CCOO pide explicaciones a Igualdad tras recurrir el Gobierno su condena por no permitir la conciliación a un agente medioambiental
El sindicato CCOO ha informado de que el Gobierno autonómico ha presentado recurso de apelación contra la sentencia condenatoria por negar a un agente medioambiental adaptar su turno de trabajo para poder llevar a su hija al colegio. El hecho de que la Junta haya decidido recurrir su condena ha hecho que la formación sindical pida pronunciamiento a la consejera de Igualdad, Blanca Fernández, dado que el texto de la sentencia aborda el derecho a la conciliación.
Fue el pasado jueves cuando CCOO anunciaba que el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Toledo anulaba a instancias de CCOO una resolución mediante la que la Consejería de Desarrollo Sostenible denegaba a un agente medioambiental la adaptación horaria que había solicitado para poder atender a su hija menor, razón por la cual el sindicato ha pedido cesar al responsable de esta decisión. Una vez presentado el recurso, el sindicato ha pedido directamente a Blanca Fernández que lleve al Consejo de Gobierno esta sentencia, ya que “están en juego derechos fundamentales”.
Según insiste, desde la Consejería de Igualdad “se debe intervenir para poner punto y final a esta actuación, radicalmente contraria a los principios esenciales que, en materia de Igualdad, no discriminación por razón de sexo, derecho a la conciliación y derechos de la familia y de la infancia, inspiran la actuación de su Gobierno”.
En su opinión, “un Gobierno mínimamente sensible con la Igualdad no puede permitir que una de sus consejerías se obceque en utilizar una orden reglamentaria para negar a todo un colectivo de funcionarios de la Administración autonómica el ejercicio de derechos de transcendencia constitucional”. Y ello, además, “pese a que la propia Unidad de Coordinación de los Agentes Medioambientales ha indicado por activa y por pasiva que un cambio horario de un agente para poder conciliar con las obligaciones de guarda de un menor no afecta para nada ni a atención a las necesidades del servicio ni a las derivadas del puesto de trabajo”.
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