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Un año después, todavía queda mucho por hacer en la crisis de vivienda y de deuda

Los expertos auguran un empeoramiento de la situación de las familias en 5 años

Judith Sunderland

Human Rights Watch —

Se suponía que la Ley 1/2013, promulgada hace un año, iba a ser la respuesta definitiva del gobierno a la crisis hipotecaria. La ley fue aprobada después de dos Reales Decretos, una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y la importante presión social por parte de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) y otros grupos.

A pesar de que la ley implementó medidas encaminadas a aplazar los desahucios, proporcionar viviendas de alquiler social, aliviar la deuda hipotecaria y asegurar remedios judiciales eficaces, su ámbito de aplicación y resultados limitados no han logrado proporcionar la reparación necesaria.

La ley amplió ligeramente los criterios para poder beneficiarse de una moratoria sobre los desahucios. Sin embargo, mantuvo criterios que excluyen injustificadamente a ciertas familias: por ejemplo, cubre a una familia de dos padres con un hijo menor de tres años, pero no a la familia de al lado con uno de cuatro años. Esta distinción no se ajusta al derecho internacional, que considera que cualquier persona menor de 18 años es un niño, al que le corresponden los derechos y protecciones establecidos en la Convención sobre los Derechos del Niño, incluido el derecho a la vivienda.

La ley consolidó el Fondo de Vivienda Social para proporcionar a las familias desahuciadas una vivienda de alquiler social. Los bancos han entregado al Fondo poco menos de 6.000 viviendas que están dispuestos a alquilar a estas familias, pero sólo pueden acceder a ellas a través del fondo de propiedades en manos del banco que las desahució. En el 2013, el fondo recibió 1.537 solicitudes y adjudicó 780. Pero los criterios restrictivos, la mala calidad de las viviendas que los bancos proveyeron y el hecho de que en muchos casos las familias tienen que mudarse lejos de sus barrios y entornos sociales han socavado esta iniciativa. Hace pocos días, el fondo amplió los criterios, por ejemplo para admitir a todas las familias con hijos menores de edad, independientemente de su edad.

Un problema evidente con los procedimientos legales en España para las ejecuciones hipotecarias fue la falta de un medio eficaz para contestarlas. La ley de mayo de 2013 reformó el procedimiento en respuesta a un fallo del Tribunal de Justicia de la UE para permitir que los jueces determinaran si un contrato de hipoteca contenía cláusulas abusivas. Pero el plazo de 30 días para apelar concedido a los propietarios con procedimientos de ejecución hipotecaria pendientes era muy breve y la reforma llegó demasiado tarde para los propietarios cuyos procedimientos de ejecución hipotecaria ya habían concluido.

Alivio de la deuda

La ley estableció medidas de alivio de la deuda y, en algunos casos, incluso la cancelación de la deuda, para algunas personas que afrontaban una deuda hipotecaria abrumadora, pero los criterios que delimitan quién puede beneficiarse de esas medidas son limitados. Datos del Ministerio de Economía muestran que una gran parte de estas solicitudes son denegadas y que la gran mayoría de los otros casos fueron cerrados con algún tipo de reestructuración de la deuda. Son relativamente pocos los casos que se resolvieron mediante la cancelación total de la deuda, y casi ninguna a través de una amortización parcial de la deuda.

El gobierno aún tiene que reformar las leyes de insolvencia de España para crear un procedimiento accesible, justo y eficiente de insolvencia personal.

El sobreendeudamiento vinculado a las hipotecas es un problema grave en España y debe ser analizado a la luz de las obligaciones de España en virtud del derecho internacional de derechos humanos. Una mayoría significativa de las personas que han perdido sus hogares o que se enfrentan a una ejecución hipotecaria acumulan una deuda sustancial que adquirieron para garantizar una vivienda adecuada en un momento en que la vivienda propia era promocionada activamente, en detrimento de la provisión de suficientes viviendas de alquiler asequible y social. Además, las instituciones financieras se dedicaron a la concesión irresponsable de préstamos sin la supervisión adecuada.

El Consejo de Europa –una institución de derechos humanos de la que España es miembro— ha expresado su preocupación por el impacto que tiene el sobreendeudamiento sobre el disfrute de los derechos fundamentales, como la educación, la salud y la alimentación. Un estudio reciente del Banco Mundial enfatizó la necesidad de regímenes de insolvencia personal justos y eficaces para aliviar el sufrimiento de los deudores y sus familias, así como el impacto social y económico del sobreendeudamiento.

El derecho internacional garantiza el derecho a la vivienda como parte integral del derecho a un nivel de vida adecuado. El derecho a una vivienda adecuada no incluye un derecho a la propiedad, ni a conservar la propiedad bajo toda circunstancia. Sin embargo, impone a los Estados obligaciones para asegurar políticas y leyes para hacer la realización progresiva el derecho a una vivienda adecuada, para todos los segmentos de la sociedad, con la mayor rapidez posible.

Al gobierno de Rajoy le gusta decir que ha hecho más que cualquier gobierno anterior para abordar la crisis de vivienda y de deuda en España. Esto puede ser cierto, aunque sus decisiones se vieron sin duda forzadas por la magnitud de la crisis, el peso de la presión social y la oposición del Tribunal de Justicia de la UE. Un año después, el gobierno todavía tiene que solucionar los vacíos en la protección contra los desahucios y el acceso al alivio de la deuda, en particular mediante la creación de un camino justo hacia una segunda oportunidad para los más endeudados.

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