Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
La UE obligará a los medios a publicar sus propietarios y la publicidad institucional
El PP se enreda en los pactos para Catalunya con Vox al acecho
Opinión - ¿Respeto a Milei y al resto de la ultraderecha? Por Rosa María Artal

El PSE no teme que el Constitucional tumbe la ley de Vivienda por sus medidas contra los desahucios

Miembros de STOP Desahucios Gipuzkoa durante una protesta.

Eduardo Azumendi

La suspensión por parte del Tribunal Constitucional del decreto-ley de Andalucía contra los desahucios hace temer por la futura ley de Vivienda vasca que en la actualidad tramita el Parlamento de Vitoria. El Constitucional ha estimado parcialmente el recurso que el Gobierno central ha interpuesto contra el decreto-ley andaluz antidesahucios que, entre otras cuestiones, preveía la expropiación de viviendas vacías en manos de los bancos. El Constitucional considera que la expropiación de estas viviendas invade la competencia exclusiva del Estado en materia de “coordinación de la planificación general de la actividad económica”.

La futura ley de Vivienda también recoge la posibilidad de expropiar a los bancos pisos que estos a su vez hayan conseguido por medio de desahucios. La finalidad es destinarlos a esos mismos ciudadanos mediante una fórmula de alquiler forzoso, siempre y cuando la administración no haya conseguido dar con otro tipo de alojamiento. Bixen Itxaso, el portavoz del PSE en materia de Vivienda, cree que el Constitucional pasará de largo por la ley vasca porque “no invade competencias del Gobierno central y es diferente al decreto ley andaluz”.

Según la sentencia, que cuenta con varios votos particulares, el Gobierno central ha puesto en marcha unas medidas que tienen una doble finalidad: proteger a los deudores hipotecarios y, al mismo tiempo, promover el mercado hipotecario con la constitución de un fondo social de viviendas propiedad de las entidades de crédito. Aunque la finalidad del decreto ley andaluz es la misma, el Constitucional concluye que “rompe el carácter coherente de la acción pública en esta materia” porque arbitra un mecanismo por completo incompatible, como es la expropiación del uso de la vivienda por un plazo máximo de tres años a contar desde la fecha del lanzamiento.

“Nuestra ley solo contempla la expropiación para destinarla al alquiler forzoso cuando se han agotado el resto de medidas dispuestas por la administración. Es una solución in extremis”, recalca Itxaso.

Etiquetas
stats