Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.

“Incluir los derechos sociales en la Constitución sería tan sencillo como fue reformar el artículo 135”

Luis Jimena

Raúl Solís Galván

Incluir en el bloque de derechos fundamentales de la Constitución Española los derechos sociales, aquellos que afectan a las necesidades básicas de las personas, “sería tan sencillo como fue reformar el artículo 135” en agosto de 2011, que supuso la inclusión como prioridad del pago de la deuda bancaria.

Así lo afirmó hace unos días Luis Jimena en Sevilla, catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad de Valencia y expresidente del Comité Europeo de Derechos Sociales, en un seminario organizado por la Fundación Centro de Estudios Andaluces en el que se ha abordado desde un punto de vista jurídico la inclusión de los derechos sociales en una posible reforma de la Constitución Española de 1978.

Estaríamos hablando de poner negro sobre blanco que los derechos a la vivienda, a la sanidad, a una renta mínima de ciudadanía, a las pensiones y a la atención a la dependencia “son derechos fundamentales”, argumenta este jurista valenciano que cree que “a muchos economistas habría que juzgarlos por prevaricación” por haber tomado decisiones que han empobrecido a la población.

Esta reforma constitucional haría posible una respuesta distinta de un juez ante un desahucio o que el derecho a la vivienda se garantice por las administraciones públicas de la misma manera que la escolarización infantil, por ejemplo. El mecanismo para consagrar los derechos sociales como la libertad de prensa, expresión, religiosa o de reunión, bloque de los actuales derechos fundamentales y exigibles ante el Tribunal Constitucional mediante un recurso de amparo por un juez ordinario, sería el que indica el artículo 167 de la Carta Magna.

O lo que es lo mismo: “Votación por mayoría absoluta sin necesidad de disolver las Cortes ni de convocar un referéndum”, tal como indica Luis Jimena. Es decir, el mismo procedimiento que PP y PSOE usaron en agosto de 2011 para constitucionalizar el mandato del Banco Central Europeo, la Comisión Europea y el Fondo Monetario Internacional.

Primero el derecho, luego la financiación

La reforma constitucional en el sentido que propone Jimena, también exmagistrado del Tribunal Superior de Justicia de Valencia, hubiera hecho imposible la aprobación de toda la legislación de reducción de derechos sociales bajo el pretexto de luchar contra la crisis, lo contrario que se pretendió con la reforma del artículo 135 en nuestro ordenamiento jurídico.

“Se ha usado el artículo 135 como base para aprobar leyes en sentido contrario a los derechos sociales”, recalca contundente este jurista que en tono pedagógico pone todo su acento en la lucha contra la pobreza y la exclusión social y en convencer a los aún no convencidos de la necesidad de situar los derechos sociales en el frontispicio del ordenamiento jurídico.

Sobre cómo financiar los derechos sociales, Jimena lo tiene claro: “El dinero existe, se trata de prioridades. Si no hay para cuestiones secundarias, que esperen, pero garantizar la dignidad de las personas es cuestión de voluntad y responsabilidad”.

“Lo prioritario es el derecho y la obligación de los poderes públicos es buscar los mecanismos que hagan posible su financiación”, concluye el autor de numerosas publicaciones jurídicas sobre derechos humanos, experto en la internacionalización de la lucha contra la exclusión y expresidente del Comité Europeo de Derechos Sociales, el hermano pobre e invisible del archiconocido Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo.

Etiquetas
stats