La incidencia de gripe en Teruel se duplica y Sanidad ya ha declarado el nivel 2 de riesgo en todo Aragón
El Departamento de Sanidad del Gobierno de Aragón ha decidido declarar el nivel 2 de riesgo en la provincia de Teruel por la epidemia de gripe, después de comprobar que ha pasado de 54,3 casos por 100.000 habitantes en la última semana de noviembre a 108,2 en la semana del 1 al 7 de diciembre. El umbral epidémico está fijado en Aragón en 59,6 casos por 100.000 habitantes.
Este nivel 2 se declara en aplicación del protocolo de escenarios de riesgo y recomendaciones frente a la gripe del Gobierno de Aragón, uniéndose así Teruel a las provincias de Huesca, que está en esta situación desde la semana pasada, y a la de Zaragoza, que lo está desde la semana del 24 al 30 de noviembre.
La incidencia de gripe en la provincia de Zaragoza ha pasado de 201,5 casos por 100.000 habitantes en la semana del 24 al 30 de noviembre a 384,6 casos por 100.000 en la semana del 1 al 7 de diciembre.
Por su parte, la provincia de Huesca ha pasado de 71,2 casos de gripe por 100.000 habitantes a 199, en el mismo periodo. La media de Aragón se sitúa en 325,1 casos por 100.000 habitantes en la semana del 1 al 7 de diciembre frente a los 164,8 de la semana del 24 al 30 de noviembre.
El nivel 2 de riesgo conlleva intensificar las recomendaciones en la aplicación de las medidas de prevención frente a la gripe --vacunación, higiene de manos, ventilar espacios, proteger a los más vulnerables y usar la mascarilla según las recomendaciones de Salud Pública--.
También es aplicable la orden del consejero de Sanidad, José Luis Bancalero Flores, publicada el miércoles, 26 de noviembre de 2025, en el Boletín Oficial de Aragón (BOA), sobre el uso de mascarillas. Esta orden contempla la posible obligatoriedad del uso de la mascarilla a los profesionales que prestan servicios en los centros sanitarios, sociosanitarios y centros de servicios sociales especializados, durante cualquier actividad que suponga atención directa a la ciudadanía, como medida de autoprotección y para evitar contagios, si la dirección de estos centros así lo considera.
Esta decisión se ha de tomar teniendo en cuenta la evaluación de riesgo, el plan específico de actuación o el plan de contingencia de estos establecimientos y centros. Además, la orden refiere la máxima recomendación de uso de mascarilla por parte de estos profesionales.
Asimismo, se establece como altamente recomendable el uso de la mascarilla al resto de profesionales de estos centros en el ejercicio de cualquier otra actividad que no suponga atención directa a la ciudadanía y se desarrolle en esos centros, así como a pacientes y usuarios, además del uso de mascarilla para la ciudadanía, como medida de protección, en los centros sanitarios, sociosanitarios y centros de servicios sociales especializados, así como en espacios interiores con aglomeraciones de personas.
Se recuerda que no está recomendado el uso de mascarilla en menores de seis años de edad.
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