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REPORTAJE

Preguntas y respuestas del macrojuicio contra 21 imputados por el incendio de residuos peligrosos de Chiloeches

Labores de extinción del fuego de Chiloeches

Alicia Avilés Pozo

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Ha quedado visto para sentencia el macrojuicio que durante tres meses ha tenido lugar en la Audiencia Provincial de Guadalajara contra los 21 imputados por el incendio que en agosto de 2016 arrasó con 20.000 toneladas de residuos peligrosos en una planta de reciclaje de Chiloeches. El siniestro sacó a la luz una presunta trama criminal de gestión de residuos, según la instrucción judicial posterior, donde se vieron implicadas 18 personas, seis de ellas ex altos del Gobierno de Castilla-La Mancha, y tres empresas.  

Este volumen de imputados, junto con la pandemia, han alargado el periodo procesal y no fue hasta el pasado 21 de septiembre cuando arrancó el juicio. La retirada de todos los residuos tóxicos terminó hace más de un año y aún deben analizarse las afecciones al subsuelo.

Durante estos tres meses, las declaraciones más significativas han sido las de los ex cargos públicos y las empresas imputadas. Ninguno de ellos ha reconocido los hechos imputados durante sus intervenciones, aunque sí se han producido contradicciones entre las respuestas a los interrogatorios de unos y otros. Después de tres meses y tras los alegatos de acusaciones y defensas, la Fiscalía mantiene la petición de penas inicial. La complejidad técnica y documental de la legislación en materia de medio ambiente ha presidido todos los interrogatorios y alegatos, así como el 'baile' de competencias entre departamentos de la Administración.

La acusación pública en el juicio la ha llevado a cabo Patricia Vilela, Fiscal Delegada de Medio Ambiente y Urbanismo de la Fiscalía de Guadalajara. Los delitos impugnados en este proceso van desde participación en grupo criminal hasta delitos de gestión de residuos peligrosos o agravado contra el medio ambiente, así como prevaricación administrativa medioambiental, explotación de instalaciones peligrosas y falsedad en documento mercantil.

¿Por qué hay tantos imputados y cuáles son las penas que se piden?

El hecho de que la Fiscalía haya apuntado a una presunta trama criminal ha originado un volumen tan elevado de imputaciones. Pide penas de entre 14 meses y 19 años de prisión para los acusados, dependiendo de su presunta responsabilidad en el incendio y en la gestión de residuos peligrosos, según señala en su escrito de acusación. Entre los encausados están seis responsables de la Consejería de Agricultura de Castilla-La Mancha en diversos cargos en los momentos de los hechos y el exalcalde de la localidad de Chiloeches donde se produjo el incendio. Este último el político para quien la Fiscalía pide una mayor pena de prisión: 14 años de inhabilitación y cinco de cárcel por un delito continuado de prevaricación administrativa medioambiental.

Por su parte, para Miguel Chillarón Yuste, director general de Evaluación Ambiental de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha entre 2005 y 2008, la fiscal pide 12 años de inhabilitación especial para empleo o cargo público, y 28 meses de multa de cuota diaria de 20 euros, por el delito continuado de prevaricación administrativa medioambiental. Están imputados también Carlos José Blázquez, quien ocupó ese mismo cargo de 2009 a 2011; y Matilde Basarán Conde, directora general de Calidad e Impacto Ambiental entre 2011 y 2015. Para ambos, la Fiscalía pide sendas penas de tres años de prisión por un delito continuado de prevaricación administrativa medioambiental. 

Para Olga Villegas Sánchez, jefa de Servicio de Control de Calidad entre 2013 y 2018; y José María Michelena, jefe del Servicio de Medio Ambiente Industrial y, sucesivamente, Jefe de Servicio de Prevención e Impacto Ambiental, pide dos años de prisión por el mismo delito. La pena de tres años por delito continuado de prevaricación administrativa medioambiental la pide también la Fiscalía para Sergio David González Egido, delegado provincial de Medio Ambiente en Guadalajara entre 2004 y 2008 y viceconsejero de Medio Ambiente de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha entre las fechas 2015 y 2016. Este último presentó su renuncia al cargo poco después del incendio y fue posteriormente cesado.

Según el escrito de la Fiscalía, los ex responsables de la Junta de Castilla-La Mancha permitieron la autorización de la gestión peligrosa de residuos en las instalaciones afectadas por el incendio y señala que en algunos casos conociendo los incumplimientos de las empresas se les mantuvo la autorización.

¿Cuáles son los presuntos delitos más graves y las peticiones de cárcel más altas?

Las penas solicitadas más altas son para otros acusados por delitos de pertenencia a grupo criminal, falsedad documental, delito agravado de gestión de residuos peligrosos y explotación de instalaciones de residuos peligrosos, para quienes se piden condenas de hasta 19 años de cárcel. Por su parte, para las empresas Kuk Mediambiente y Salmedina Tratamiento de Residuos solicita la Fiscalía penas de dos años por delito agravado de gestión de residuos peligrosos y para el Grupo Layna, esta misma pena y otros dos años por delitos agravados de explotación de instalaciones peligrosas.

El escrito de la Fiscalía recalca numerosos incumplimientos de la normativa de transporte y tratamientos de residuos peligrosos por empleados y empresas implicadas. Apunta que tras la investigación se determina que el incendio fue provocado y derivó en unos daños medioambientales y para la salud pública en un amplio perímetro de la instalación. Esto residuos generaron una inmensa pluma de contaminación atmosférica que obligó a recomendar el confinamiento de la población sensible cercana, vertidos al río Henares con consecuencias para sus aguas y su fauna piscícola, así como la contaminación de miles de toneladas de tierra.

Se da la circunstancia de que, tras las elecciones de mayo de 2015, el nuevo alcalde de la localidad, en junio de 2016, a través de los técnicos municipales, constató la explotación de las instalaciones en Chiloeches al margen de toda legalidad. El 17 de junio de 2016 se decretó por la Junta de Gobierno Local la clausura inmediata de las instalaciones con el apercibimiento de abstenerse en el ejercicio de toda actividad, algo que no se hizo y finalmente derivó en el incendio de agosto de ese mismo año.

¿Cuáles son los hechos probados para la Fiscalía?

La Fiscalía considera probado que en abril de 2016 dos de los acusados acordaron dejar en las instalaciones unas 15.000 toneladas sin especificar ni distinguir entre residuos peligrosos y no peligrosos a cambio de 300.000 euros pagaderos por Grupo Layna. Entre el 6 de abril y el 17 de junio, fecha en que se produjo la clausura de las instalaciones por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento, se siguió adelante con la recepción de residuos peligrosos y no peligrosos, aumentando así la ya manifiesta acumulación y almacenamiento de dichos residuos en las instalaciones.

Con fecha 6 de junio de 2016 y con el cambio de los miembros de la Corporación Local como consecuencia de las elecciones municipales de mayo de 2015, el nuevo alcalde electo constató la explotación de las instalaciones en Chiloeches “al margen de toda legalidad” por Kuk y Grupo Layna. Tras la inspección se propuso la clausura inmediata de la nave, toda vez que se constató que en el interior de la misma, la saturación de los residuos almacenados alcanzaba prácticamente el techo; en el exterior, el almacenamiento de los residuos ocupaba las vías de circulación de los vehículos llegando casi a la puerta de acceso; y se impedía la circulación adecuada de los vehículos de extinción de incendios haciendo ineficaces los eventuales medios de extinción en caso de accidente.

El 20 de junio se inspeccionaron las instalaciones por el Servicio de Medio Ambiente, que constató que las instalaciones “eran un auténtico caos”. Se apreció almacenamiento masivo a la intemperie de residuos peligrosos y en lugares de pavimento no impermeabilizados, falta de etiquetado en recipientes de residuos peligrosos, escapes de residuos peligrosos en envases deteriorados, vertidos de residuos peligrosos de las balsas de retención que se encontraban colmadas directamente a un barranco donde discurre un cauce y mezcla de residuos peligrosos y no peligrosos. Además, se detectan vertidos al barranco de Los Chorrillos.

El 7 de julio, la Unidad Central Operativa Medioambiental (UCOMA), dentro de una investigación penal de la Fiscalía de Madrid, tomó ocho muestras en el entorno de la nave que acreditaron altas concentraciones de metales pesados de carácter tóxico, concretamente plomo, zinc, cromo, arsénico y cadmio. En el exterior de las instalaciones se concluye la existencia de un proceso de emisión de contaminantes líquidos desde el interior de la planta al Barranco de Los Chorrillos estableciendo una gradiente de contaminación generando afecciones significativas para los ecosistemas y para la salud de las personas. Pero el 11 de julio se constató que cinco de los acusados mantuvieron la recogida de residuos en la planta pese a su clausura en el mes anterior, por lo que se inició una inspección cuatro días después en la que se detectó el empeoramiento del estado de las instalaciones.

¿Qué ha dicho el exalcalde imputado?

César Urrea fue concejal de Urbanismo de 2001 a 2011 y posteriormente alcalde de esta localidad de 2011 a 2015 por el Partido Popular. El Ministerio Fiscal considera que siendo conocedor de la actividad de residuos peligrosos a pesar de su situación de ilegalidad y de carecer de toda licencia de actividad y del riesgo de contaminación directa e incontrolado del agua subterránea, “eludió la realización de toda inspección por los técnicos municipales en las instalaciones impidiendo con ello la función auditora y permitió la normal explotación de la actividad industrial potencialmente peligrosa a lo largo del tiempo”.

El exalcalde negó durante el juicio estos extremos. En primer lugar, dijo haberse enterado en el proceso de instrucción de esta causa del expediente, tanto de la situación ilegal de la planta por la falta de informe de compatibilidad urbanística, como de las actuaciones que allí se estaban desarrollando. Es decir, desconocía la trama criminal de gestión de residuos peligrosos que, según la Fiscalía, operaba desde la planta.

También dijo ignorar que, durante el tiempo en que fue concejal de Urbanismo, tuviera conocimiento de que las instalaciones no tenían licencia de apertura aunque sí le constaba que estaban funcionando. Asimismo, subrayó no tener constancia de quejas, ni personal ni por registro, por el trasiego de camiones y cisternas que entraban al polígono donde se encontraba la planta de residuos. Negó igualmente que hubiera algún tipo de trato de favor o que las donaciones que realizaba la empresa se hicieran a cambio de los que expedientes sobre los incumplimientos estuvieran parados. Finalmente, manifestó su “perplejidad” por el incendio de 2016 cuando se suponía que su actividad estaba cerrada. “No daba crédito a lo que estaba pasando”.

¿Han admitido su responsabilidad los ex altos cargos de la Junta?

Ninguno de ellos. El primero en comparecer fue Miguel Chillarón Yuste, ex director general de Evaluación Ambiental. El Ministerio Fiscal se centró principalmente en el procedimiento administrativo mediante el cual se tramitó el expediente de autorización ambiental integrada para las instalaciones, pertenecientes a la empresa Kuk. La fiscal se interesó por las infracciones que ya se ponían de manifiesto desde mayo de 2007 por vertidos y derrames cuando, sin embargo, luego no constaba su subsanación y hubo una autorización ambiental integrada en abril de 2008. A este respecto, el imputado manifestó en todo momento que no conocía los detalles del expediente porque “había miles” y que si los técnicos consideraron que las infracciones continuaban, se lo hubieran comunicado. “Si no me dicen nada, pienso que las cosas van siguiendo su cauce”.

Confirmó que en ningún momento se llevó a cabo un expediente sancionador contra la empresa porque la Administración debía seguir el trámite de solicitud de autorización ambiental integrada, que desligó de la competencia en gestión de residuos. En ese sentido, dijo que quienes conocían el procedimiento eran los técnicos. “Están formados para ello y yo, como director general, si ellos me dicen algo, no lo voy a cuestionar”.

Otra interpretación del expediente hizo Carlos José Blázquez, quien ocupó ese mismo cargo de 2009 a 2011. Contó que cuando accedió al cargo conocía la resolución de abril de 2008 y que la consideró como autorización ambiental. “Tiene el mismo poder administrativo”, afirmó, al contrario que su antecesor. A ello ha añadido que durante su estancia en el cargo lo que se tramitó fue una ampliación de la misma por solicitarlo la empresa y que todos los documentos que firmó durante su estancia en el cargo fueron “de trámite”.

Posteriormente declararon la directora general de Calidad e Impacto Ambiental de la Junta de Castilla-La Mancha de 2011 a 2015, Matilde Basarán; y la jefa del Servicio de Control de Calidad Ambiental en el periodo de mayo de 2013 hasta la actualidad, Olga Villegas. Ambas se ratificaron en que realizaron el trabajo conforme a sus competencias y subrayaron que nunca habían tratado de favorecer a nadie en su trabajo.

¿Por qué dimitió y qué ha alegado en el juicio el ex número dos de Medio Ambiente?

El ex viceconsejero de Medio Ambiente, Sergio David González Ejido, nunca reconoció que su dimisión poco después del incendido estuviera relacionada con estos hechos. Tampoco después de ser imputado ni durante el juicio. Al igual que otros ex altos cargos, afirmó que no entraba en el detalle de los expedientes y que los firmaba confiando en el criterio de los técnicos.

Al comienzo de las dos horas de interrogatorio, el Ministerio Fiscal le preguntó por la resolución de octubre de 2015 que modificó la autorización ambiental de la planta y le permitió tratar nuevos residuos, “ampliando su capacidad de gestionar”. González Ejido dijo que ese documento no suponía ampliar la capacidad de almacenamiento de residuos sino aumentar los Códigos LER (Lista Europea de Residuos).

Posteriormente, preguntado por su papel en esa tramitación y por las personas con las que participó para su aprobación, subrayó que ser viceconsejero supone ostentar una “figura política y de representación institucional” y que él no participaba directamente en la gestión administrativa de los expedientes. Lo repitió en varias ocasiones ante la insistencia de la fiscal en el hecho de que autorizara a la planta a aumentar el tratamiento de 30 toneladas anuales de un residuo concreto a 1.000 toneladas anuales, una “subida sustancial” que suponía “no una mera firma de trámite”. “Son los técnicos quienes lo evalúan y lo redactan, yo no intervengo en la gestión administrativa. Asumía que lo que firmaba estaba de acuerdo con la legalidad”, reiteró.

Dicho esto, la fiscal centró sus preguntas en las relaciones del ex viceconsejero con las empresas gestoras de la planta. El ex número dos de Medio Ambiente negó que en ninguna de sus actuaciones en este cargo hubiera pretendido ni beneficiar ni perjudicar a nadie, reconociendo que antes de llegar a la Viceconsejería fue “presidente independiente” y consejero en una empresa llamada Biocombustibles del Henares, en la que participaba el Grupo Layna Residuos junto a otra compañía, pero insistió en que no tuvo ningún recorrido ni hubo trato de favor con esta empresa o con Kuk.

¿Qué han alegado los abogados de los ex cargos públicos imputados?

Después de que la Fiscalía decidiera mantener sus peticiones de penas y cárcel tras tres meses de juicio, las defensas de los acusados han utilizado todo tipo de argumentos. Durante las intervenciones del os abogados, ha vuelto a quedar de manifiesto la complejidad de la normativa medioambiental para determinar las responsabilidades y competencias de cada persona imputada, especialmente de los ex cargos públicos del Gobierno de Castilla-La Mancha.

Así, una de las cuestiones que sigue encima de la mesa es la polémica autorización ambiental integrada de abril de 2008 que permitió que la planta de residuos siguiera operando pese a que ya había inspecciones y controles que apuntaban deficiencias. Este documento ha sido objeto de diversas interpretaciones según quien la analice: para el Ministerio fiscal es una de las muchas pruebas de las irregularidades cometidas por los ex altos cargos, pero para las defensas no constan pruebas fehacientes que sirvan para alegar la intencionalidad o la prevaricación.

Con carácter general, el abogado del ex director general Miguel Chillarón Yuste ciriticó que la imputación se base en un “chascarrillo” o en la “alarma social” de un procedimiento. “La prevaricación tiene que estar probada en la documentación y estamos ante una actuación administrativa reglada y hay que justificar qué norma se ha vulnerado. Esto tiene que tener un punto de apoyo jurídicoo de la actuación de un funcionario en el ejercicio de sus competencias y lo demás son dimes y diretes”. “Hemos confundido el todo con la parte, dando por hecho la omnisapiencia que se le presupone a todos los funcionarios, como si conocieran cada expediente al detalle”.

Por su parte, el abogado de otros tres ex altos cargos imputados (Carlos José Blázquez, José María Michelena y Sergio David González Ejido) negó que haya “autorías conjuntas o tramas” en la gestión de residuos peligrosos por parte de los ex altos cargos, mientras se les acusa “de una misma conducta omisiva” en la firma de documentos que, en su opinión, no tiene fundamento ni pruebas. “¿Es posible que haya un cúmulo de funcionarios de la administración y que todos sean todos responsables de prevaricaciones distintas, de una manra desconexa? ¿No será que todos están entendiendo lo mismo y que eso es lo correcto?”, se ha preguntado.

¿Y las empresas, que han alegado?

En los tres casos han sostenido su inocencia. En el caso de Kuk, su responsable, Francisco Fernández, ha asegurado que ellos nunca pusieron ningún impedimento a la inspección de la Administración y ha calificado de “catástrofe” lo sucedido, también a nivel empresarial, porque ha perdido todo su patrimonio. “Un auténtico desastre”, ha subrayado.

Los hermanos del Grupo Layna también han mantenido su inocencia, expresada en la intervención de uno de ellos, para quien el coste a nivel personal de este suceso también está siendo tremendo, habiéndose trasladado -ha dicho- a sus propios hijos, que “están sufriendo las consecuencias”.

Con motivo del final del juicio, el juez ha cerrado su intervención agradeciendo a todos los profesionales el haber estado a la altura de las circunstancias y elogiando su “noble y leal” comportamiento en este procedimiento y ha tenido palabras especialmente emotivas para un funcionario de la Audiencia, Pablo, a quien se ha referido como el “alma” para que esto haya transcurrido bien. “Es la expresión viva de la función pública”, ha concluido.

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