Condenado en Teruel un abogado por abusar de la novia de un cliente al que intentó estafar
Manuel Lázaro no podrá ejercer como abogado durante dos años y cinco meses: pidió a un detenido una “mordida” de 5.000 euros y sometió a tocamientos libidinosos y acoso telefónico a la novia de este, atemorizada ante su presencia y convencida de que la libertad de su compañero estaba en manos del letrado.
Esos 27 meses son el periodo de inhabilitación que le ha impuesto el Supremo, como pena complementaria a dos condenas de prisión de esa duración y una multa de 3.000 euros por haber intentado estafar al primero –once meses de cárcel- y haber abusado sexualmente de la segunda –año y medio-, a la que tendrá que indemnizar con 3.000 euros.
El Supremo ratifica la sentencia por la que la Audiencia de Teruel ya impuso esas mismas penas al letrado, el cual podrá eludir el ingreso en prisión al carecer de antecedentes.
Fotos de los genitales por WhatsApp
Lázaro asistió como abogado de oficio en octubre de 2014 a D. T. P., un joven que permaneció un mes en prisión por orden del juez de Calamocha tras haber sido detenido por varios delitos y al que le ofreció sus servicios privados con una extraña tarifa: 2.000 euros por cada delito imputado –eran cuatro- “más 5.000 en concepto de ‘mordida”, tras hacerle creer “que este dinero era para entregarlo en el Juzgado y así obtener favores, pudiendo conllevar su impago su vuelta a prisión”, señala la sentencia, que anota cómo el cliente no llegó a entregarle esa cantidad.
Mientras permanecía en prisión, el abogado citó en su despacho para un trámite documental a la novia de D. T. P., de 19 años, 38 menor que él. Allí, narran los magistrados, “aprovechó la debilidad” que le causaba a la muchacha encontrarse “en el despacho del abogado de quien, según ella pensaba, dependía la libertad de su novio”, para, “con ánimo libidinoso, besarle en el cuello y tocarle el abdomen tras subirle la camiseta”. Es decir, intentar abusar de ella, a lo que ella se negó, pese a tener La joven reaccionó “quitándole la mano y bajándose la camiseta”. Acto seguido, “le pidió un abrazo y un beso en la boca, a lo que ella se negó” pese a tener “miedo de que su actitud pudiera perjudicar a su novio”.
Unos días después, apunta la resolución, llegó a enviarle a la muchacha “unas fotografías de sus órganos genitales” por WhatsApp, medio por el que “insistía en volver a quedar a solas con ella, pidiéndole en repetidas ocasiones que le mandara una fotografía desnuda”.
El asesoramiento deviene en amenaza
El Supremo ratifica la “plena validez” como prueba de la grabación de una conversación entre D. T. P. y el abogado, que el primero captó en el despacho del segundo. ya que “no vulnera ningún derecho al secreto, ni a la discreción, ni a la intimidad, pues no se alcanza a comprender el interés constitucional que podría existir en proteger el secreto de los propósitos delictivos”.
Y ratifica también la carga probatoria de los mensajes de WhatsApp cruzados entre el letrado y la joven, en los que los magistrados ven “no solo un contenido sexual, sino el seguimiento” del primero a la segunda, “a la sazón novia de un cliente del acusado, con problemas penales y escasos recursos para pagar los honorarios”.
Mayor reproche
El Supremo convalida la aplicación de una pena agravada en el caso del intento de estafa, ya que “esa situación revela un mayor reproche al constituir el aprovechamiento de una situación extrema para el encausado, que teme su nuevo ingreso en prisión”.
“La confianza que ha de inspirar la asistencia letrada se difumina en el caso que nos ocupa, con resentimiento de la más elemental exigencia deontológica”, añade la sentencia, ya que “lo que debiera ser asesoramiento legal, deviene amenaza del profesional del derecho” cuando, además, “está en juego un bien tan preciado como la libertad del encausado”.
El abogado admitió durante la instrucción haber pedido los 5.000 euros a su cliente, aunque aseguró que lo hizo únicamente con el objetivo de presionarle “para cobrar algo” ya que “no tenía nadie a quien sobornar”.