Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
Una denuncia de la extrema derecha lleva al límite al Gobierno de Sánchez
Crónica - El día que Sánchez se declaró humano. Por Esther Palomera
Opinión - El presidente Sánchez no puede ceder

El Tribunal de Cuentas sanciona a la mutua MAZ por desviar fondos públicos

Casi 220 entidades públicas autonómicas no cumplieron con el Tribunal de Cuentas en 2012

Eduardo Bayona

Zaragoza —

El Tribunal de Cuentas (TCu) ha declarado a la mutua zaragozana MAZ responsable del desvío de 46.102 euros procedentes de las arcas públicas que dedicó a pagar facturas del grupo sanitario privado Hospitales Pascual, que desde hace una década cubre los servicios de la Mutua de Accidentes de Trabajo y de Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social – MAZ en Huelva, Málaga y Cádiz.

MAZ deberá indemnizar a la Seguridad Social con esa cantidad, por los “perjuicios ocasionados por alcance a los caudales públicos”, de los que ha sido declarada “responsable contable directa”, más un interés de demora -el precio oficial del dinero más dos puntos- hasta la liquidación de la deuda.

La sentencia declara probado que “unos fondos públicos” de la Seguridad Social fueron “aplicados a finalidades distintas de las incluidas en la colaboración con la gestión” que ese organismo delega en las mutuas y añade que, en este caso, la MAZ “no actuó de forma ajustada al canon de diligencia que le era exigible y no extremó las cautelas necesarias para evitar el menoscabo patrimonial de las arcas públicas”.

Negligencia grave por abono indebido

El tribunal califica como “negligencia grave” esa conducta de la mutua zaragozana, a la que atribuye un “resultado dañoso para los fondos públicos” por “el abono indebido de cantidades” y la “falta de justificación de los gastos”.

Las facturas irregulares, señala el TCu, “no se consideran justificadas ya que en las mismas solamente consta el concepto, pero ningún otro dato más que permita identificar la prestación realizada: ni nombre del paciente, ni datos de la póliza, ni de la historia clínica, ni fecha de prestación del servicio”.

La Intervención de la Seguridad Social reclamaba inicialmente a la mutua, en una demanda de reintegro por alcance apoyada por la Fiscalía, 484.303 euros.

Prescripción por la lentitud de la Administración

Esa cifra, sin embargo, se vio reducida en una cuarta parte -118.000 euros- por la propia lentitud de la Administración para comprobar el destino de su dinero. La Intervención de la Seguridad Social detectó las irregularidades en 2010, al finalizar la revisión de los ejercicios de 2004 a 2008, y las denunció al TCu en 2011. Sin embargo, hasta mayo de 2014, tras concluir que algunos pagos tenían “insuficiente soporte documental” mientras otros adolecían supuestamente de “falta de justificación” no presentó un procedimiento de reintegro por alcance.

Los abogados de la mutua alegaron que parte de esos pagos en los que la Seguridad Social advertía irregularidades estaban prescritos y que, por ese motivo, no podían ser objeto de reclamación. El TCu les ha dado la razón al declarar prescritas “todas las facturas anteriores al 28 de septiembre de 2005”, un lustro antes del primer informe de la Intervención.

Esa decisión dejó sin valor el acta provisional de responsabilidad contable por alcance que el propio TCu había levantado por algo más de medio millón de euros -484.304,89 de principal y 65.381,16 de intereses-, “siendo la presunta responsable de dicho alcance la Mutua MAZ”.

El Tribunal de Cuentas, por otro lado, considera justificado el pago con fondos públicos de varias decenas de facturas mensuales de 5.800 a 6.014 euros por “gestión y atención telefónica” de una línea 901, un sistema de pago compartido en el que quien llama paga una parte del coste.

Etiquetas
stats