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La jueza declara de “especial complejidad” la pieza de la formación que afecta al exvicesecretario del PSOE-A Rafael Velasco

La juez declara compleja la causa que afecta al exvicesecretario del PSOE-A

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La jueza María Núñez ha declarado de especial complejidad la pieza de la causa donde se investigan las presuntas irregularidades en los cursos de formación para el empleo financiados por la Junta de Andalucía que afecta al entramado de empresas vinculado al exvicesecretario general del PSOE-A Rafael Velasco, con lo que tendría 18 meses en lugar de seis para su instrucción. Pero en paralelo su decisión incluye el sobreseimiento provisional de la causa -para que ese tiempo no empiece a contar- porque todavía no le ha llegado toda la documentación de los expedientes que le afectan y que reclama a la Junta de Andalucía.

Este miércoles, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha informado de que la titular del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla ha atendido así la solicitud de la Fiscalía Anticorrupción y ha dictado un auto con fecha de 7 de marzo con esta decisión. En el mismo auto también declara como de especial complejidad la pieza separada del grupo de empresas de José María Pérez González.

Tanto Rafael Velasco como José María Pérez González están siendo investigados por un presunto delito de fraude de subvenciones dentro de la causa de la formación. El alto tribunal explica en su comunicado que la magistrada ha declarado de especial complejidad ambas piezas debido a la “abundante” documentación existente sobre la gestión llevada a cabo por los dos investigados, “que hay que examinar”.

Por ello, en lugar de los seis meses que precisa la Ley de Enjuiciamiento Criminal como plazo máximo para investigar una causa, el Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla dispone ahora de un máximo de 18. Con anterioridad, y también a petición del ministerio público, la magistrada ya había declarado de especial complejidad la pieza relativa al Servicio Andaluz de Empleo (SAE) y a los consorcios públicos de formación de la Junta de Andalucía Ciomijas, Forman y CTI.

La instructora, en un auto dictado el 21 de diciembre de 2015, dividió la causa en nueve piezas separadas, de manera que únicamente queda que se declaren de especial complejidad tres de ellas, como son las relativas al empresario vinculado al exconsejero de Hacienda Ángel Ojeda; al consorcio público de formación de la Junta de Andalucía Formades; y a la extinta Fundación Andaluza Fondo de Formación y Empleo (Faffe).

En un escrito elevado al juzgado en diciembre de 2015, al que ha tenido acceso la agencia Europa Press, el fiscal Fernando Soto Patiño consideraba que la causa “presenta todos los requisitos para su declaración de especial complejidad”. Hizo esta petición antes de que la jueza dividiera la causa en piezas, recordando que la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece que “se considerará que la investigación es compleja” cuando recaiga sobre grupos u organizaciones criminales, tenga por objeto numerosos hechos punibles, involucre a gran cantidad de investigados o víctimas y exija la realización de pericias o de colaboraciones que impliquen el examen de abundante documentación o complicados análisis.

La Junta de Andalucía dice que no hay riesgo de prescripción

Por su parte, la portavoz parlamentaria del PP-A, Carmen Crespo, ha criticado el sobreseimiento provisional porque se corre el riesgo de que prescriban los expedientes, extremo que ha negado la Junta de Andalucía en un comunicado. En concreto, desde la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio han acusado a Carmen Crespo de “mentir y manipular la realidad”, primero en lo que se refiere a que haya riesgo de prescripción y segundo en que los expedientes no han sido enviados al juzgado, si bien consta ese requerimiento en el auto del juzgado. Sin embargo desde la Junta de Andalucía sostienen que “fueron entregados en mayo de 2014, tras el auto de 19 de mayo del mismo año emitido por el Juzgado de Instrucción número 6, que libró mandamiento para que la Guardia Civil incautara los citados expedientes”.

En cuanto a la prescripción, el mismo comunicado explica que “el sobreseimiento provisional decretado paraliza el periodo máximo de instrucción”. En incluso se apunta que si acaso es el PP-A el que quiere que prescriban “cuando en un escrito de alegaciones, de fecha 3 de marzo de 2016, se muestra contrario al sobreseimiento provisional y pide que continúe la instrucción con el riesgo de prescripción dada la voluminosa cantidad de expedientes”. En la misma línea, la Junta de Andalucía recuerda que el PP-A “oculta que se procedió a asignar los funcionarios requeridos por el juzgado mediante auto de 10 de abril de 2015 para el estudio de los expedientes y la posterior emisión de los informes que se requiriera por parte de la magistrada”.

Por otro lado, la Junta de Andalucía ha indicado que el gran número de expedientes que se enmarcan bajo el código 98, correspondientes al periodo 2004-2011, “hace prever la llegada de nuevas resoluciones con archivos provisionales como medida cautelar, para que no corran los plazos de prescripción de la instrucción penal”. Por tanto, considera que este auto “es una muestra de absoluta normalidad y colaboración de la Junta de Andalucía con la investigación”.

Por otra parte, María Núñez ha citado a declarar como testigos a lo largo del próximo mes de abril a los interventores del SAE de las ocho provincias en la pieza relativa a esta agencia. En concreto, los días 5, 7 y 21 de abril. Mientras, el 28 de abril ha citado, también como testigo, al actual director gerente del SAE, Julio Coca Blanes; y en calidad de investigados al jefe de servicio de Formación en Cádiz, Antonio Juan Vidal Agarrado; y al director general de Formación, José Gutiérrez Muñoz. Los dos ya habían pedido declarar de manera voluntaria.

Cabe recordar que en 2015, la entonces titular del juzgado, Mercedes Alaya, imputó en la causa a 10 jefes de servicio de Formación de las ocho delegaciones provinciales de Andalucía, que ya comparecieron, pero la mayoría se acogió a su derecho de no declarar. En opinión de la jueza, habrían permitido que “se confeccionaran los certificados por el que se acreditaban ante la intervención que las subvenciones habían sido aplicadas a la finalidad para la que se concedieron (….), omitieron iniciar y continuar los correspondientes expedientes de reintegro, no recuperando así los caudales públicos comprometidos, y confeccionaron las resoluciones de exoneración por las que multitud de empresas, sin justa causa”, y continuaron recibiendo estos fondos públicos “pesar de tener múltiples” pendientes de justificar.

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