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El Constitucional admite el recurso de amparo contra el pago por aparcar junto al hospital de Riotinto

Una de las máquinas de control, con la calle de acceso al hospital al fondo.

EUROPA PRESS

MINAS DE RIOTINTO (HUELVA) —

El Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite el recurso elevado por tres organizaciones políticas y sociales --el partido Cámbialo, la asociación Podemos Cambiarlo y la agrupación de electores 'Sí se puede, Minas de Riotinto'-- por la aplicación de una zona ORA en las inmediaciones del hospital comarcal de Minas de Riotinto (Huelva), por parte del Ayuntamiento gobernado por el PP.

Las organizaciones elevaron este recurso después de que el juzgado de Valverde del Camino acordara el sobreseimiento provisional y el archivo de las actuaciones por esta misma causa.

Así, según reza en la notificación del Tribunal Constitucional, al que ha tenido acceso Europa Press, el alto tribunal les requiere comparecer por medio de procurador, con poder al efecto, y asistido de letrado, así como una copia de la resolución que agote la vía judicial previa.

Por su parte, el representante provincial de la agrupación de electores 'Sí se puede, Minas de Riotinto', Juan Francisco Domínguez Romero, ha asegurado que la documentación requerida ya está enviada desde este mismo lunes.

Cuando interpusieron este recurso, estas organizaciones enviaron un comunicado en el que las mismas consideran que la zona ORA “se trata una medida injusta, insolidaria y, posiblemente ilegal e inconstitucional”, por la discriminación hacia los ciudadanos de las comarcas de la Cuenca Minera de Huelva, de la Sierra de Huelva, y del Andévalo --más 72.000 personas--, para las cuales dicho hospital es su centro de referencia“, y en concreto, ”se puede estar violando entre otros, el artículo 14 de la Constitución“.

Desde el día 11 de marzo, estas organizaciones ya comenzaron a reivindicar que se paralizase la implantación de la citada zona ORA por lo que entendían que era un proceso “recaudatorio, en base a los enfermos, mediante el aparcamiento”.

A este hecho, hay que sumar nuevas actuaciones del Ayuntamiento que desde estos grupos han tachado de “discriminatorias” al realizar una separación “entre quienes sean residentes y quienes sean forasteros”.

Según incidieron estos grupos en el comunicado, aquí el Ayuntamiento “introduce la segregación, el trato desigual y discriminatorio, no por razón del mayor o menor uso, sino por la razón del lugar de empadronamiento de la persona que use el aparcamiento”, lo que constituye, a su juicio, “un abuso discriminatorio, en perjuicio y contra los enfermos, familiares y visitantes de enfermos, no empadronados en la localidad”.

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