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Absuelto el humorista Jair Domínguez, acusado por Vox: llamar a dar “un puñetazo” al fascismo no es delito de odio

Domínguez, a su llegada al juicio

Oriol Solé Altimira

Barcelona —

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La Audiencia de Barcelona ha absuelto al humorista Jair Domínguez, al que Vox reclamaba dos años de cárcel. Los jueces concluyen que la intervención radiofónica del cómico en la que llamó a dar “un puñetazo” al fascismo no es un delito de odio, como sostenía el partido de extrema derecha, sino que se enmarca en la libertad de expresión.

El caso de Domínguez es un ejemplo del efecto desaliento a la libertad de expresión que comporta trasladar a la vía penal (aunque el caso termine en absolución) los desacuerdos con las opiniones hirientes o que molestan, en lo que se ha convertido en una estrategia habitual de partidos y entidades de extrema derecha.

La Fiscalía pedía absolver al humorista al considerar sus palabras enmarcadas en la libertad de expresión. Vox era la única acusación del caso y reclamaba para el cómico dos años de cárcel por un delito de odio, pese a que es un tipo penal pensado para protegera a minorías tradicionalmente discriminadas y no al fascismo.

El caso se remonta al año 2021. Domínguez fue denunciado por Vox por su discurso en el espacio de un minuto que tenía en 'El Matí de Catalunya Ràdio' antes de las 8:00h., en el que daba una opinión sobre la actualidad en clave de sátira y astracanada. Dos días después de las elecciones catalanas, el humorista se mostró “horrorizado” por los pueblos en los que más se había votado a Vox.

“Al final resulta que la Catalunya poligonera es neonazi, quien lo iba a decir. [...] Al fascismo, a los nazis se les combate con un puñetazo en la boca. No hay medias tintas. Vuestros abuelos fusilados, enterrados en cunetas y en el campo de concentración de Argelers no os dijeron que al fascismo se le combate en las urnas. Todo el mundo puede votar, hasta los que no están bien de la cabeza, y nos estamos jugando el futuro de nuestros hijos”, aseveró Domínguez.

En su sentencia, la sección 3ª de la Audiencia de Barcelona concluye que las palabras de Domínguez no tienen “relevancia penal” y que con ellas no llamó a la violencia. “De ninguna manera sus expresiones tienen intención de incitar al odio”, concluyen los magistrados, que destacan que la intervención del cómico no generó ningún “riesgo real” de violencia.

Remarca el tribunal el contexto postelectoral en el que el humorista las pronunció y que no puede hacerse una “interpretación literal propia de un acto violento”, sino que las palabras de Domínguez hay que interpretarlas “en un sentido metafórico, con el que viene a decir que al no haber podido ser combatido el fascismo en las urnas, tendría que hacerse suprimiéndoles el uso de la palabra”.

En suma, para el tribunal hay que enmarcar la intervención del humorista “dentro de la notable ampliación de los límites a la libertad de expresión” consagrada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), y que Vox obvió en el procedimiento. “Una opinión pública libre, indisolublemente unida al pluralismo político, es un valor fundamental y requisito de funcionamiento del Estado democrático”, apostillan los jueces.

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