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El Gobierno publica una orden para “simplificar y agilizar” las solicitudes de prestaciones por dependencia

Se pretenden simplificar y agilizar los trámites para solicitar prestaciones por dependencia

ElDiarioAragón

Zaragoza —

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“Simplificar, agilizar y reducir la documentación”. Son, según han explicado desde el Ejecutivo autonómico, los objetivos que se persiguen con la orden por la que se regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia de las personas y el acceso a las prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la dependencia de Aragón que se ha publicado este lunes el Boletín Oficial de Aragón (BOA).

El gerente del Instituto Aragonés de Servicios Sociales, Joaquín Santos, y el jefe del servicio de Coordinación de la Gestión de las Prestaciones, Óscar Embid, han presentado el contenido de esta orden que comenzará a aplicarse el próximo 10 de junio.

Entre las principales novedades, se encuentra la simplificación de la tramitación, reduciendo los pasos que debe de dar el usuario para solicitar y recibir las prestaciones y servicios para los dependientes: con el antiguo procedimiento, los usuarios tenían que ir a los centros de servicios sociales en diferentes momentos (inicial para recibir orientación e información, luego presentación solicitud y parte documentación, con posterioridad para elaborar el Plan individual de Atención y presentar el resto de documentación, etc.). Esta tramitación que implicaba ir complementado el expediente a lo largo del procedimiento alargaba los tiempos de resolución.

El nuevo procedimiento se inicia con la petición de cita por teléfono, bien en los centros de servicios sociales o, en el caso de la ciudad de Zaragoza, en la Dirección Provincial del IASS. En esa llamada se le dará cita al solicitante y se le informará tanto del procedimiento como de la documentación que debe llevar para la entrevista con el trabajador social.

En la entrevista con el trabajador social se unifican los principales trámites: información y orientación, formalización de la solicitud, aportación de toda la documentación, indicación de las preferencias de servicios o prestaciones del solicitante e informe social sobre las mismas.

A continuación, un trabajador del IASS acude al domicilio del solicitante para llevar a cabo la valoración del grado de dependencia. Y, finalmente, el solicitante recibe en su domicilio la resolución de dependencia y de los servicios o prestaciones que se le reconocen (bien en una resolución única o en dos resoluciones simultáneas).

La Orden también flexibiliza las posibilidades de intervención de los profesionales del sistema de servicios sociales, de forma que, en función de los supuestos, permite intervenir en la fase del procedimiento que se considere más adecuada. Por añadidura, configura todo el procedimiento para ser tramitado de forma telemática suprimiendo el formato papel desde su inicio.

Reduce, asimismo, la aportación de documentación. Si el usuario da permiso y gracias a la tramitación telemática, el IASS podrá consultar datos en poder de todas las administraciones necesarios para completar la solicitud (DNI, prestaciones públicas, catastro, agencia tributaria…) sin que el usuario deba entregar la documentación.

Facilita las modificaciones de los expedientes de dependencia, que, por la propia situación de las personas dependientes, suelen experimentar un gran número de modificaciones, bien por su situación personal o familiar, “que exigen una rápida respuesta por parte de la Administración”.

Por ello, la orden introduce dos alternativas a la tramitación ordinaria: la modificación directa por parte del IASS en todos aquellos supuestos que no conlleven una modificación sustancial del régimen de la prestación que disfruta el usuario y la actualización de los datos en el expediente informático sin necesidad de modificar el PIA (plan individualizado de atención).

Finalmente, la Orden introduce dos medidas con importantes repercusiones económicas para los beneficiarios: señala que solo se procederá a la disminución del grado cuando exista una mejoría real de la situación del dependiente. Recuerdan en el Gobierno autónomo que “en 2012 el Gobierno estatal endureció los baremos lo que provocó la reducción de los grados sin que el usuario hubiera mejorado”.

También se establece que la revisión del PIA no podrá suponer una disminución de las prestaciones económicas que recibe el usuario cuando no se produzca una variación del grado ni de las condiciones de la prestación. Esta medida, han afirmado, “se lleva a cabo porque las reducciones de prestaciones aprobadas en 2012 por el Estado conllevaban, en algunos supuestos de revisión de grado de dependencia, que pese a operarse un cambio en este las prestaciones se reducían”.

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