Condenado un ex alto cargo de la Junta a un año de cárcel por fraude en subvenciones públicas
El Juzgado de lo Penal número 11 de Málaga ha condenado a un año de prisión y a multa al ex secretario general de Universidades, Investigación y Tecnología de la Junta de Andalucía Francisco Triguero por un delito de fraude de subvenciones en relación con ayudas concedidas a la Fundación para la Investigación del Bienestar Integral de los Ciudadanos (Fibic), en concreto, para un centro de innovación denominado Cibic.
Además se condena por el mismo delito y a la misma pena a un funcionario de la Secretaría General, ratificándose la absolución del resto de procesados, entre ellos el director del Parque Tecnológico de Andalucía (PTA), Felipe Romera; el exrector de la Universidad Internacional de Andalucía (UNIA) Juan Manuel Suárez Japón, y otros dos, para los que la Fiscalía retiró la acusación.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, se declara probado que los dos acusados “tramaron un plan para conseguir la financiación pretendida para finalizar el edificio, ocultando a la inspección la información relativa a ayudas previas --para llevar a cabo dicho proyecto constructivo-- que hubieran determinado su denegación”.
La jueza los absuelve del delito de prevaricación, pero entiende que su comportamiento se corresponde con fraude de subvenciones, “pues su actuación iba encaminada a obtener la ayuda necesaria para la finalización del Cibic”, incidiendo en que “entre ambos elaboraron el plan para conseguir la subvención y la ocultación de la información relativa a ayudas anteriores”.
Así, se explica que en una reunión del Patronato de la Fundación, en septiembre de 2011, se acordó solicitar a la Consejería una subvención de 11,5 millones de euros, petición que se tramitó, acompañando diversa documentación entre la que se encontraba una memoria técnico-económica explicativa de la construcción del edificio, que ya había recibido otras subvenciones públicas.
En noviembre de dicho año tuvo lugar otra reunión, indica la resolución, tras la cual “los acusados, conscientes de los obstáculos que suponían el haber recibido previamente subvenciones para la construcción del edificio por parte del Ministerio de Educación y Ciencia, así como la circunstancia de que sobre ellas pesaran procedimientos de reintegro, decidieron ocultar estos hechos”.
Entonces, según se señala en la sentencia, el funcionario requirió a una empleada para que redactara una nueva memoria técnico-económica “en la que se suprimieran las referencias a subvenciones anteriores, elaborándose una nueva memoria en tales términos”, a pesar de lo cual la Intervención General de la Junta denegó la ayuda por varias razones.
“Ante tal circunstancia y con el objeto de evitar el reparo que la Intervención General ponía a la autorización de la subvención, y conseguir la ayuda que interesaban, los acusados idearon para ello articular una nueva solicitud en la que, al tiempo de renunciar a la previa que la Fundación ya había percibido de la Consejería para la construcción del edificio, se ocultaran de nuevo a aquel órgano la existencia de otras subvenciones anteriores”, dice la sentencia.
Esto se hizo “siguiendo las directrices del acusado Francisco Triguero”, indica la jueza, solicitando una nueva subvención por un importe de 15,5 millones “cifra en la que se incluía el importe de la subvención a la que se renunciaba”. Esta segunda solicitud, junto con la memoria modificada, fue efectivamente presentada en diciembre de 2011.
Se tramitó un nuevo expediente, excluyéndose “cualquier referencia a subvenciones anteriores, y no uniendo la declaración aclaratoria” sobre las subvenciones, se asegura en la sentencia, apuntando que “fruto de dicha ocultación, se emitió informe favorable” por parte de la Intervención en enero de 2012, “lo que permitió al acusado Francisco Triguero proponer la concesión de la subvención”.
El importe no llegó a ser entregado materialmente a la fundación, ya que solo la cantidad de 2.555.221,95 euros se consideró abonada por la propia resolución mediante la compensación con la deuda que la fundación asumía como consecuencia de la obligación de reintegrar la subvención a la que renunciaba.
En su declaración, Triguero mantuvo que “en ningún caso hubo intención de ocultar datos a la Intervención”, apuntando que ésta “tenía conocimiento de las ayudas recibidas” por otras solicitudes previas en las que aparecía, reconociendo un interés de la administración en que saliera adelante el proyecto “pero no fuera de la ley” y negó que él tuviera un empeño personal fuera de derecho en ello y que influyera en los funcionarios.
La jueza considera que las manifestaciones realizadas por los acusados deben “ser consideradas desde su legítimo derecho de defensa”, para lo que ha tenido en cuenta la documentación existente y las declaraciones prestadas en el juicio tanto por los testigos, como por el resto de procesados respecto de los cuales finalmente se retiró su acusación.
Para la jueza, es “clara la intervención” de ambos acusados en la tramitación de la subvención y en la gestión de la documentación que se iba a presentar, dando las órdenes oportunas al respecto, quedando claro igualmente cómo desde Universidades no debía ni podía tramitarse una subvención de investigación“.