombre o razón social de la persona física o jurídica que recibe la factura y dirección postal a la que se remite la factura.

e) Información del consumo eléctrico

Datos del consumo implicado en el cálculo de la factura e información sobre la evolución del consumo registrado anual para facilitar la visualización de forma gráfica a la persona usuaria sobre los cambios y progresión de su consumo.

f) Datos de contratación y suministro

Información de la persona titular del contrato y de los datos recogidos en el contrato de suministro e información de interés para el cliente consumidor:

  • Titular y NIF de la persona titular.
  • Dirección de suministro.
  • Tipo de contrato.
  • Tipo de contador.
  • Peaje de acceso.
  • Potencia contratada.
  • Fecha fin del contrato.
  • Fecha emisión de la factura.
  • Código unificado de punto de suministro CUPS.
  • Teléfono gratuito de atención a la clientela y reclamaciones de la comercializadora.
  • Teléfono gratuito de averías y urgencias de la distribuidora.
  • Contacto para realizar posibles reclamaciones.
  • Forma de pago y datos de la domiciliación de la factura.

 

2. En la segunda página de la factura aparecerán las siguientes áreas:

g) Destino del importe de la factura

Representación del reparto del importe de la factura eléctrica. Coste de producción de energía y margen de comercialización, costes regulados (divididos a su vez en incentivos a las energías renovables y cogeneración, redes de distribución y transporte y otros costes regulados) e impuestos.

h) Factura detalle

Detalle pormenorizado de los conceptos e importes facturados por la energía consumida y la potencia contratada, así como los impuestos aplicados.

3. En la tercera página de la factura aparecerán las siguientes áreas:

i) Información para la persona consumidora

Información de interés, así como información sobre el bono social para personas consumidoras vulnerables, para la persona consumidora sobre el tipo de contrato y las opciones disponibles.

j) Origen e impacto ambiental de la electricidad consumida

Información sobre el origen de la electricidad consumida y su impacto sobre el medio ambiente.

¿Cuáles son los conceptos por los que se paga en la factura?

Tomando nuevamente como fuente al Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital, observamos que son cinco los conceptos por los que se paga en la factura eléctrica.

1) Término de potencia. Precio fijo que resulta de tener en todo momento la potencia contratada. Se calcula multiplicando la potencia contratada, por los días que engloba la factura y por el término de potencia del precio PVPC que el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital establece. El término de potencia del PVPC integra el precio del término de potencia del peaje de acceso y el margen de comercialización.

2) Término de energía. Precio que se compone del término de energía del peaje de acceso (cantidad fija) y del coste de producción de la energía eléctrica en cada periodo (cantidad variable). El término de energía del peaje de acceso viene determinado por el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital. El coste de producción de la energía eléctrica se publica en la página Web del Operador del Sistema Red Eléctrica de España S.A.

3) Impuesto sobre la electricidad. Impuesto especial cuyo tipo impositivo viene fijado por Ley. Desde el 1 de enero de 2015 es el 5,1127%.

4) Equipos de medida y control. El precio del alquiler mensual del contador (si no estuviera en propiedad), está establecido por el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital. El precio del alquiler del contador incluye el importe correspondiente al Interruptor de Control de Potencia (ICP)

5) Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Se aplica el valor vigente, que es el 21%, a la suma de todos los conceptos anteriores.

 

Sigo teniendo dudas

Si necesitas información o asesoramiento en materia de consumo te recordamos que puedes contactar con el servicio Consumo Responde, que está disponible de forma gratuita y continuada a través del número de teléfono 900 21 50 80, del correo electrónico consumoresponde@juntadeandalucia.es, así como en la página Web www.consumoresponde.es y en las redes sociales. Y si prefieres un servicio de atención presencial, puedes acercarte a alguno de los Servicios Provinciales de Consumo, presentes en todas las capitales de provincia andaluzas.

Sobre este blog

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