El juez se inhibe a favor de la Audiencia de Granada en el caso contra los exalcaldes de Otura
El Juzgado de lo Penal 1 de Granada se ha inhibido a favor de la Audiencia de Granada para juzgar a los exalcaldes de Otura Ignacio Fernández-Sanz y Pedro Cabanillas (PP), acusados de un delito de prevaricación urbanística y otro de prevaricación ordinaria en la concesión de unas licencias para una urbanización que aún no había sido terminada ni recepcionada.
Pese a que la vista contra ellos estaba prevista para el próximo 18 de julio en dicho juzgado, finalmente su titular, el magistrado Manuel Piñar, emitió un auto el pasado 1 de julio en el que reconocía que la pena solicitada contra los procesados es superior a los 10 años de inhabilitación, con lo que acordaba inhibirse a favor de la Audiencia de Granada para su enjuiciamiento, según la resolución.
Fue precisamente el Juzgado de lo Penal 1 el que ya los condenó en enero a ocho años de inhabilitación especial para empleo o cargo público junto a otros dos exediles por la compra de un solar para la ampliación del Ayuntamiento de Otura, condena que obligó a Pedro Cabanillas a presentar su dimisión como alcalde, puesto que ahora ocupa la también popular Lola Plata. Junto con los exalcaldes están imputados otras tres personas más: la actual concejal María Dolores Dobaño, y los exediles María Antonia López Bascuñana e Ignacio Pérez Cabrera.
Por este asunto, la fiscalía pide a Pedro Cabanillas dos años de cárcel y 18 de inhabilitación especial para empleo o cargo público, unas penas que el ministerio público también solicita para los otros ediles, que suscribieron como miembros de la junta de gobierno local la operación. El fiscal eleva además las penas para al exalcalde del municipio y actual edil del grupo no adscritos Ignacio Fernández-Sanz al que acusa además de un tercer delito de prevaricación ordinaria continuada, por lo que se enfrenta a 28 años de inhabilitación y dos años de prisión.
Un poco de historia
Los hechos se remontan al 23 de julio de 2007, cuando adoptaron “unánimemente” un acuerdo relativo a la concesión de licencia de ocupación para cuatro viviendas de una urbanización en el Plan Parcial Sector 5 de desarrollo de las Normas Subsidiarias, “conscientes, no obstante, de que este proceder era contrario” a la normativa urbanística vigente, puesto que se prohíbe expresamente que se otorgue “sin la previa finalización de las obras”, según consta en el escrito de acusación provisional de la fiscalía. Este extremo, según el fiscal, “les había sido advertido por parte de la técnico municipal” en un informe del 18 de julio de 2007 a los concejales y al alcalde, que además, “prescindieron del preceptivo informe jurídico sobre adecuación del acto a la legalidad”, pese a que la “omisión” también fue advertida por el secretario.
Del mismo modo, el 1 de octubre de 2007, la junta de gobierno local “también de forma unánime” votó favorablemente la adopción de tres acuerdos por los que se concedía licencia de ocupación para 46 viviendas en la misma urbanización y “con idénticas infracciones legales”, puesto que no estaban terminadas y las obras no habían sido aún recepcionadas por el Ayuntamiento de Otura, se actuó en contra del criterio de la técnico municipal y se prescindió del preceptivo informe jurídico.
La concesionaria de la obra pública de urbanización pidió su recepción parcial, pero el arquitecto técnico municipal emitió un informe desfavorable que alertaba de “importantes defectos y omisiones”, entre otros aspectos. No obstante, pese a este informe, la junta de gobierno local, ya el 29 de octubre de 2007, y nuevamente con el voto unánime de todos sus miembros, acordó la recepción de las obras “sin ninguna referencia a su carácter parcial”, condicionándola a que se subsanaran las deficiencias en el plazo de 90 días.
Pasados sólo 15 días y en virtud de un escrito de la empresa en el que se afirmaba que las deficiencias habían sido corregidas, el alcalde tomó la decisión de poner fin al procedimiento, “cualquiera que fuese el estado de las obras de urbanización” y el 14 de noviembre ordenó a la técnico municipal que emitiera informe sobre la subsanación de las deficiencias. Ésta, que constató que seguían sin presentarse documentos esenciales, volvió a informar en contra de la recepción, pues no se ajustaba a las fases del plan parcial y se incumplían algunas de las condiciones puestas por la junta de gobierno local, pero, pese a esto, el alcalde, “llevado de la determinación de proceder a la recepción total y definitiva de las obras de urbanización aun prescindiendo de las normas y garantías legales aplicables”, dictó una resolución en la que dio por subsanadas los defectos y por cumplidas las condiciones señaladas. Ya el 20 de noviembre, a pesar de la nueva reticencia del técnico municipal, firmó el acta de recepción de la totalidad de las obras.
Por todo, la Fiscalía de Granada solicita, además de la pena de cárcel e inhabilitación, que se declaren nulas las licencias que fueron aprobadas y las resoluciones adoptadas en igual sentido por el Ayuntamiento de Otura, para que se proceda al restablecimiento de la legalidad urbanística “perturbada”.